martes, 9 de agosto de 2016

  
Los tratos degradantes en la cárcel de Turi
Hasta el momento, los presos a quienes se violaron evidentemente sus derechos no solo que no tienen su garantía sino que, sin aviso previo y sin seguir el trámite administrativo, fueron trasladados a otro lugar. Ojalá esta grave violación de derechos no quede en la impunidad y no vuelva a repetirse.
08 de agosto del 2016
RAMIRO ÁVILA
Según el último informe de rendición de cuentas del Ministerio de Justicia, Derchos Humanas y Cultos, desde el año 2013, existe un Modelo de gestión penitenciaria y un Plan individualizado de cumplimiento de la pena, “con el único fin de llegar a a su completa rehabilitación y posterior reinserción a la sociedad.” En este plan se dice que este modelo se basa “en el marco del respeto a los derechos humanos”. En el COIP (Art. 673) se afirma que el Sistema Nacional de Rehabilitación Social tiene como finalidad proteger derechos, desarrollar capacidades, rehabilitar integralmente, reincertar socialmente.
¿Saben esto Luis Alberto, Segundo, Víctor Hugo, Héctor Octavio, Carlos, Carlos David, Fabián Rodrigo, César Roberto, Seferino, Wilson Geovanny, Marlon Hernán, Angel Andrès, Edwin Leonel, y más presos del Pabellón de Mediana Seguridad de la cárcel de Turi? Si es que lo saben, deben tener la certeza de que no lo viven ni experimentan. “En el internet sacan cosas maravillosas, pero la realidad es esta. Estas evidencias tienen que salir. Esta es la realidad que vivimos a diario”:
 Les ordenan hacer sapitos. Les ponen cuatro. Les observan los anos. “Mujercitas –dicen los policías- este es el trato que van a recibir de parte de nosotros siempre”.
Martes 31 de mayo de 2016, 10h00, 80 policías camuflados y equipados (grupo UMO y  GIR), sin explicación alguna, ingresan al Pabellón de Mediana Seguridad. Gritan. Golpean a la gente. Les llevan, como ganado, a un espacio y a la fuerza los acuestan. A los que no salen de sus celdas, los sacan con toletes y con gas pimienta. Les colocan boca abajo y les siguen golpeando. Caminan sobre sus espaldas. Ordenan que sus víctimas no les vean la cara, amenazan con desaparecerlos y les dicen que los derechos humanos no les son aplicables. Por fin se presentan: “no somos sus amigos, así les va a ir si se portan bien y si se portan mal les va peor, ustedes son escoria, el desecho de la sociedad y quien manda aquí somos nosotros, están en el infierno”. Les desnudan. Les ordenan hacer “sapitos”, les ponen cuatro. Les observan los anos. “Mujercitas –dicen los policías- este es el trato que van a recibir de parte de nosotros siempre”.
Los presos gritan. Piden ayuda. El trabajador social, la psicóloga y otros compañeros presos intentan socorrer. La policía lanza gas lacrimógeno y les impide llegar. La policía amenaza: “a ustedes les va a ir peor”, “van a aprender a respetarnos”. La gente se asfixia y tose. Los policías dicen que el gas es bueno para la gripe y les lanzan más gas.
Así en la tecera planta, en la segunda y en la primera.
Un preso, como suele suceder en una cárcel, se defiende con su mejor arma: la mierda. La caca estaba en fundas plásticas porque la batería sanitaria colapsó el fin de semana. Sacó la caca de las bolsas, las mezcló con agua y se embarró. El resto de caca, que estaba en un balde, estaba destinado a ser lanzado a los policías. La mierda, lo que no pudieron hacer los derechos ni las autoridades civiles de la cárcel, logró protegerlo.
Pero los policías no solo golpearon y maltrataron. Robaron también: artesanías, material de trabajo de los talleres, zapatos. Evidencias, les van a llamar. 
La visita policial duró más de cuatro horas. ¡Cuatro horas de tratos crueles, inhumanos y degradantes!
Los policías se fueron. Las huellas quedaron:
En el video se pueden  escuchar los testimonios y ver las huellas de las botas en los cuerpos, las heridas y contusiones en espaldas, brazos, piernas, pechos, nalgas.
¿Qué dicen las autoridades? Uno esperaría una denuncia fuerte, un cero tolerancia ante tan evidentes violaciones a los derechos humanos, una protección integral por parte de los jueces.
Veamos.
Los ministerios de Justicia y del Interior en la audiencia se limitan a explicar que “tuvieron que actuar de esa manera, por cuanto se vieron vulnerada o amenazada la integridad física de las personas”.
Los ministerios de Justicia y del Interior en la audiencia se limitan a explicar por qué no se puede trasladar a los presos y afirma –como ya nos tiene acostumbrados la policía desde siempre- que “tuvieron que actuar de esa manera, por cuanto se vieron vulnerada o amenazada la integridad física de las personas”. Algunos comentarios a esta muletilla del Estado. Primero, quien pide autorizar el ingreso es la policía y no lo hacen por una amenaza a la integridad física de policía alguno.
Segundo, según los testimonios de los presos y el video presentado en audiencia, no hubo ataque alguno de parte de los presos sino que vino de parte de la policía. No solo que no atacaron sino que no tuvieron chance alguno para defenderse. Tercero, los policías cuando se les acusa de violar de derechos humanos se ponen delicaditos y reclaman derechos. Los policías son entrenados para hacer uso de la fuerza. Su defensa es tan absurda como si un bombero reclamara un atentado a sus derechos por parte del fuego. Cuarto, en la audiencia de hábeas corpus el abogado del MJDHC, Freddy Castro, solo afirma y no presenta prueba alguna.
Quinto, de pronto resulta que todo lo que requisaron abusivamente, como teléfonos y objetos con puntas de plástico (¿un cotonete?), fueron armas para hacer una rebelión. Toma la palabra el abogado de la procuraduría y afirma que él interviene “en defensa del interés público”. Al poco rato sabemos que se trata de la defensa ciega (porque es incapaz de ver las violaciones de derechos humanos de los presos) del actuar del estado. Comienza afirmando que el juez no es competente y amenaza con nulidades. Luego, sostiene el argumento de que lo que sucedió fue por culpa de los presos. Según la procuraduría, los presos no acataron las órdenes de la policía y entonces usaron la fuerza. ¿Esto es una razón para agredir y defenderse de los presos? Pero la negación de los derechos humanos se torna más dramática: afirma que las normas de derechos humanos, nacionales e interenacionales, cuando se trata inhumanamente a presos, “no son aplicables.” ¿De quién quieren burlarse el gobierno? ¿Una vez más nos creen estúpidos?

