viernes, 5 de agosto de 2016


Amigos observadores buenas tardes: pongo en vuestro conocimiento que por haber compartido el tema: LA RUTA CRIMINAL DEL ORO ECUATORIANO, de autoría de CASTO OCANDO, (JUNIO 23 DEL 2016), difundido a través de las redes sociales en la direcciónwww.verticenews.com. Hoy a través de una demanda penal se pretende acallar el trabajo periodístico, insisto, por compartir el referido artículo, mismo que ha sido difundido por muchos ciudadanos; amparado, además, en el artículo 83.8 de la Constitución de la República del Ecuador, que en el capítulo noveno, respecto de las responsabilidades de los ciudadanos dice: "(...).y denunciar y combatir los actos de corrupción".
Adjunto textos de providencias sobre el caso:
(UNIDAD JUDICIAL PENAL DEL CANTON CUENCA OFICIO 1267-16 UJPC-J CAUSA No 01283-2016-02601 Cuenca, 04 de agosto del 2016 Dr/a. JEFE DE LA OFICINA DE SORTEOS DE LA FUNCION JUDICIAL DEL AZUAY Su despacho. De mi consideración: Para los fines legales consiguientes, sírvase encontrar adjunto, el EXPEDIENTE N°01283-2016-02601, seguido por OCHOA NEIRA CAUPOLICAN AUGUSTO en contra de CEDILLO FEIJO JAIME RENE, por una contravención penal de cuarta clase, expediente constante en veinte y cuatro (24), para que radique competencia anta la salas Especializada De lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, para que diriman competencia. Por la favorable acogida que sabrá dar a la presente anticipo mi agradecimiento. Atentamente, DRA. ILIANA PACHAR RODRIGUEZ JUEZA “J” DE LA UNIDAD JUDICIAL PENAL DE CUENCA Cc., archivo KTR
04/08/2016 17:23 PROVIDENCIA GENERAL
Expediente No. 02601-2016 Cuenca, Jueves 04 de Agosto de 2016.- Las 15h30 VISTOS: Encontrándome nuevamente en funciones, y por cuanto se pasa al despacho, esta Jueza de la Unidad Judicial Penal de Cuenca con relación al auto emitido por el Dr. Eduardo Moncayo Cuenca, por el cual no acepta la excusa presentada por la suscrita para el conocimiento de esta causa, considera: Insistir en tal excusa, en los términos constantes en la misma, reiterando en mi declaración bajo juramento de encontrarme inmersa en la referida causal. Que como operadora de justicia tengo la obligación de adecuar formal y, materialmente mi actuar dentro del ordenamiento jurídico, a los derechos y garantías contemplados en la Constitución, tratados internacionales y la ley. Por lo brevemente expuesto, habiéndose preparado de manera suficiente un conflicto negativo de competencia, en aplicación a los principios de debida diligencia y celeridad procesal, se dispone remitir el expediente a la Sala de Sorteos de la Función Judicial a fin de que previo el sorteo de ley, se radique la competencia en la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial a fin de que dirima este conflicto de competencia.- Cúmplase y Notifíquese.-
Les mantendremos informados, y les pido su solidaridad y pronunciamientos SIN TEMORES al respecto. LA LIBERTAD DE EXPRESION, NI SE COMPRA, NI SE VENDE, NI SE TRANSA.
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