Una idea para respetar la Consulta
La creación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) en la Constitución de Montecristi se entiende sólo en su contexto: un momento de gran descrédito de los partidos políticos y años de pugnas entre el Legislativo y el Ejecutivo que tenían bloqueada la posibilidad de nombrar autoridades y órganos de control. Surge entonces como un espacio para que millones de ciudadanos que no se sentían representados a través de los partidos políticos, puedan participar en una importante función estatal a través de otras formas de organización en la que muchos se encontraban vinculados. Esta idea, extraña a nuestra tradición constitucional no sólo fue un fracaso sino un fraude. Un solo partido, el de gobierno, simuló carpetas, concursos y resultados. Y así, leales, allegados, esposos, esposas, subalternos, terminaron ocupando –a nombre de la ciudadanía y la sociedad no partidista– este nuevo poder. Los miembros de la comisión de selección eran los ganadores del próximo concurso, un carrusel de favores. Los nombres de los ganadores eran secretos a voces aún antes de que se conozcan los criterios de calificación. Los resultados fueron tan desastrosos que al pensar en una reforma constitucional muchos pensamos en la desaparición del Consejo. En la práctica, eso exigía modificar más de 100 artículos de la Constitución, lo que lo convertía en un imposible a través de consulta popular. El gobierno ofreció entonces una solución en dos etapas: cesar al actual CPCCS y reformar la Constitución para, en adelante, elegir este órgano a través de procesos electorales.
La pregunta recibió el apoyo de más del 60% de los votos válidos emitidos el 4 de febrero. Aunque muy superior a las respuestas negativas, esta fue la pregunta con menos apoyo y la más polémica en el debate, no sólo porque faltaba claridad en lo que sería el nuevo mecanismo sino también porque implicaba conceder gran discrecionalidad al Presidente actual para el manejo de la transición (descarto en este análisis a aquellos cuya motivación para oponerse fue perder sus propios cargos, privilegios o protección política).
Como votante (convencida, lo sigo estando) del SI, decidí mi voto por dos razones: la primera la necesidad de cambiar a los actuales integrantes del CPCCS por su complicidad y negligencia manifiesta, y la segunda, porque el mecanismo vigente en la Constitución no podía eliminarse pero al menos se debía tomar la oportunidad de cambiarlo. Ese es precisamente el problema del proyecto, la diferencia entre lo antes vigente y la nueva propuesta, no es mucha:
Constitución 2018, artículo 207 | Proyecto de ley presentado | |
El Consejo se integrará por siete consejeras o consejeros principales y siete suplentes (…).
La selección de las consejeras y los consejeros se realizará de entre los postulantes que propongan las organizaciones sociales y la ciudadanía.
El proceso de selección será organizado por el Consejo Nacional Electoral, que conducirá el concurso público de oposición y méritos correspondiente, con postulación, veeduría y derecho a impugnación ciudadana de acuerdo con la ley.
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El CPCCS estará integrado por siete consejeras y consejeros principales y siete suplentes, elegidos por sufragio universal, directo, libre y secreto (…).
Serán candidatos a consejeros aquellos ciudadanos seleccionados por el Consejo Nacional Electoral mediante concurso público de méritos y oposición (…).
La selección de los candidatos a consejeros se realizará de entre los postulantes que propongan las organizaciones sociales y la ciudadanía.
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Es verdad que la última palabra no la tendrá el Consejo Nacional Electoral (CNE) sino la ciudadanía a través de sufragio universal; pero sólo podremos elegir de entre aquellos que hayan sido pre selecciones por el Consejo Nacional Electoral. Lo que nos devuelve al mecanismo vigente antes de la consulta. En la práctica, el Consejo y sus miembros que tendrán que elaborar los reglamentos (seguramente direccionados y a la medida, como ha sucedido hasta hoy) en lugar de escoger a 14 personas tendrían que elegir a 28. De entre ellos saldrá el nuevo Consejo de Participación Ciudadana y Control Social. No hay verdadera reforma si no se le quita al CNE la posibilidad de direccionar un concurso, sólo que se nos convoca para legitimar lo hecho.
Si bien hay quien podría argumentar que se “cumple” con la Consulta al convocar a elecciones, la verdad es que una solución como esta burlaría en mucho lo que se ofreció en la campaña. El cambio del CNE a la votación supuestamente fue una apuesta por la democracia, la participación directa, una forma de evitar que el poder político constituido defina y coopte al poder ciudadano. Por eso lo propuesto, es mucho más que un problema logístico.
Es evidente que se tendrá que establecer algún requisito para la postulación o podríamos terminar con, literalmente, miles de candidatos a integrar este nuevo poder, y una situación así de caótica tampoco garantiza los valores de la democracia y la participación; pero estos requisitos no pueden ser sólo una pantalla para conservar el control del mecanismo de designación. Tenemos el deber de pensar opciones. Una podría ser autorizar a presentar candidatos sólo a organizaciones de tercer grado (federaciones que agrupan organizaciones nacionales) y siempre que el nombre o nombres (tendrían que ser dos para garantizar paridad) sean respaldados por al menos 10, 20, 50, organizaciones de este tipo. Un mecanismo así garantizaría que quienes aparezcan en las papeletas no han debido pasar por ningún filtro gubernamental y, dada nuestra última experiencia, éste podría ser ya un buen comienzo.
María Paula Romo es académica y política
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