sábado, 31 de agosto de 2019

DESAPARECEN DOS TRITURADORAS DE LA PLANTA DE ASFALTO DEL MUNICIPIO DE CUENCA.
El Ingeniero Bolívar Albán, Director de Obras Públicas del Municipio de Cuenca, presentó en la Fiscalía del Azuay, una denuncia con fecha 23 del presente mes, para que se investigue la desaparición de dos trituradoras que venían funcionando en la planta de asfalto de la Institución; de propiedad del Ministerio de Obras Públicas, entregadas en comodato al Municipio. De la noche a la mañana, las trituradoras fueron desmontadas, sin autorización de las autoridades superiores del Municipio de Cuenca, y localizadas en las minas de áridos del Austro, de propiedad del señor Miguel Loyola, ubicada en el cantón Guachapala de la provincia del Azuay.
La Fiscalía tendrá que determinar responsabilidades y sancionar a los autores, cómplices y encubridores de esta infracción punible y pesquizable, conforme lo dispone el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal.
www.radioelobservador.com

viernes, 30 de agosto de 2019

Según concejal Fabián Ledesma, se descubrió nueva “herencia de la corrupción”



Utilizando el calificativo de “herencia de la corrupción”, el concejal Fabián Ledesma, en compañía de los ediles Diego Morales y Pablo Burbano, denunció presuntas irregularidades por más de 3’000.000 dólares en dos procesos de contratación generados por la ex administración de la Empresa Municipal de Aseo de Cuenca (EMAC), a través del Portal de Compras Públicas.
Los procesos estaban dirigidos a la contratación de los servicios de “barrido y limpieza de calles, avenidas y ciudadelas”, y, “barrido y limpieza de calles del Centro Histórico y calles aledañas”.
Luego del estudio de los documentos “se determina la presunción de haber inobservado normativa interna en la tramitación de estos dos procesos” por lo que se solicitó a la máxima autoridad del Servicio de Contratación Pública (SERCOP) que los declare desiertos, petición que fue acogida por la autoridad, dijo indicó Ledesma.
Añadió que frente a las observaciones del SERCOP, la actual administración municipal analiza varios procesos de contratación de los años 2018 y 2019, “concluyendo (en) la presunción de haber existido un uso indebido del Portal de Compras Públicas por lo que se pidió a la institución que realice un análisis minucioso de los casos expuestos y, de confirmarse las irregularidades, se proceda a las sanciones correspondientes.
Con este antecedente también se pidió a todas las Direcciones y Gerencias de la corporación municipal un estudio pormenorizado de los procesos de contratación desde el año 2017, agregó el concejal.
Según palabras de Fabián Ledesma, los dos anteriores ejemplos de “corrupción” detectados son el “millonario atraco a los cuencanos” de los fotosensores (radares); “luego el caso de los magos cuencanos, desapaecieron dos trituradoras”.
FUENTE.PORTAL DIVERSO

El concejal Fabián Ledesma, emite sus criterios en comp
https://www.facebook.com/151344492384659/videos/2125347201093176/UzpfSTEwMDAwNjA0NTYwNjUwOToyMzk2MDM3NjkwNjA3NzI4/

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Los negocios del "Gran Mariscal del Azuay"

Publicado el  | QUIEN ES QUIEN
  • Cuando el entonces prefecto, Paúl Carrasco, presentó el proyecto Centro Ecoproductivo Girón, anunció que esta obra generaría USD 440,5 millones anuales y 18 mil empleos en un cantón que no supera los 13 mil habitantes.
  • Por la oposición del alcalde de Girón se hicieron otros estudios en Sta. Isabel. Hubo retrasos en la entrega del estudio final e inconsistencias en los informes del análisis geológico.
  • Siete años después de firmado el primer contrato para el estudio de factibilidad se pagaron tres millones de dólares, se suscribieron seis contratos más y el parque industrial nunca se construyó
El domingo 04 de agosto de 2013, el prefecto del Azuay, Paúl Carrasco, asistió al desfile anual de la Ecuatorianidad, organizado por la comunidad emigrante en Nueva York, Estados Unidos. Cursaba su segundo período en dicho cargo cuando fue embanderado como “Gran Mariscal” por los habitantes del austro en la Gran Manzana; caminó por las calles de Queens ostentando la banda insignia.

Fue un acto ajustado a los deseos políticos del prefecto, pero apalancado financieramente en un rubro entregado por la Prefectura a una empresa de comunicaciones que se encargaba de la promoción de un proyecto industrial del que hasta hoy no se ha colocado ni la primera piedra.

La historia comienza en marzo de 2011, cuando la Prefectura convocó por concurso público para realizar los estudios de factibilidad del proyecto Centro Ecoproductivo Girón, por un monto de USD 999.000.



La única oferta presentada la hizo la empresa ALTIOR y se le adjudicó el trabajo por USD 992.000 más IVA. El 29 de abril de 2011 se firmó el contrato con la participación de Carrasco, como autoridad competente; Lizandro Martínez, procurador; y Luis Pastor Herrera, representante de la consultora, (Proceso CONPC-GPA-001-2011).

ALTIOR Cía. Ltda. es una empresa constituida en 2007, según los archivos de la Superintendencia de Compañías. Ofrece servicios especializados, relacionados a la planificación y evaluación proyectos de desarrollo. Pastor Herrera es su actual gerente y Fabián Carvallo figura como presidente de la firma. Ambos son también los accionistas de la empresa.

El estudio de factibilidad se entregó en agosto de 2012. Meses más tarde, en abril de 2013, el prefecto convocó a un proceso, bajo la figura de Régimen Especial, para la promoción de la obra. El objeto, de acuerdo al proceso COMDIR-GPA-088-2013, disponible en el portal de compras públicas, es la provisión de productos y actividades comunicacionales para dar a conocer el proyecto Centro Ecoproductivo Girón. 

Se convocó a tres empresas: EcoComunicaciones, Publigestión y la firma Hilda María Falla Comunicaciones que finalmente fue seleccionada pues, al igual que en el proceso anterior,  solo se presentó su oferta y no otra. El monto de este contrato suma USD 197.741, 51 y se firmó el 03 de mayo de 2013.



Hasta aquí se comprometieron cerca de USD 1,2 millones. La noche del 16 mayo 2013, el entonces prefecto, presentó el proyecto Centro Ecoproductivo Girón, mismo que funcionaría en el cantón azuayo que lleva el mismo nombre, por su condición estratégica: ubicado a 120 km. del aeropuerto de Santa Rosa, 42 km. del aeropuerto Mariscal La Mar de Cuenca y 118 km. del Puerto Bolívar, en El Oro.

El evento se realizó en el Salón Cuenca del Centro de Convenciones del Mall de Río. Carrasco indicó que serían destinadas 123 hectáreas en total, con un 40% de áreas verdes. Se preveía que el parque industrial genere unos USD 440,5 millones anuales, con una producción por hectárea estimada en USD 10.964.174, durante los primero años. Además, se generarían 18.000 puestos de empleo directo e indirecto.

El mismo año se firmó un tercer contrato bajo la modalidad de lista corta por un monto de USD 386.850.Esta vez para una consultoría para el avalúo de los terrenos y estudios geológicos, hidrológicos, etc., del mismo proyecto industrial.

