martes, 27 de febrero de 2018

El juicio de los mil días
En un rápido juicio, el exasambleísta Cléver Jiménez y el activista político Fernando Villavicencio fueron declarados inocentes. La decisión del Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia termina más de cuatro años de un proceso calificado por la defensa de los acusados como “persecución política” y de “herejía jurídica”. Un recuento de los hechos.
25 de febrero del 2018
REDACCIÓN PLAN V
“¿De dónde obtuvo esa información?”. Esa fue la última pregunta de la fiscal subrogante Thania Moreno al exasambleísta Cléver Jiménez durante el juicio del pasado 22 de febrero por supuesta divulgación de información reservada de la Presidencia. Además de Jiménez, también estaba acusado el activista político Fernando Villavicencio. Ese día, ambos fueron declarados inocentes por el Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia.

Cléver Jiménez fue el único de los procesados que declaró antes los jueces. Una sala sin audio y con limitaciones para la cobertura periodística fueron la tónica del día de la audiencia.   
Pero durante el desarrollo de la audiencia hubieron algunos episodios interesantes. El abogado de Jiménez, Fausto Vásquez, tras escuchar a Moreno objetó inmediatamente la interrogante pues en su opinión era “sugestiva”. En un juicio, ese tipo de preguntas no caben. La jueza de la Corte, Silvia Sánchez, acogió la observación de la defensa y pidió a la fiscal que reformule la pregunta. Pero Thania Moreno no se molestó en cambiarla y prefirió terminar el interrogatorio en una audiencia que, con el pasar de las horas, la acusación de la Fiscalía se quedaba sin argumentos.
El desgano de Moreno para terminar su interrogatorio se sumó a una serie de elementos a favor de los activistas políticos. Sin duda uno de los más decisivos fue el testimonio del exprocurador Diego García, quien dijo que los correos electrónicos publicados en un reportaje periodístico, por los cual fueron acusados, eran públicos. Se trata del artículo El expediente Chevron que fue difundido en este portal el 3 de octubre de 2013. Allí se menciona que el bufete de abogados Foley Hoag, del abogado Paul Reichler, formarían parte de la defensa del Ecuador y al mismo tiempo sería aliado de la compañía Chevron.
Después de este artículo, a finales de diciembre de 2013, la casa de Villavicencio y la oficina de Jiménez fueron allanados. Más adelante se abrió por una indagación previa y posteriormente una instrucción fiscal en contra de los políticos por la divulgación del contenido de correos electrónicos que fueron intercambiados entre el Secretario Jurídico de la Presidencia y el exprocurador Diego García. Pero García, después de más de cuatro años, dijo que esos correos formaban parte de un juicio en una corte de Nueva York.
Ramiro García, abogado de Villavicencio, relata que en la audiencia pasada y ante sus preguntas al exprocurador, quedó claro que el exfuncionario calificó como reservado un documento sin ninguna base legal.
Ramiro García, abogado de Villavicencio, relata que en la audiencia pasada y ante sus preguntas al exprocurador, quedó claro que el exfuncionario calificó como reservado un documento sin ninguna base legal. “Es decir fue una decisión arbitraria. Luego pasa a ser juez y parte porque él hace la reserva y luego denuncia el uso indebido del documento. Cuando era un tema de contratación pública pura y dura. Con ese testimonio fue evidente que no existía delito y tan así que la fiscal  prescindió el resto de testigos”, dice el jurista.
En efecto, para este juicio estaban convocados como testigos, además el exprocurador, el exvicepresidente Jorge Glas. Glas junto al entonces secretario jurídico de la Presidencia Alexis Mera y expresidente Rafael Correa impulsaron el proceso contra Villavicencio y Jiménez. Pero después de García ya no fueron convocados el resto de testigos. Eso hizo que la audiencia concluyera rápidamente y la fiscal Moreno terminara por retirar la acusación.
El abogado Fausto Vásquez explicó, en una entrevista con Plan V, que el proceso era un ‘frankenstein’ legal porque se usaron dos tipos legales diferentes para acusar a los activistas. Primero se usó el el artículo innumerado 1 agregado al artículo 202 del Código Penal anterior, que hablaba sobre la confidencialidad de la información. Y después, para la formulación de cargos, se usó el artículo 178 que se refiere a la violación de la intimidad del Código Integral Penal (COIP) que entró en vigencia en 2014. “Escondieron el error porque iniciaron una indagación previa con un Código Penal derogado y luego pasaron al COIP. Eso no tenía ni pies ni cabeza”, dijo el abogado. Justamente , la fiscal Moreno, que inició acusando en la audiencia, terminó por retirar la imputación.

