La Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), emitió este 24 de agosto un comunicado de prensaen relación con la indagación previa iniciada por la Fiscalía General del Estado por una denuncia presentada por César Ricaurte, Director Ejecutivo de Fundamedios y el Colegio de Abogados de Pichincha, en contra del superintendente Carlos Ochoa por el “uso de documento falso”, luego de que este “arreglara” un inciso de la Ley Orgánica de Comunicación sobre la divulgación de música nacional, con el que se sancionó a once radios.
En el Comunicado, la Supercom afirma que está impedida de difundir información producida por la Fiscalía en el marco de una investigación previa, para lo cual cita el numeral 2 del artículo 180 del Código Orgánico Integral Penal.
A continuación, la Supercom advierte que difundir información es “una conducta sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años e implica también una violación a las reglas de la reserva de investigación establecidas en el artículo 584 del mismo código; y, además, violaría el numeral 3 del artículo 30 de la Ley Orgánica de Comunicación”.
Fundamedios considera que este es un claro ejemplo de censura previa, ya que el fin primordial de dicho comunicado es prohibir que se publique información respecto al presunto delito cometido por el Superintendente de la Información y Comunicación al falsear la transitoria sexta de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) y sancionar 11 medios de comunicación con esa norma falsa.
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