Este contrato comparte una similitud con los anteriores y los que se firmaron después: Se convocó a varias empresas, pero solo una presentó una oferta y ganó. En este último proceso, cuatro empresas fueron invitadas (LCC-PGA-009 2013) y la única oferta fue entregada por ALTIOR Cía. Ltda., que firma el contrato el 03 de julio  de 2013.

El mismo día se firmó un contrato de promoción y publicidad bajo la figura de régimen especial, por USD 512.110, y se adjudicó  nuevamente a la empresa Hilda María Falla Comunicaciones. El objetivo fue captar inversionistas, de acuerdo a los pliegos del proceso, por lo que se especificaba que los eventos deben realizarse en Quito, Guayaquil y Nueva York, en donde ya se alistaba el Desfile de la Ecuatorianidad. Todo esto con retransmisión en vivo en Girón (Azuay).

En los pliegos del proceso figuran tres convocados: Diego Aguirre Figueroa (Live); Diego Paúl Asmal Barrera e Hilda María Falla Comunicaciones S.A. Solo la última presentó su oferta y se adjudicó con el contrato.

Diego Aguirre Figueroa, uno de los convocados al proceso contractual para el lanzamiento y promoción del proyecto ecoproductivo, no está registrado como accionista de la empresa Live, con la que participó en dicho proceso 

Este portal buscó información de las empresas convocadas en la Superintendencia de Compañías y no se encontró participación alguna de Diego Aguirre Figueroa en una empresa llamada Live, únicamente figura como accionista minoritario del restaurante Raclette y no existe en su archivo el nombre de otras empresas. De Asmal Barrera no hay registros de participación empresarial en la Superintendencia.

Por su parte, Hilda María Falla Comunicaciones S.A. aparece como una firma constituida en 2004, en Quito, dedicada las relaciones con los medios de comunicación, proyección de imagen y relaciones públicas. Su actual gerente es Hilda María Falla Muñoz que, además, es socia mayoritaria.

Promoción en Nueva York

En tarima, junto a reinas de belleza y otros representantes ecuatorianos, Carrasco lucía un traje blanco y, sobre sus hombros, la banda que le otorgaba el título de Gran Mariscal del Desfile de la Ecuatorianidad 2013.

Del contrato de promoción antes detallado, firmado por el entonces prefecto Carrasco con la empresa Hilda María Falla Comunicaciones S.A.,  se desglosa el costo por la organización de dos eventos para la promoción del ecoparque en Girón el 1 y el 4 de agosto. Ambos por un monto de USD 238.312,35.



De esa cifra, las más altas corresponden a la renta, decoración y pago de permisos de un carro alegórico el día del desfile, por USD 55.000. La coordinación general del evento y proyecto, por USD 29.982,90; el equipo de producción de Quito en Nueva York durante ocho días para 6 personas, por USD 25.944; y, el pago de cena y bebidas para 100 asistentes, incluido servicio e impuestos, por USD 20.724. 

La organización de los eventos de promoción en Quito, el 9 de julio de 2013 fue de USD 118.484,50; la transmisión de ese evento, el mismo día vía microondas, incluyendo la presentación de artistas nacionales, armado de tarima y otros rubros sumó USD 59.989,75. Mientras que el evento en Guayaquil, el 30 de julio, fue de USD 95.324,08.



Suman más contratos de promoción y consultorías

Hay un quinto contrato para una segunda consultoría. Se lo firmó el 9 de enero de 2014, por un monto de USD 91.200. Los cuatro consultores individuales convocados debían elaborar una propuesta para “el involucramiento de actores locales, fortalecimiento organizativo y socialización del proyecto Centro Ecoproductivo Girón, Fase II”. La única oferta recibida fue de Miguel Wladimir Galarza Ordoñez, persona natural, de acuerdo al proceso LCC-GPA-013-2013. 

El sexto fue un proceso de contratación directa, adjudicado al Instituto de Estudios Sociales de la Opinión Pública, el 26 de junio de 2014, por USD 102.496 más IVA. Se trata de un estudio de opinión que no solo estaba enfocado en el Centro Ecoproductivo Girón, sino también en conocer la percepción de la ciudadanía respecto a otras obras de la Prefectura como el proyecto Crecer y Bailo terapias.

Inicialmente, este contrato tenía un presupuesto de USD 65.000, pero se amplió el 27 de noviembre del mismo año, para que se realice un sondeo de opinión en la zona de Santa Isabel y otros distritos eco industriales, por un valor de USD 37.496. En total USD 102.496.

Twitt de la Prefectura del Azual promocionando el Proyecto

El ecoparque no se construye y cambia de lugar

El proyecto del Centro Ecoproductivo Girón no estuvo ajeno a las críticas por parte de los moradores de las zonas de influencia y de las autoridades municipales, por lo que Carrasco decidió buscar otros lugares en donde construirlo. 

Es así que se abrió la posibilidad de emplazar el ecoparque en el cantón Santa Isabel. José Miguel Uzhca, alcalde de Girón es una de las autoridades que se opuso al proyecto. Su argumento fue que se ofreció un precio por predio mucho menor al acordado. 

“Llegó a la zona (Paul Carrasco) y ofreció pagar millones. Primero ofrecieron pagar de USD 13 a USD 14 por metro cuadrado de terreno, luego cambiaron de opinión y dijeron que pagarían 0,60 centavos”, manifestó. “También ofrecieron a la gente que podrían vender comida en el ecoparque, luego dijeron que iba a ser una zona restringida”. 

Explicó que cuando Carrasco llegó a mostrar el proyecto, se planeó levantarlo en las zonas de San Sebastián del Cachi, Santa Marianitas o El Pungo, en Girón; pero “habían inconsistencias”, dijo Uzhca a MIL HOJAS.  “La gente rechazó el proyecto porque nunca estuvieron claras las condiciones. Tenemos los planos del ecoparque pero nunca la ubicación exacta de donde iba a hacerse. Todo era un montaje. Revisamos el tema del agua. La cantidad de agua que necesitaba el ecoparque estaba sobre los 100 litros por minutos. ¡Si solo Girón maneja 33 litros por segundo, con los 6.000 habitantes que tenemos aquí en ciudad Girón!”, agregó.

 

Otra de las dudas del alcalde es que se ofrecieron 18.000 empleos en un cantón con una población que no supera los 13.000 habitantes, incluyendo menores de edad.

Así es que el prefecto Carrasco ordenó los estudios urbanísticos y de ingeniería del ecoparque en Santa Isabel. Entonces se firmó el séptimo contrato, el 03 de febrero de 2015, por USD 276.755,50. Precio tres veces menos al gastado en los primeros estudios de factibilidad. Nuevamente la empresa ALTIOR se hizo con la adjudicación, tras presentar la única oferta de tres empresas convocadas en el proyecto.

En Santa Isabel, el Concejo Cantonal declaró zona franca un área de 5.000 hectáreas entre las zonas de Puenteloma y Minas de Huascachaca, junto a la vía Cuenca-Girón-Pasaje, según explicó el alcalde del cantón, Rodrigo Quezada Ramón.