Los activistas políticos y sus respectivos abogados. Al inicio reclamaron porque no estuvo a tiempo un representante del Ministerio de Justicia para retirar los dispositivos electrónicos que tenían Jiménez y Villavicencio. 
Vásquez además emplazó al exfiscal Galo Chiriboga y al juez Jorge Blum, quienes trataron este proceso en la época correísta, a que demuestren cómo un asambleísta puede tener fuero de corte pero no inmunidad. En opinión del experto, esto es una “herejía jurídica”. “El fuero y la inmunidad, que es una institución que protege al asambleísta, van de la mano. Pediremos acciones penales contra esos dos funcionarios”.
El abogado Fausto Vásquez explicó que el proceso era un ‘frankenstein’ legal porque se usaron dos tipos legales diferentes para acusar a los activistas.
Para Cléver Jiménez, la decisión de la Corte le dejó un sabor agridulce. Si bien los libró de una persecusión y de un juicio injusto, aún cree que no hay independencia de la justicia. Aún hay cientos de perseguidos políticos y denuncias en la Fiscalía que no prosperan, cuestionó. Mientras que Fernando Villavicencio, quien además es fundador del portal Focus, dijo que la decisión de Moreno devuelve a los periodistas la libertad de escribir sin miedo. Él no testificó en la audiencia. 
El abogado Ramiro García pidió al final del juicio que en la sentencia se establezca que los temas de interés público no sean sometidos a reserva, pues con este proceso se ha criminalizado la labor periodística. Pero el jurista Vasquez ve muy difícil que los jueces de la Corte hagan un llamado en ese sentido, pues solo se pueden remitir al retiro de la acusación por parte de la Fiscalía.
Jiménez y Villavicencio enfrentaron entre proceso después de haber sido sentenciados a 18 meses de prisión por injurias el expresidente Rafael Correa en el 2014. La Comisión Interamericana de DDHH les concedió medidas cautelares con el fin de precautaelar su libertad, pero ante el incumplimiento del Estado se refugiaron un año en la Amazonía hasta la prescripción de la pena.
  LA CRONOLOGÍA DEL CASO*  
27 diciembre 2013. Tras la providencia emitida el juez de la Corte Nacional de Justicia, Jorge Blum, quien ese día ordenó el allanamiento de la vivienda de Fernando Villavicencio y las oficinas del exlegislador de oposición por Pachakutik, Cléver Jiménez. El fiscal José Luis Jaramillo, junto a un piquete de 10 elementos del Grupo de Intervención y Rescate (GIR), acudieron hasta la casa de Villavicencio. Según testimonios, las fuerzas policiales destruyeron mobiliario y se llevaron computadores, tablets, teléfonos celulares y documentación. El operativo se ejecutó en presencia de dos menores, hijos del periodista, de uno y cinco años de edad. Durante el allanamiento no se permitió la presencia del abogado del comunicador. Este episodio fue retratado por Bonil, quien publicó en diario El Universo una caricatura titulada “Regale la Navidad”. Por esa imagen, la Supercom sancionó al caricaturista y al medio.
28 diciembre 2013. El expresidente Rafael Correa, durante su enlace sabatino 354, justificó el allanamiento de la vivienda de Villavicencio. Dijo que la fuerza policial actuó amparado en la Ley.
11 junio 2016. Correa, durante un conversatorio con los medios en Manta, pidió celeridad a la Fiscalía en las investigaciones sobre el hackeo y espionaje a las cuentas de altos funcionarios del Estado. “No sé por qué se ha demorado la Fiscalía si han sido encontradas pruebas tan contundentes del hackeo y espionaje”, apuntó.
28 julio 2016. Después de las declaraciones de Correa, el proceso contra Jiménez y Villavicencio se reactivó. Mediante una providencia, el entonces juez de la Corte Nacional, Jorge Blum, solicitó al pleno de la Asamblea Nacional la autorización para iniciar la causa penal en su contra del exasambleísta. En esa providencia se conoció que serían acusados por el delito tipificado en el artículo innumerado 1 agregado al artículo 202 del Código Penal anterior, que prevé una pena de privación de la libertad que puede ir desde los seis meses a seis años. Días después, él mismo juez decidió que no era necesario pedir una autorización al Legislativo.
