viernes, 6 de marzo de 2015

CONTRALORÍA DETECTA SOBREPRECIO EN CONTRATO DE FISCALIZACIÓN Y GERENCA DEL TRANVÍA - EL MONTO SE ACERCA A LOS 2 MILLONES DE DÓLARES


Habría sobreprecio en uno de los contratos del tranvía. Se trata del contrato para la gerencia y fiscalización del proyecto tranvía con el Consorcio SMTC-AC y Artelia Ville &Transport.
El sobreprecio - según la Contraloría General del Estado - llega al monto 1'477 426,98 EUROS (UN MILLÓN CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTISEIS, 98/100 EUROS). El contrato que debía ser por 4'850 575,19 EUROS se firmo por un valor de 6'328 002,17 EUROS, es decir un sobreprecio del 30.46% en relación con los términos pactados por el municipio de Cuenca con el Consorcio SMTC-AC y Artelia Ville &Transport.
Debido a que se habría negociado al cambio fijo de 1.30 dólares por cada euro, el monto del perjuicio ascendería a $1’920 655. 01 dólares (UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTE MIL, 07/100 DÓLARES NORTEAMERICANOS)
Esto, según el resultado final del examen especial de ingeniería a los procesos de contratación del proyecto “ Tranvía de los cuatro ríos", a cargo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cuenca, por el período comprendido entre el 2 de enero de 2012 hasta el 1 de abril de 2014.
La Contraloría dispone que el alcalde de Cuenca Marcelo Cabrera “De conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, está obligado de manera inmediata a acatar y aplicar las recomendaciones constantes en el examen realizado a los procesos de contratación del tranvía.”
Además ordena al alcalde Cabrera, lo siguiente:
- Dispondrá al Secretario de Movilidad buscar los mecanismos idóneos para que el contrato de Gerencia y Fiscalización externa se enmarque en la forma de pago prevista en la normativa vigente, y por lo tanto, sea un porcentaje del avance de la obra.
- Designará una comisión integrada por servidores de la Secretaría de Movilidad y Dirección Financiera Municipal para que conjuntamente con representantes del Consorcio SMTC-AC y Artelía Ville & Transport, contratista de la Gerencia y Fiscalización externa, determinen el valor real del monto del contrato, calculado con los porcentajes propuestos por el consorcio para los gastos generales o indirectos y utilidad empresarial sobre el total del valor de los sueldos del personal técnico y del personal auxiliar y administrativo.
Este examen especial de la Contraloría General del Estado, a los procesos de contratación del proyecto Tranvía 4 ríos de Cuenca, llega también a las siguientes conclusiones:
1.- El GADM del Cantón Cuenca no creó la Unidad Ejecutora del Proyecto Tranvía
Recomendación
Al Alcalde de Cuenca:
Con la información legal y técnica constante en los estudios complementarios y de ingeniería básica del Tranvía de los Cuatro Ríos de Cuenca para la creación de una Unidad que se encargue de la gestión del tranvía en las etapas de diseño,construcción y operación, realizará los trámites legales que llevarán a la conformación de dicha Unidad.
2.- No se conformó la Comisión Técnica para la evaluación de la oferta para la contratación de los servicios de Gerencia y Fiscalización
Recomendación
Al alcalde de Cuenca:
En razón de que el Servicio Nacional de Contratación Pública -SERCOP, con Resolución RE-SERCOP-2013-002 de 27 de diciembre de 2013 expidió los modelos de “Pliegos de Régimen Especial para la Contratación de Bienes y/o Servicios Únicos en el Mercado o de Proveedor Único", que contienen: Parte I:
“Condiciones particulares para la contratación de bienes y/o servicios únicos en el mercado o de proveedor único”] y, Parte II: “Condiciones generales para la contratación por régimen especiar, dispondrá a los directivos de la unidades vinculadas con los procesos precontractuales para la ejecución de obras, adquisición de bienes y/o prestación de servicios, incluidos los de consultoría, ponerlos en práctica.
3.- El servidor municipal a cargo de la evaluación de la oferta para la Gerencia y
Fiscalización externa no analizó en detalle el contenido de los documentos presentados por el oferente
El servidor municipal designado por el Alcalde para la evaluación de la oferta para la