A pesar del apoyo del alcalde, la consultora registró problemas en la realización de los estudios. El 03 de junio de 2015 se vio obligada a suspender las actividades hasta el 16 de agosto, por la oposición de los moradores.

Hubo más inconvenientes, ALTIOR debe asumir multas por USD 4.981,60 debido a retrasos en la entrega del estudio final. Durante la ejecución del proyecto se pidió incluso cambiar al profesional a cargo de la consultoría por inconsistencias halladas en los informes del análisis geológico. Finalmente, el estudio se entregó el 6 de abril de 2016.

En las calles de Santa Isabel existe incertidumbre sobre la continuidad del proyecto, una vez posesionadas las nuevas autoridades. Lo que sí es cierto es que han transcurrido siete años desde la adjudicación del primero de siete contratos para estudios y promoción del proyecto, en los que la Prefectura asignó USD 2’559.153 que más IVA superaría los USD 3 millones. Y después de todo ese tiempo y los montos entregados, no se cuenta ni con los sustentos técnicos para la viabilidad de la obra, ni hay certeza sobre si se la podrá construir en el nuevo sitio escogido para ello.

jueves, 29 de agosto de 2019

Sin estudios se gastó dinero en dos eventos

Según un informe de la Contraloría no hay estudios que justifiquen el gasto.
2077
Prefectura del Azuay
Uno de los exámenes de Contraloría se realizó al desfile que se celebró en el 2015, evento que también fue utilizado por Paúl Carrasco para protestar por el entonces gobierno de Rafael Correa. (Archivo)
La Contraloría General del Estado (CGE) realizó un examen especial a las fases preparatoria, precontractual, contractual, ejecución, liquidación y pago de los procesos de contratación de la provisión de productos, servicios y actividades comunicacionales del desfile y evento que se desarrolló por la conmemoración de los 191 años de provincialización del Azuay, que data del 2015.
A más de ello, se realizó otro examen a la provisión del local, menaje, servicios y productos para la realización de eventos del proyecto Parlamento Popular Provincial que se realizaron en el año 2017 y primer semestre del 2018, por un valor de 119.986,29 dólares.
En el caso de este segundo examen, la CGE determinó que el proceso no contó con los estudios previos correspondientes, con los cuales se determinaron cantidades, rubros por alimentación, amplificación, mesas vestidas y sillas. Es decir, no se justificó el dinero a utilizar en la contratación.
Otro punto que mencionó la CGE fue la inadecuada planificación del plazo establecido para la ejecución del proyecto a través de personal contratado que no habría demostrado de manera correcta su experiencia.
En cuanto a la fase contractual, ejecución, liquidación y pago, en la cancelación al contratista como propina por el servicio de alimentación se la realizó sin sustento. En una de sus menciones, la CGE determinó que un pago por 7.669,64 dólares no se encuentra justificado, así como la erogación por 22.005,63 en el pago de alimentación de las personas que asistieron al Parlamento Popular Provincial.
Aniversario de provincialización
Al igual que en el segundo examen, la CGE concluyó que el proceso de contratación para realizar el desfile cívico y evento conmemorativo por los 191 años de provincialización del Azuay no contó con los estudios para ello. Para este evento, el Gobierno Provincial del Azuay, en el 2015 gastó 120.960,00 dólares.
Ante aquello, la CGE recomendó a la directora de contratación pública de ese entonces que emita un informe de la supervisión realizada a la documentación de la fase preparatoria para que deje en constancia la existencia de los estudios realizados para cumplir con las fases precontractual y contractual, con el fin de que esto se adjunte al expediente del proceso. (AWM)-(I)
Periodo de cubrimiento
El examen especial cubrió el periodo comprendido entre 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2018 del Gobierno Provincial del Azuay, institución presidida por Paúl Carrasco en aquel entonces. Tras la investigación, la Contraloría General del Estado realizó un informe que fue aprobado el pasado 16 de agosto de 2019, y que fue hecho público el fin de semana en la página web de la institución pública. Para conocer más detalles de los dos procesos contratados por el tema de los Parlamentos Populares Provinciales y por el desfile cívico que se llevó a cabo en nuestra provincia por la celebración de su provincialización, por parte de la Prefectura del Azuay puede ingresar a: https://www.contraloria.gob.ec/Consultas/InformesAprobados/DNAI-AI-0327-2019

 

AMAZONIA VÍCTIMA DEL HOMO ECONOMICUS




A las millones de hectáreas incendiadas en la Amazonia, se suman las incuantificables
víctimas, animales y vegetales, que perecen ante el fuego y los no pocos pueblos ancestrales
que huyen de las llamas. Más esa difundida realidad, esconde a los verdaderos responsables
de esta catástrofe ecológica.
Detrás de las quemas de bosques y la deforestación existen poderosos intereses vinculados
a las actividades agroexportadoras, mineras, gasíferas y petroleras. Pero también está la
negligencia y hasta la complicidad de varios Estados que, a nombre de promover el
desarrollo, flexibilizaron sus políticas ambientales.
Dicha flexibilización se refleja en los escasos controles a las prácticas productivas que
deterioran la naturaleza, además se expresan en las adjudicaciones y concesiones de
extensos territorios, que entregaron los gobiernos para el beneficio de monopolios y
transnacionales.
Esta lógica capitalista del actual progreso está guiada por la racionalidad del homo
economicus (ser humano económico) que pretende naturalizar la primacía de la ganancia
individual, sustentada en escasos esfuerzos, por sobre el bienestar colectivo y el del propio
planeta.
Esa es la causa original de la depredación de la naturaleza, pero además es el fundamento
teórico de la corrupción generalizada, de la acumulación de las riquezas en pocas manos, de
la sobreexplotación laboral, de la precarización de la vida, etc.
Los incendios de los bosques amazónicos no son sólo obra del presidente de Brasil, son
consecuencia de la imposición de un caótico sistema que es adoptado por un fascista como
Bolsonaro, por un desarrollista como Evo o por un neoliberal como Vizcarra. En fin, todos
esos modelos de gobierno garantizan la vigencia del capitalismo, el reinado del homo
economicus y la continuidad de la crisis ambiental.
Si siguen mandando los cuantiosos intereses económicos de los países imperialistas y de las
poderosas corporaciones la Amazonia y el planeta se destruirán. Si los pueblos no
transforman las relaciones de poder, la continuidad de la especie humana está en riesgo.

Francisco Escandón Guevara
Email:                fcoescandog@gmail.com
fescandonguevara@yahoo.com
Blog:                 fescandonguevara.wordpress.com
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miércoles, 28 de agosto de 2019

Cuenca, a 13 de agosto de 2019.