12 agosto 2016. Jiménez y Villavicencio fueron llamados a audiencia de formulación de cargos. El exfiscal general, Galo Chiriboga, señaló que “a la presente fecha el señor José Cléver Jiménez Cabrera, no es asambleísta y “que el tipo penal por el que ha solicitado formular cargos no es delito de función inherente a cargo de asambleísta”.
17 de agosto de 2016. El juez Jorge Blum ordenó el 17 el inicio de la instrucción fiscal para investigar a Jiménez y Villavicencio, por un supuesto delito divulgación de información sensible al Estado. Blum  ordenó, como medida cautelar, el impedimento de salida del país de los acusados y la obligación de estos de presentarse cada quince días en un Juzgado. Tras cuatro horas de audiencia, Blum negó la prisión preventiva que había solicitado el exfiscal Galo Chiriboga. En la audiencia estuvo presente el exprocurador Diego García y el exsecretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera. Mera dijo que se trata de un delito de divulgación y no de hackeo porque no cree que Jiménez “tenga la capacidad de hackear”. Mera lideró la acusación particular.
18 agosto 2016. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos reiteró las medidas cautelares a favor de Jiménez y Villavicencio y el activista Carlos Figueroa, condenados por injurias al presidente Rafael Correa. A través de un comunicado, la CIDH aseguró que pidió al gobierno de Ecuador, información sobre las acciones que tomará para  implementar dichas medidas cautelares.
27 octubre 2016. Blum ordenó prisión preventiva contra Jiménez y Villavicencio. Esa madrugada, Blum negó el pedido de nulidad y ordenó la prisión preventiva para Jiménez y Villavicencio.
15 noviembre 2016. El conjuez nacional Richard Villagómez declaró improcedente el recurso de apelación de la prisión preventiva que interpusieron los procesados. Así que el Blum dispuso a las autoridades policiales que se localice y capture a Jiménez y Villavicencio.
21 noviembre 2016. El Tribunal de la Corte Nacional de Justicia aceptó el pedido de hábeas corpus a favor de Jiménez y Villavicencio. Con esta resolución queda sin efecto la orden de prisión preventiva que fue emitida el pasado 15 de octubre por el juez Jorge Blum.
19 diciembre 2016. Ese día quedó sin efecto el hábeas corpus que les había sido concedido, tras aceptar una apelación interpuesta por el exsecretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera. De esa forma, la orden de prisión dictada por el juez Blum volvió a estar vigente. Verónica Sarauz, esposa de Villavicencio, cuestionó que la revocatoria de ese recurso se dio sin una notificación previa a los acusados. “Solo estuvieron presentes en la audiencia los jueces y el Secretario de la Presidencia y la notificación de la decisión la recibimos después”, apuntó Sarauz.
18 abril 2017. Villavicencio pide asilo político a Perú. Villavicencio presentó la petición con el apoyo legal del IPYS tras pasar los últimos meses en la clandestinidad.
7 julio 2017. La jueza de la Corte Nacional de Justicia, Sylvia Sánchez, negó el recurso de hábeas corpus presentado por los acusados.
12 julio 2017. Ya en el nuevo gobierno de Lenín Moreno, la orden de prisión preventiva contra los procesados fue revocada por la conjueza de la Corte Nacional de Justicia, Magally Soledispa. Ella reemplazó la medida cautelar con la obligación de que ambos usen brazaletes electrónicos y se presenten una vez por semana a la Corte. Esta orden se dio tras un pedido de la defensa.
7 agosto 2017. La orden de prisión preventiva en contra del periodista y activista político Fernando Villavicencio volvió a quedar en firme. La conjueza Magally Soledispa ratificó la prisión después de que Villavicencio, al encontrarse exiliado en Perú, no acogió la medida sustitutiva de someterse al uso de un dispositivo electrónico.
18 octubre 2017. Villavicencio accedió, bajo protesta, a la colocación de un dispositivo o grillete electrónico. El cambio de medida cautelar lo dictó también la jueza Magaly Soledispa.

22 febrero 2018. El Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia, integrado por los jueces nacionales Silvia Sánchez, Édgar Flores y Luis Enríquez, declaró inocentes a Fernando Villavicencio y Cléver Jiménez del delito de violación a la intimidad y dispuso el retiro de todas las medidas cautelares.

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