El camino de la impunidad
Jorge Glas en su visita a la Asamblea Nacional el pasado 21 de junio, dijo ser el responsable político de las mega obras que Odebrecht construyó en el país. La delación del ex superintendente de esa constructora, Jose Santos Filho, dice que el vicepresidente recibió sobornos por 14 millones de dólares
EDITORIAL
MILHOJAS.IS
Hoy viernes 25 de agosto miramos con decepción la forma en la que el fiscal general del Estado ha dado un paso más para hacer de la justicia en el Ecuador una aspiración inviable. Ello porque en lugar de proceder directamente a la instrucción fiscal, como indica el artículo 589 del COIP, pidió a la Corte Nacional solicite autorización a la Asamblea Nacional para investigar al Vicepresidente Jorge Glas. Tal autorización solamente era necesaria en caso de dictamen acusatorio al terminar la instrucción fiscal lo que implicaría pasar a la etapa de juicio contra Jorge Glas. Secundando al fiscal Baca Mancheno, el juez Miguel Jurado Fabara –quien cuenta con el mérito de haber condenado a un ciudadano a dieciocho meses por aplaudir- dirigió a la Asamblea Nacional un escrito pidiendo tal autorización. El escrito trastoca el Art. 589 del COIP y reemplaza la norma expresa en él, donde se definen instrucción fiscal, evaluación y juicio como etapas separadas, por una definición del diccionario jurídico de Cabanellas.
Es decir, contra la naturaleza de su función, deja atrás la norma expresa que es ley de la república ecuatoriana por las generalidades de un diccionario.
Lo actuado por Baca Mancheno y el juez nacional Jurado es de gravedad porque crea una barrera de protección política a favor de Jorge Glas: multiplica las ocasiones en que la asamblea debería ser consultada y votar. Es decir en vez de consultarla cuando se fuera a su juzgamiento, habría que consultarla cada vez que se lo vincule a una investigación.
En el caso Odebrecht puede estar involucrado en varios delitos ¿El fiscal pedirá permiso cada vez que Glas sea investigado? ¿La asamblea autorizará todas esas líneas o múltiples casos de corrupción, que los ecuatorianos sabemos pueden ser decenas?
Para colmo el delito que le lleva al fiscal Baca a pedir autorización de investigación es el más leve e indirecto que pudo encontrar, el de facilitar la comisión de asociación ilícita a favor de otros, cuando Odebrecht lo ha señalado inequívocamente como su hombre en Ecuador.
Hoy a los Asambleístas no les queda más remedio que votar sí. Se trata de un Sí que no debe ser ingenuo sino demandante, acompañado de la exigencia al fiscal Baca Mancheno de que cumpla las necesidades éticas e históricas del Ecuador.
Hoy viernes 25 de agosto miramos con decepción la forma en la que el fiscal general del Estado ha dado un paso más para hacer de la justicia en el Ecuador una aspiración inviable. Ello porque en lugar de proceder directamente a la instrucción fiscal, como indica el artículo 589 del COIP, pidió a la Corte Nacional solicite autorización a la Asamblea Nacional para investigar al Vicepresidente Jorge Glas. Tal autorización solamente era necesaria en caso de dictamen acusatorio al terminar la instrucción fiscal lo que implicaría pasar a la etapa de juicio contra Jorge Glas. Secundando al fiscal Baca Mancheno, el juez Miguel Jurado Fabara –quien cuenta con el mérito de haber condenado a un ciudadano a dieciocho meses por aplaudir- dirigió a la Asamblea Nacional un escrito pidiendo tal autorización. El escrito trastoca el Art. 589 del COIP y reemplaza la norma expresa en él, donde se definen instrucción fiscal, evaluación y juicio como etapas separadas, por una definición del diccionario jurídico de Cabanellas.
Es decir, contra la naturaleza de su función, deja atrás la norma expresa que es ley de la república ecuatoriana por las generalidades de un diccionario.
Lo actuado por Baca Mancheno y el juez nacional Jurado es de gravedad porque crea una barrera de protección política a favor de Jorge Glas: multiplica las ocasiones en que la asamblea debería ser consultada y votar. Es decir en vez de consultarla cuando se fuera a su juzgamiento, habría que consultarla cada vez que se lo vincule a una investigación.
En el caso Odebrecht puede estar involucrado en varios delitos ¿El fiscal pedirá permiso cada vez que Glas sea investigado? ¿La asamblea autorizará todas esas líneas o múltiples casos de corrupción, que los ecuatorianos sabemos pueden ser decenas?
Para colmo el delito que le lleva al fiscal Baca a pedir autorización de investigación es el más leve e indirecto que pudo encontrar, el de facilitar la comisión de asociación ilícita a favor de otros, cuando Odebrecht lo ha señalado inequívocamente como su hombre en Ecuador.
Hoy a los Asambleístas no les queda más remedio que votar sí. Se trata de un Sí que no debe ser ingenuo sino demandante, acompañado de la exigencia al fiscal Baca Mancheno de que cumpla las necesidades éticas e históricas del Ecuador.
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