Dr.
Fausto Roberto Murillo Fierro
VOCAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ECUADOR
Dr.
Pedro Crespo
DIRECTOR GENERAL DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL
ECUADOR
Quito.
Mi consideración especial a Ustedes:
Dr. Favio Alejandro Guaraca Maldonado, en ejercicio de la labor jurisdiccional en la
Unidad Judicial de Violencia contra la Mujer de Cuenca, como ser humano molesto su
atención para pedir su intervención urgente respecto de situación que las y los
funcionarios judiciales estamos afrontando en la gestión el director provincial Dr.
Simón Valdivieso Vintimilla, clamor que lo hago bajo los siguientes términos:
Estimado Doctores, desde aproximadamente 29 años la vida y el feminismo ha
permitido formarme en los derechos humanos de las mujeres y la diversidad,
entendiendo y convenciéndome, como exige Alda Facio, que durante siglos, se produjo
una suerte de anulación, deshistorizadas y agresión en contra de las mujeres de parte de
un sistema patriarcal abusivo y arbitrario.
Tal es mi convicción que últimamente la Universidad de Cuenca, me incorporó como
magíster en Género y Desarrollo, objetivo de mi proyecto de vida que consolida un
capital social intachable de conocimiento y admiración en Cuenca y en todo el Ecuador
y, que el propio Consejo de la Judicatura me ha permitido colaborar con la planta
docente de la escuela de la Función Judicial como formador de formadores en temas de
violencia en contra de las mujeres y de los grupos diversos.
En ese contexto, el Consejo de la Judicatura ha priorizado el tema de violencia y la
implementación de la Ley Orgánica para su prevención y erradicación (cuarto eje),
iniciativa que la comparto y que en todo momento la defenderé en función de lograr
consolidar una lucha histórica de las mujeres en el Ecuador. La prevención y la
erradicación se las hace, no en el discurso, sino en las acciones de facto que permitan
trascender a un sistema de justicia más humano.
Bajo este antecedente, por mi dignidad y principios acudo a Usted para consignar mi
preocupación, que debe ser generalizada de las y los funcionarios judiciales en el
Azuay, en relación a la forma como el Doctor Simón Valdivieso administra la cosa
pública, desconociendo mi humanidad y capital social en claro desmedro de mis
derechos humanos. ¿Por qué?
PRIMERO. Desde que asume la Dirección Administrativa el Doctor Valdivieso,
menciona que será una gestión de “puertas abiertas” para las y los usuarios internos y

externos, mensaje que suponía que el derecho humano de petición de quienes hacemos
la función judicial del Azuay iba a ser respetado a plenitud, pero me equivoqué.
Inmediatamente de ello, el Doctor Valdivieso inicia con la imposición de “reglas” o lo
que él llama “directrices” que deben ser cumplidas por las y los funcionarios judiciales
so pena del inicio de la respectiva acción administrativa por desatender la “orden”. Estas
reglas que se la va imponiendo no permiten contradicción u objeción, anulando a las y
los funcionarios a la voz, a una crítica para construir en conjunto un sistema de justicia
que cobije a todos y a todas. Esta forma de emitir “edictos”, tiene la suerte de ser muros
prohibitivos para subordinar y anular, provocando o infundiendo miedo y temor para
que esos “edictos” sean cumplidos sin objeción. ¿Será posible esto en un país de
derechos y justicia?
Entre esos “edictos” del señor director, se producen por ejemplo, cuando se me
“ordena” subir a su despacho a verle. Por respeto así lo hice, pero lo primero que hace el
director, es humillarme en público, reprimiéndome y diciéndome que “esa no era la
forma de vestir”, “aquí los jueces con terno” (amén de saber cuál es la regla para las
juezas) y que de manera inmediata ya va a mandar una directriz para que se cumpla su
edicto. Esta forma de tratarme rompe con mi humanidad, sabiendo que tengo un
apellido con raíces indígenas, que de hecho me enorgullece, y la autodeterminación o en
todo caso mi derecho a rechazar el signo patriarcal se comporta con la decisión personal
mía de desaprender, deconstruir y trascender a un mundo que proteja por sobre todo el
territorio interno de cada humano y humana.
SEGUNDO. UNA SANCIÓN SIN JUICIO PREVIO. Sabiendo que mi convicción
siempre ha sido, es y será la protección urgente de las víctimas de violencia, dentro de
mi labor jurisdiccional debo precautelar la llamada debida diligencia, no solo de parte
del estado sino aún de las y los abogados que asumen la defensa de esas víctimas.
Para explicar a Usted la forma como se me trata, en un proceso contravencional bajo mi
conocimiento como juez de violencia contra la mujer, la defensa técnica particular de
una víctima no acude a una audiencia programada con anticipación y, bajo una absoluta
responsabilidad, en apego al artículo 130 y 131 del Código Orgánico de la Función
Judicial dispongo que se ponga en conocimiento de la dirección provincial de control
disciplinario para que se observe la conducta de aquellas profesionales, por sobre todo
para que se garantice su presunción de inocencia y sean juzgadas ante su juez natural.
Esta decisión obedece en esencia, para llamar la atención a las y los abogados en la
responsabilidad ineludible de proteger a una víctima cuando ingresa al sistema de
justicia. Minimizar la violencia hacia las mujeres significa dejarlas en indefensión y una
suerte de minimización de esta clase de procesos.
Conforme a la documentación que adjunto en copias debidamente certificadas
entregadas por el Doctor Santiago Valarezo Guerrero, secretario de la Dirección
Provincial del Consejo de la Judicatura en el ámbito del control disciplinario se
desprende que el Doctor SIMÓN BOLÍVAR VALDIVIESO VINTIMILLA como
director, emite resolución dentro del expediente disciplinario no. 01001-2019-0002C
causa seguida a dos profesionales, confirmando su inocencia respecto de no haberse
adecuado su conducta al artículo 335 numeral 10 del Código Orgánico de la Función
Judicial.

Amén de aquello y de la resolución emitida por el juez administrativo Dr. Valdivieso,
alegando falta de motivación, hace lo propio y de manera increíble y sui géneris, en el
ordinal tercero del punto 9 expresa:
“…Remítase copia certificada de esta resolución al señor juez que dispuso el inicio de
este sumario administrativo así como a la Unidad de Talento Humano para que se
incorpore en la carpeta personal del funcionario, pues se advierte ausencia de
motivación para disponer se investigue a las profesionales del derecho en el ámbito
disciplinario…” El énfasis y la cursiva me pertenecen.
Esta suerte de sanción sin juicio ni defensa previa insulta de manera flagrante a mis
derechos humanos, por sobre todo a mi dignidad como servidor público y a una
trayectoria limpia y transparente que le he forjado en el sector público por más de 29
años.
Esta intención de atentar a mi honra tiene un claro objetivo de pretender perjudicar a mi
imagen ante potenciales evaluaciones a las cuales me debo someter, cuestión que
atropella a mi inocencia, el derecho humano a la defensa y tiempo para prepararla. Esta
forma de actuación del todo arbitraria y abusiva crea una sanción inexistente en el
ordenamiento jurídico, así como se ensaya (se inventa) un nuevo procedimiento para
emitir criterios de valor en contra de la dignidad de las personas sin previo aviso, bajo
una simpleza de pedir se incorpore a la carpeta personal sin que exista motivación para
hacerlo.
A la carpeta de mí pertenencia deberán ir únicamente mis méritos y, en el caso por
supuesto no consentido, de existir sanciones, ellas deben devenir o haber sobrepasado

un debido proceso bajo principios constitucionales y nada más.