Gerencia y Fiscalización externa de los procesos de provisión, instalación y asistencia a la puesta en servicio del sistema de tranvía “Cuatro Ríos de C u e n c a y de la construcción de la primera línea del tranvía, inobservó lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 18 del Reglamento General de la LOSNCP, por cuanto no analizó el contenido de los documentos presentados en la oferta económica para la Gerencia y Fiscalización externa, los cuales contenían errores que afectaron el monto del contrato.
Este mismo servidor inobservó la disposición del literal b) del artículo 1 de la
Resolución 042-2010 del INCOP (Actual SERCOP), por cuanto no analizó en detalle
los pliegos del proceso de contratación de Gerencia y Fiscalización, como era su obligación para evaluar la oferta.
4.- El Consorcio de los Cuatro Ríos de Cuenca no presentó los análisis de precios unitarios
La falta de los análisis de precios unitarios, impidió a la Comisión Técnica verificar los componentes de dichos análisis, esto es, costos directos, costos indirectos, utilidad del oferente e imprevistos, a fin de, el precio de cada rubro compararlo con los precios de mercado. Además, la Comisión no conoció la cantidad y características de los materiales, mano de obra, maquinaria y herramientas a utilizar, y el rendimiento propuesto para estos componentes de los precios unitarios.
Conclusión
Los Miembros de la Comisión Técnica, inobservaron la disposición del numeral 3.13
“Precios Unitarios y Reajuste”, de la Sección III de las Condiciones Generales de los pliegos del proceso de contratación de construcción del patio taller, preparación de la plataforma viaria e implementación de sistemas tecnológicos (SIR) para soporte del sistema tranviario “ Tranvía de los Cuatro Ríos", por cuanto no exigieron al Consorcio de los Cuatro Ríos de Cuenca la inclusión en su oferta de los análisis de los precios unitarios de los rubros a ejecutar, lo que impidió a la Comisión Técnica y a las autoridades municipales conocer la estructura de tales precios unitarios y determinar si existe razonabilidad en el costo del proyecto.
Recomendación
Al Alcalde de Cuenca:
Dispondrá al Secretario de Movilidad que exija al Consorcio de los Cuatro Ríos de
Cuenca la entrega de los análisis de precios unitarios de los rubros que forman
parte del contrato, para que la Gerencia y Fiscalización del Proyecto, conociendo
los componentes de los precios unitarios, pueda realizar un control más eficiente
de la ejecución del proyecto “ Tranvía de los Cuatro Ríos" de Cuenca.
Fuente:
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO
DIRECCIÓN DE AUDITORÍA DE PROYECTOS Y AMBIENTAL
DAPyA-0008-
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON
CUENCA
INFORME GENERAL
Examen especial de ingeniería a los procesos de contratación para la contratación del proyecto
"Tranvía de los cuatro ríos" llevados a cabo por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca
TIPO DE EXAMEN: EEI PERIODO DESDE: 2012/01/02 HASTA: 2014/04/01
Oficio al alcalde de Cuenca:
Quito, 22-12-2014
Señor
ALCALDE
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca
Cuenca - Azuay
De mi consideración:
La Contraloría General del Estado, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, efectuó el examen especial de ingeniería a los procesos de contratación del proyecto “ Tranvía de los cuatro ríos", a cargo del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Cuenca, por el período comprendido entre el 2 de enero de 2012 hasta el 1 de abril de 2014.
Nuestra acción de control se efectuó de acuerdo con las Normas Ecuatorianas de
Auditoría Gubernamental emitidas por la Contraloría General del Estado. Estas normas requieren que el examen sea planificado y ejecutado para obtener certeza
razonable de que la información y la documentación examinada no contiene exposiciones erróneas de carácter significativo, igualmente que las operaciones a las cuales corresponden, se hayan ejecutado de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, políticas y demás normas aplicables.
Debido a la naturaleza de la acción de control efectuada, los resultados se encuentran expresados en los comentarios, conclusiones y recomendaciones que constan en el presente informe.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, las recomendaciones deben ser aplicadas de manera inmediata y con el carácter de obligatorio.
Atentamente,
DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
Por el Contralor General del Estado

Ing. Rafael Miño Barrera
DIRECTOR DE AUDITORIA DE PROYECTOS Y AMBIENTAL, SUBROG A N TE

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