 Una toma de la audiencia de habeas corpus que favoreció a los 13 presos en la cárcel de Cuenca. Una de las disposiciones de la sentencia obliga a la Policía Nacional a ofrecer disculpas.
El hábeas corpus protege tanto la libertad de todas persona como la integridad física de las personas privadas de libertad. Esto lo dice la Constitución, la jurisrprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y también el juez de primera instancia en el caso. La prueba fundamental es el video de lo ocurrido, que según la sentencia, confirma la versión de las personas privadas de libertad: los policías agredieron y los presos no representaron amenaza alguna. Ahí se ven los golpes, la desnudada, la corriente, el ponerse en cuatro, los gases. Más pruebas: exámenes médicos confirman lo visto por el juzgador en el video. Hace bien, entonces, el juzgador en considerar que “se ha probado el trato cruel e inhumano o degradadante”, concede la acción y ordena el traslado de los presos a otro centro, prohibe operativos de requisas y ordena que la policía pida disculpas.
El Tribunal de la Corte Provincial del Azuay, conformado por Juan Pacheco, Edgar Morocho y Carlos Jácome, anula la sentencia. Invoca una norma relacionada a la competencia de los jueces de garantías penitenciarias, que no existen aún...
Con declarar lugar la acción de habeas corpus ya era bastante, aunque también se pudo haber pensado en la reparación integral y en cuestiones tales como la declaración expresa de violación de los derechos y las normas por parte de la policía, las garantías de no repetición de operativos como estos, la rehabilitación y cura de las heridas, las compensaciones económicas y hasta en pensar en formas creativas de satisfacción, preguntando directamente a las víctimas. Así que mis respetos al juez Esteban Vélez Pesantes. Aplicar el derecho y garantizar derechos de personas privadas de libertad en tiempos de irrespeto total a la Constitución es casi un acto heróico.
Pero la admiración y el respeto a jueces que asumen su rol constitucional no dura mucho. El 25 de julio de 2016, por apelación del Centro de Rehabilitación Social de Turi y del ministerio del interior, el Tribunal de la Corte Provincial del Azuay, conformado por Juan Pacheco, Edgar Morocho y Carlos Jácome, anula la sentencia. Invoca una norma relacionada a la competencia de los jueces de garantías penitenciarias, que no existen aún, y que por una resolución del consejo de la judicatura le correspondía a un juez de garantías penales. Leguleyada. Si de interpretación se trata, la Constitución establece que se puede interponer una acción constitucional ante cualquier juez y que las meras formalidades no afectan el fondo del asunto.
Se nos fueron por la forma, como tan acostumbrados nos tienen los jueces de esta época de revolución ciudadana, para no hacer lo que les corresponde. Y hablan de “garantías básicas” ¿para quién? ¿para el estado, para los policías, para le ministerio de justicia, para el ministerio deil interior? Quienes requerían garantías y protección no eran las autoridades que abusaron sino los presos que padecieron el trato inhumano y degradante. Lo que han hecho los jueces es postergar una resolución sobre un hecho de violaciones a los derechos claras y evidentes. Lo que han hecho, seguramente, es dar el primer paso en la denegación de justicia. Pero existen las vías internacionales, también existe la historia, y se hará justicia de cualquier manera.
Hasta el momento, los presos a quienes se violaron evidentemente sus derechos no solo que no tienen su garantía sino que, sin aviso previo y sin seguir el trámite administrativo, fueron trasladados a otro lugar. Ojalá esta grave violación de derechos no quede en la impunidad y no vuelva a repetirse.
Algunas acciones para la transparencia

• Informen sobre las razones que dieron lugar al "operativo"
• Entreguen las grabaciones de las cámaras de seguridad
• Entreguen el listado de todos y cada uno de los miembros del grupo UMO, grupo“GIR y demás funcionarios policiales que participaron en operativo
• Entreguen el audio de las llamadas de emergencia realizadas pidiendo auxilio de los hechos descritos.
• Entreguen los informes a cargo del departamento de trabajo social de quienes presentamos está presente acción constitucional de Habeas Corpus a fin de determinar el entorno familiar y social de cada privado de la libertad para el eventual traslado a otro Centro de Privación de la libertad.
• Remitan un informe detallado de las dirigencias realizadas en la investigación pre procesal dentro del EXPEDIENTE FISCAL No. 010101816060266, lo cual, resulta fundamental a fin de demostrar las lesiones producto de las agresiones a las cuales hemos sido víctimas.

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