ACCIÓN DE PROTECCIÓN PROPUESTA POR MÍ ANTE UNA JUEZA
CONSTITUCIONAL. Ante este atropello mi derecho constitucional es resistirme ante
tal despropósito porque atenta a mi honra y dignidad, pero como el señor director Simón
Valdivieso piensa que tiene “autoridad” sin opción a pedir explicación, ante el arbitrio,
el equilibrio para el reconocimiento de mis derechos humanos es la justicia
constitucional como elemento esencia de un estado democrático. La balanza
constitucional equilibra la justicia anulando el arbitrio.
Por ello me vi en la obligación ética y moral de presentar una acción de protección
signada con el número 01204-2019-01134, demanda ingresada el día 2 de agosto de
2019, a las 08h21.
Lo extraño en la conducta del Dr. Valdivieso en vulnerar mis derechos, es cuando, el
mismo día que impulsé mi acción constitucional, en horas de la tarde, al parecer con
desesperación, sin ser parte procesal envían a mi correo institucional una notificación
con una providencia fechada jueves 1 de agosto de 2019, a las 15h30 en donde se
menciona que se ha incurrido en un error. Es importante mencionar que el secretario de
ese departamento se permitió dejarme la notificación con la resolución el mismo día 1
de agosto de 2019 a las 16h00, es decir mucho después que asomara la nueva
disposición. Me deberé preguntar, sin a las 16h00 del día 1 de agosto de 2019 se me
notificó con la resolución en la que se me sanciona sin juicio previo, por qué no se me
entregó también la providencia del mismo día a las 15h30.

En la primera parte de la audiencia de acción de protección, amenazó con iniciarme las
acciones penales y de daño moral en mi contra, infundiendo miedo y temor para
silenciar mi voz, sabiendo que las autoridades públicas están sujetas al escrutinio
público y no puede valerse del aparataje estatal para subordinar y anular. Este
escrutinio público y la improcedencia de utilizar la justicia para acallar, ha sido
pronunciada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y, el Presidente de la
República Lic. Lenin Moreno lo acogió, habiendo emitido indultos en más de una
ocasión, reafirmando que las autoridades públicas deben someterse al escrutinio
público. Basta solo un ejemplo cuando se removió a un funcionario público del
ministerio de salud cuando “intentó” demandar a los periodistas del medio “La Posta”.
Ahora bien, con lo dicho anteriormente, de las copias que al presente adjunto, podrá
verificar, que la resolución del Dr. Simón Valdivieso es emitida el 26 de julio de 2019,
causando estado el día 31 de julio. Así las cosas, esa resolución era inalterable, en otras
palabras no se podía modificar una coma. Pero como existe la presunción de pretender
adecuar las actuaciones para justificar en la acción constitucional la inexistencia de
vulneración de derechos, cometen graves errores de procedimiento que debe ser
revisado por el ente disciplinario en la ciudad de Quito. Es decir, si la resolución
emitida por el Dr. Valdivieso causó ejecutoría, ¿cómo así?, el día 1 de agosto se permite
modificar el pronunciamiento, cuestión del todo grave.
Para que se haya modificado la resolución, primeramente no debía haber estado
ejecutoriada. Segundo, debía ser pedido por una de las partes en concordancia con el
artículo 255 del Código Orgánico General de Procesos y, por lo menos, correr traslado a
la contraparte para que se pronuncie. Lo que se hizo, deja ver la desesperación de
enmendar una cuestión sumamente grave en atentar a mis derechos, que de hecho debe
ser revisada por el ente disciplinario en Quito, extendido a los funcionarios
administrativos, en especial al Dr. Santiago Valarezo.
Esta forma de pretender contrarrestar las acciones de protección es similar en su
intención con la compañera jueza Dra. Lourdes Yamunaque “mujer” a quien se le
ordenó su traslado administrativo sin motivación (copias adjuntas), quien con justa
razón presenta la respectiva acción de protección y, ante ese intento, asoma que el día
anterior la dejó sin efecto. ¿Qué nos pasa? ¿Alguien debe auxiliar a las y los
funcionarios judiciales en el Azuay?
Ruego a Ustedes, asistan a Cuenca y convoquen a una asamblea en donde las y los
funcionarios judiciales del Azuay podamos exponer nuestras aspiraciones, dudas,
inquietudes, desesperación y por qué no decirlo nuestras esperanzas. En los
últimos días la Organización Internacional del Trabajo OIT aprueba el convenio
en donde se garantiza medidas que los Estados deben tomar en contra del acoso
laboral, en especial a favor de las mujeres y los grupos de atención prioritaria.
Sería esencial, que se forme una comisión de parte del Consejo de la Judicatura de
la ciudad de Quito para una intervención en la función judicial del Azuay y
permitir a cada funcionaria y funcionario judicial hacer uso de su voz, de su
derecho a la resistencia ate el miedo y el temor.

TERCERO. Las decisiones del Dr. Valdivieso sin opción a objeción o consejo desdicen
de la reiterada publicidad que el Consejo de la Judicatura realiza en los temas de
violencia hacia las mujeres. Hasta antes de su posesión como director provincial, la
Fundación “María Amor” llevaba adelante procesos de emprendimiento para mujeres
víctimas de violencia en convenio con la dirección provincial. Uno de esos
emprendimientos consistía en que aquellas emprendedoras que deciden salir de la
violencia acudan al complejo judicial a ofrecer productos alimenticios, claro está sin
perjudicar al servicio judicial, pero el objetivo es permitir su auto realización e
independencia para solventar una vida libre de violencia.
Vemos que esta medida afirmativa propuesta por el Consejo de la Judicatura del Azuay
en su anterior administración tiene un enfoque desde el género, permitiendo desnudar
las brechas de discriminación que las mujeres han enfrentado históricamente y, en base
de esa actividad les permitía superar o trascender a un verdadero empoderamiento desde
sus derechos humanos.
En importante mencionar que la fundación María Amor es un referente nacional en los
temas del tratamiento y atención a víctimas, cuyas personeras Ing. Marlene
Villavicencio y Lic. Blanquita Pacheco pretendieron persuadir al director Simón
Valdivieso que esa acción afirmativa de parte del estado continúe, sin embargo, sin
derecho a opinar decidió no mantener el apoyo y prohibir el ingreso de aquellas mujeres
emprendedoras al complejo judicial. En mi formación desde el género deberé
reflexionar: ¿Qué destino tendrán aquellas que con esa actividad pudieron llevar al
menos un pan para su mesa? ¿Acaso algunas de ellas, en razón de no conseguir lo
medios para su auto dependencia decidieron regresar con su agresor? ¿Esta será la
forma como el estado pretende implementar la ley orgánica para prevenir y erradicar la
violencia en contra de las mujeres?
Si la actividad pública y su manejo no se enfocan dentro de la perspectiva de género, las
brechas de discriminación y el ejercicio de poder se mantendrán y se reforzará la
institucionalización de los muros y las reglas prohibitivas tantas veces denunciadas por
los movimientos de mujeres. Es pertinente por ello, que se permita que esas acciones
afirmativas continúen como política del estado. Si el propio estado no concede
protección para anular el ciclo de la violencia por lo menos conceda acciones
afirmativas que procuren re direccionar los proyectos de vida de esas mujeres. La
decisión la debe tomar el Consejo de la Judicatura en Quito.
CUARTO. LA DEFENSORÍA PÚBLICA PARA VÍCTIMAS. Otra de las directrices
sin opción a consejo o crítica tiene que ver con la situación de la Defensoría Pública
para víctimas. Por decisión del director Simón Valdivieso, la Defensoría Pública para
víctimas fue sacada del espacio de primera atención o acogida, siendo trasladada esa
institución al otro extremo del complejo judicial. La retórica, incluso en un foro
realizado por la Asociación Ecuatoriana de Piscología Forense y la propia dirección
provincial del Consejo de la Judicatura del Azuay, el Doctor Valdivieso de manera
increíble se permitió hacer una reflexión a quienes asistimos a ese encuentro (copia
adjunta) argumentando, según su experiencia, que la Defensoría Pública para las
víctimas no era importante. Explicaba que la Defensoría Pública fue creada para asumir
la defensa de los justiciables (agresores) y nadie más.

Me resisto a pensar que esta apreciación fue el motivo por el cual se trasladó a esa
institución tan esencial para las víctimas, provocando que las usuarias tengan que
trasladarse de extremo a extremo a solicitar el servicio público, en donde en más de una
ocasión se han encontrado con sus agresores, quienes también tenía la misma intención
de buscar patrocinio de esa entidad en el área de procesados.
Además, este particular lo puse en conocimiento en ese entonces de la Dra. Nelly
Jácome como sub directora de género del Consejo de la Judicatura, así como de la Ing.
Elenita Alexandra Enríquez de la Sub dirección de acceso a la justicia, quien asintió mi
pedido y emitió un informe, pero hacerlo efectivo resulta más que imposible, porque la
decisión del director pesa más sobre los derechos de las víctimas de violencia.
QUINTO. LA REGLA DE NO PERMANECER EN EL COMPLEJO JUDICIAL.
Continuando con las directrices, edictos y reglas del director Simón Valdivieso, entre
otras consistió, prohibir a cualquier funcionario o funcionaria judicial permanecer en el
edificio de la Corte Provincial de Justicia del Azuay más allá de las 17h00 de la jornada
laboral. De superar este horario “prohibitivo” bajo sus directrices (órdenes) se debía
reportar a los respectivos coordinadores para que se comunique a sus delegados en el
control de sus reglas.
Se suma a esta prohibición, otra en donde, los funcionarios y funcionarias no pueden
ingresar al edificio judicial antes de las 07h45; y para mejor hacer, se “ordenó” que su
ingreso se lo haga únicamente por las puertas principales, reiterando que de no acatarse
esa directriz se iniciarían los respectivos sumarios administrativos. La orden, claro está,
estaba controlada por las cámaras del complejo judicial en manejo de sus delegados
(vigilantes).
Esta regla prohibitiva y otras impuestas bajo amenaza, provoca limitación del derecho
humano de las y los funcionarios judiciales a cumplir con el servicio público,
estableciéndose barreras sin mayor lógica o razón. Cómo puede ser posible que en esta
época, juezas y jueces y personal administrativo tengan que ingresan camuflados o a
escondidas en los vehículos que el Dr. Valdivieso autorizó ingresen desde las 07h30,
pues los demás funcionarios y funcionarias deben hacerlo por las puertas principales
desde las 07h45 so pena de la sanción administrativa.
La regla prohibitiva también se la impone para el final de la jornada en donde se debe
sin mayor reclamo “evacuar” el complejo judicial a las 17h00. Aquel o aquella que
permanezca en el edificio debe reportar diariamente a su coordinador o coordinadora
para que se ponga en conocimiento de los vigilantes del Doctor Valdivieso, reiterando
bajo amenaza de no cumplir con la orden de iniciar los sumarios disciplinarios.
Esta suerte de reglas prohibitivas limita la acción de juezas, juezas, secretarios,
secretarias y demás personal en poder acelerar o completar el servicio judicial, pues a
las 17h00, tal como esté la atención al derecho humano de petición, se debe sin mayor
justificativo abandonar el edificio. Juezas y Jueces que se han quedado en el interior
despachando la carga procesal han tenido que salir a escondidas evadiendo el “control”
para no ser objeto del respectivo sumario administrativo y las sanciones que desde luego
se ha inventado el director provincial. Deberé preguntarme: ¿A cuántos y cuántas
funcionarias judiciales el Director Simón Valdivieso ordenó agregar sanciones atípicas a
la carpeta personal sin juicio previo?

Otro caso, es el que ha enfrentado la Ing. Catalina Alexandra Quinde Maldonado, quien
de manera personal dirigió carta a la señora Presidenta del Consejo de la Judicatura,
consignado su desesperación y clamor de ayuda, quien aspiró y esperó protección. Ella
y otras compañeras pusieron en conocimiento de su situación por acoso laboral
(violencia), cuyo expediente fue objeto de archivo por parte del Doctor Simón
Valdivieso, quien, para mejor hacer, ordena que sea regresada al departamento en donde
ella pedía no permanecer por el temor y su estado emocional. Por la desprotección,
acude a la Junta Cantonal de Protección de Derechos para lograr que se le extienda
medidas de protección que no las encontró en la Dirección Provincial del Consejo de la
Judicatura del Azuay. La documentación por ella remitida, debe ser revisada por el
Pleno del Consejo de la Judicatura y la Sub Dirección de Control Disciplinario en
función de la resolución 038-2019.
SEXTO. LA NEGACIÓN DE PERMISOS Y VACACIONES. El pedir permisos y
vacaciones para quienes pertenecemos a la Función Judicial del Azuay se torna
sumamente complicado. Para acudir a la Defensoría del Pueblo para pedir protección,
habiendo solicitado con tiempo prudente no se recibió la respuesta debida. En este
simple ejemplo se muestra el autoritarismo en pretender anular la intención de equilibrar
el ejercicio de poder frente a otro poder, un poder humano, que escuche, que dignifique
a la persona.
La negación de un permiso a una madre para atender a su hija con cáncer. Lo que se
expone a continuación consta en los registros de la función judicial. Una madre tuvo
que accionar la justicia constitucional para lograr protección, tanto ella como su hija,
quien padece de cáncer, permiso que sin lógica fue negada por el director provincial
Simón Valdivieso y, que gracias a la acción de protección se restituyeron sus derechos
ante la flagrante vulneración. Es de preguntarse de nuevo: ¿Así se implementa la ley
orgánica para prevenir y erradicar la violencia en contra de las mujeres?
Con las copias que se adjunta bajadas del sistema de la función judicial (causa no.
01333-2019-03085), se podrá verificar el pronunciamiento jurisdiccional constitucional,
ratificado incluso por el superior, esto es la Sala Especializada de lo Penal y Tránsito de
la Corte Provincial de Justicia del Azuay, quienes, aplicando la doctrina de género,
reivindican a una madre y a una niña con cáncer en función del artículo 35 de la
Constitución.
Estos son ejemplos claros, de los tantos, que lo pueden exponer las y los compañeros y
que, debemos afrontar en la función judicial del Azuay. Acá no estamos trabajando
delincuentes para que se nos trate de esa manera, somos seres humanos que
necesitamos trabajar en paz y tranquilidad. La zozobra y el miedo desgasta nuestras
emociones, peor aun cuando se trabaja en una Unidad de Violencia en contra de las
Mujeres en donde el Estado debe proporcionar rehabilitación a sus funcionarios y
funcionarias, pues el auto cuidado ya no es suficiente ante esta ola de nerviosismo y
miedo bajo amenaza de iniciar cuanta acción administrativa y penal frente a reglas que
anulan la voz de los seres humanos.
Por ser un derecho equilibrar el ejercicio de poder con otro poder más humano, apenas
se reinstale la mesa cantonal para la erradicación y prevención de la violencia de

Cuenca, pediré audiencia para exponer la situación que se afronta y clamar los exhortos
pertinentes a cuanta institución de protección de los derechos humanos de las mujeres.
Luego de esta comunicación, de seguro seré objeto de persecución de parte del Dr.
Simón Valdivieso, razón por la cual, desde ahora, hago mío el principio constitucional
contenido en el artículo 98 de nuestra Carta Fundamenta y consigno mi derecho a la
resistencia, reservándome en presentar cuanta acción legal y constitucional para
proteger mi humanidad.
Ruego y solicito que la voz de mis compañeros y compañeras y la mía tenga eco y se
forme esta comisión para que acuda a la función judicial del Azuay y levante un
informe luego de recoger el sentir de cada ser humano, que lo único que pretenden es
trabajar con responsabilidad, pero por sobre todo en paz para mantener el prestigio
institucional provincial y nacional y trascender un Consejo de la Judicatura que
garantice el servicio de justicia con calidad y calidez, tanto para las y los usuarios
externos como internos.
Por ser mi derecho, esta comunicación también será de conocimiento de algunas
instituciones y personas, de manera especial a la Dra. Rocío Rosero de la Sub Secretaría
de Prevención y Erradicación de la Violencia contra las mujeres, Dr. Iván Granda de la
Sub Secretaría anticorrupción, mesa cantonal para la erradicación y la prevención de la
violencia de Cuenca, Fundación “María Amor” y Defensoría del Pueblo Nacional.
Lo único que persigo es que nos dejen trabajar en paz. Tras de mi existe una familia, al
igual que la tiene el Doctor Valdivieso. No soy un delincuente y desde que pertenezco a
la función judicial del Azuay he consignado todo mi esfuerzo para atender con
responsabilidad el derecho humano de petición de las y los ciudadanos, aspiración que
de igual tengo derecho.
De ser pertinente, consigno mis correos electrónicos:
Favio.Guaraca@funcionjudicial.gob.ec; favioguaraca2@hotmail.com teléfono
0983373725.
Con la seguridad de tener acogida a mi petición, le anticipo mis sinceros
agradecimientos, no sin antes consignar a Usted sentimientos de alta consideración y
estima.
Atentamente.

Dr. Favio Alejandro Guaraca Maldonado.
C.I. 0102713088
Nota: Se adjunta documentación de respaldo.


octavo piso de un lujoso edificio quiteño, frente al parque La Carolina, Juan Carlos Checa Reinoso, de 47 años, dirige la Constructora Río Amazonas, una empresa que nació en octubre del 2013, al mes de su salida como director del Instituto de Contratación de Obras (hoy Secob).
La crearon dos de sus funcionarios: su excoordinador general Juan Carlos Recalde, su exdirectora técnica María José Saavedra y la mamá de su director jurídico, Galo Madera. Ellos afinaban la compañía mientras Checa, en diciembre del 2013, trabajaba de asesor de Walter Solís, entonces director de Senagua y hoy prófugo en el caso de sobornos Odebrecht.
En mayo del 2015, sus exfuncionarios le pasaron a Checa la empresa. Y desde noviembre de ese año hasta abril del 2017, Río Amazonas recibió $ 2,1 millones en subcontratos de la China CAMC, a la que Checa, cuando fue director del Secob, le adjudicó $ 317 millones para tres hospitales, uno en Portoviejo y dos en Guayaquil: Monte Sinaí, (noroeste) y Guasmo (sur).
En este último hospital, de 400 camas y un costo de $ 115 millones, María Vaca, de 49 años, se queja porque no hay medicinas ni turnos: “De julio me citan para octubre, tengo que operarme de una hernia”.
En los contratos de los hospitales se incluyeron letreros de Alianza PAIS por $ 253.000.
El mismo año en que asumió la Constructora Río Amazonas, Checa creó el Consorcio CRA, para servicios de subcontratación. Así ha recibido contratos de compañías como Bueno y Castro, a la que en su gestión le adjudicó $ 67 millones para cinco obras, como el puente y ciclovía en la isla Santay.
FUENTE: EL UNIVERSO

martes, 27 de agosto de 2019

SOBRE EL CASO DE LA VICEALCADÍA DE CUENCA





NOTIFICACION
Cuenca, martes 27 de agosto del 2019, las 08h29, Cuenca, 27 de agosto de 2019, las 08h00 VISTOS: Avoco conocimiento al haberme reintegrado el día de hoy a las funciones. En el estado procesal actual, se emite el siguiente pronunciamiento: UNO) La Dra. MARIA FERNANDA TENORIO VAZQUEZ, en su calidad de Procuradora Judicial de los señores Concejales del Cantón Cuenca: JOSÉ PABLO BURBANO SERRANO, OMAR ANTONIO ALVAREZ CISNEROS, DIEGO XAVIER MORALES JADAN, FABIAN ALBERTO LEDESMA AYORA y ANDRES FRANCISCO UGALDE VAZQUEZ; y, el Magister Juan Pedro Peralta Espinoza, por los derechos que representa y como delegado del Alcalde del GAD Municipal del Cantón Cuenca, han solicitado la aclaración a la sentencia dictada. La primera de las comparecientes indica que “…la aclaración deberá referirse a si la aplicación del resolutio in integrum, que consiste en reestablecer la situación anterior a la vulneración, coloca a las concejalas Paola Flores Jaramillo y Marisol Peñaloza Baculima en la posibilidad de ser elegidas Vicealcaldesa del cantón Cuenca, considerando que el artículo 36 de la Codificación del Reglamento Interno del Ilustre Concejo Cantonal determina que para la aprobación de todo asunto en el Concejo se necesita una votación de mayoría absoluta, lo que implica que cabe la posibilidad de que ninguna de ellas alcance tal mayoría y por tanto no lleguen a ser designadas para el cargo de la Vice alcaldía; o si por el contrario, la medida de reparación dispuesta tiene un alcance mayor que necesariamente sería la obligación de los ediles y del señor Alcalde de optar por una de las dos concejalas en el momento de la votación, es decir, eliminando la posibilidad de que en el momento de la reflexión del voto, pudieran optar por alternativas como la abstención o el voto en blanco”. En tanto que el Dr. Juan Pedro Peralta, solicita “…se aclare el punto Dos de la parte resolutiva; por lo que hay que tener en consideración que el Concejo está conformado por 15 ediles y el señor Alcalde. El Art. 36 de la Codificación del Reglamento Interno del Ilustre Concejo Cantonal determina que para la aprobación de todo asunto en el Concejo se necesita una votación de mayoría absoluta; en este sentido solicita se aclare la forma de proceder en la elección de la segunda autoridad del Concejo Municipal del Cantón Cuenca, es decir, si la elección únicamente se deberá llevar a cabo entre Paola Flores Jaramillo y Marisol Peñaloza Baculima o podrá ser parte de dicha elección cualquier otro miembro del Concejo Cantonal. Esta duda es originada ante la eventualidad de que ninguna de las dos concejalas obtenga la mayoría absoluta de la votación de los miembros del Concejo”. DOS) En providencia del 8 de agosto del 2019, las 10h53, se corrió traslado con la aclaración solicitada a la parte accionante y a la Procuraduría General del Estado, siendo únicamente la Coordinadora General Defensorial Zonal 6 de la Defensoría del Pueblo, la que ha emitido su pronunciamiento en el sentido de que se está haciendo consideraciones de supuestos, es decir de meras expectativas de lo que pudiera pasar, en lugar de aplicar en la designación de vicealcaldesa del Cantón Cuenca, el principio de paridad de género y cumplir con la sentencia emitida. TRES) Pronunciada y notificada la sentencia, no podrá ser motivo de modificación alguna, pudiendo sin embargo aclararla o ampliarla a petición de parte. Dice Guillermo Cabanellas que cabe la aclaración cuando es necesario puntualizar algún aspecto, explicar alguna ambigüedad de concepto, desvanecer o disipar la oscuridad (Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual, t. I, Buenos Aires, Editorial Heliasta, p. 105). CUATRO) De la revisión de la sentencia se aprecia que como medida de reparación integral, entre otras, se dispone: “Que el Concejo Municipal del Cantón Cuenca, en un término de cinco días, deberá proceder a la elección de la segunda autoridad del ejecutivo del correspondiente gobierno, de acuerdo con el principio de paridad entre mujeres y hombres, considerando la existencia, en este momento dentro del Concejo Municipal de dos concejalas…”. La medida de reparación antes citada, consta redactada de forma clara, concreta, inteligible, asequible y sintética, sin que exista en consecuencia ninguna obscuridad que merezca una aclaración en la forma que ha sido solicitada, apreciándose el actuar de los solicitantes con falta de lealtad procesal que pretende inducir al suscrito a error judicial. Por las consideraciones realizadas, siendo que la sentencia dictada es absolutamente clara, no ha lugar la aclaración que se solicita, debiendo estarse lo que se ha ordenado, bajo prevenciones de ley. Notifíquese.

Corrupción de fábula en el Consejo de la Judicatura

   en Conexiones4P/Elenfoque/Lainfo  por 
Un simple archivador de carpetas, de esos metálicos que hay en cualquier oficina, puede convertirse en un extraordinario vehículo para hacerse rico por la vía chueca. Basta con vender 40 de ellos al sector público con el demencial sobreprecio de casi 3 mil dólares cada uno. ¡Bingo!.
La historia del archivador no es metáfora. Es tan real que viene detallada y narrada minuciosamente en un reciente informe de Contraloría hecho a la contratación de consultorías y construcción de obras, hecho en casi todo el país por el Consejo de la Judicatura, entre enero del 2011 y septiembre del 2018. Es decir, en su mayoría bajo la rectoría de Gustavo Jalkh. Ahí se ve cómo, un bien aparentemente tan insignificante como un archivador de apenas 90 por 40 centímetros, puede producir una ganancia chueca y de un solo golpe de 117 054 dólares.
Según el informe, la Contraloría descubrió el negociado del archivador mientras hacía un examen a la construcción de las sedes del Consejo de la Judicatura en dos poblaciones de la provincia de los Ríos. Mientras para la sede de Pueblo Viejo se compraron 21 archivadores a 234 dólares cada uno, para la sede en Vinces se pagó la estrafalaria cifra de 3 160 dólares por exactamente el mismo archivador cuyo único requisito era ser capaz de archivar carpetas.
El informe de Contraloría establece sobreprecios y trampas, similares a las del archivador, en la construcción de obras del Consejo de la Judicatura en Esmeraldas, Manabí, Los Ríos, El Oro, Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Cañar, Loja, Azuay, Santo Domingo, Sucumbíos, Morona Santiago, Pastaza, Zamora Chinchipe y Orellana. Obras que, en total, alcanzaron algo más de 40 millones de dólares.
En el documento hay casos de sobreprecios, obras por las que se pagó pero no se hicieron, otras que se hicieron pero no sirvieron porque estaban mal hechas o eran innecesarias, compras que nunca llegaron a su sitio o incluso costos que debían sufragar los contratistas pero que El Estado terminó pagando. En definitiva, el examen de Contraloría es un compendio que muestra cómo la metida de mano en la justicia del correato no solo permitió controlar la administración de justicia, sino también abrir las puertas para chanchullos e ingresos irregulares.
Un ejemplo, menos curioso pero que implica montos mucho más grandes que el del archivador, es el de una consultoría que el Consejo de la Judicatura contrató en 2012 para la construcción del Complejo Judicial de Quito. El trabajo costó 741 171 dólares y no sirvió para maldita la cosa: no fue usado. Según el examen, la consultoría no tenía relación con la realidad, pues no tomaba en cuenta las características ni del terreno ni de los planos de la obra. Además era incompleta pues no incluía cálculos estructurales, diseños y otras variantes y era inconsistente en casi todo lo que señalaba. Todo esto ocasionó, según los auditores, que la Judicatura pague 742 171 dólares por «productos de consultoría que presentaron inconsistencias en su contenido, por lo que no fueron totalmente aplicables para la construcción de la obra civil».
Otra conclusión del examen hecho por los auditores de la Contraloría dice que las obras contratadas bajo el régimen de emergencia (sin los procedimientos regulares de licitación y contratación que debe tener toda obra pública) fueron entregadas mucho más tarde de lo que decía el contrato. Eso demuestra, dice el informe, que las obras no eran urgentes como decía la Judicatura. «Se superaron de 15 a 138 veces los plazos previstos contractualmente, contratos que por su naturaleza de emergente debieron realizarse de manera oportuna».  En otras palabras, se usó la figura de «emergencia» únicamente para facilitar la entrega a discresión de las obras.
En el informe, además, se detectaron pagos de 4 661 831 dólares para cancelar rubros nuevos no contratados, generados durante la ejecución de los contratos y que en muchos casos no tenían justificación. Por ejemplo, en el cantón Mira, provincia del Carchi, se pagó 293 732 dólares para cancelar rubros no previstos en la sede construida en ese pueblo o 322 973 en el caso de la Unidad Judicial de Pichincha, en la provincia de Manabí. Así en casi todos.
El informe es un devastador registro de cómo el gigantesco gasto hecho en la construcción de sedes del Consejo de la Judicatura, hasta en los más pequeños y remotos cantones del país, permitió un importante desvío de fondos y la construcción de obras que eran, en su mayoría, innecesarias y, sobre todo, nada urgentes. En su lenguaje técnico y burocrático, el documento retrata un proceso de gasto indiscriminado, gigantesco e inconsulto que a la postre lo que más hizo fue permitir que decenas o hasta quizá centenas de contratistas del Estado se enriquezcan en sociedad con burócratas corruptos con contratos grandes, medianos o incluso pequeños como el del infame archivador en Vinces que costó 3 160 dólares.
Foto: Gustavo Jalkh observando la construcción del Consejo de la Judicatura en Vinces.