martes, 8 de abril de 2014

Greenpeace funda un nuevo país en un territorio no reconocido por Chile, gracias a un vacío legal



República Glaciar es el nombre de la nueva nación.
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Prensa - 4 marzo, 2014
Santiago, 5 de marzo de 2014.- Los glaciares no son del Estado, ni de los chilenos; los glaciares no son de nadie. Esta frase, que menciona el aviso a página completa que publicó hoy el prestigioso medio norteamericano The New York Times, es el argumento que ocupó Greenpeace para fundar una nueva República sobre los glaciares que existen en el territorio chileno. La organización ambientalista busca una ley que garantice la protección de los glaciares, que permita cuidar estas reservas de agua estratégicas para el país y sus futuras generaciones.

“República Glaciar nace porque en Chile existe un vacío en la legislación que no reconoce estas enormes masas de hielo como parte de su soberanía. Ni en  la Constitución, ni en el Código de Aguas existe mención a los glaciares como bien público que debe protegerse activamente”.  explica, Matías Asún, Director de Greenpeace en Chile.
Los glaciares en Chile abarcan una superficie de aproximadamente 23.000km2, los que equivalen al 82% de los glaciares que existen en Sudamérica. Estos hielos milenarios son las principales reservas de agua del país y contribuyen a la cuenca de los ríos y a la vida en gran parte del territorio y desde hoy serán parte de la República Glaciar.
“El limbo legal en que se encuentran los glaciares en Chile, nos permitió fundar República Glaciar, una nación donde todos los chilenos pueden ser sus ciudadanos para proteger  estas reservas naturales de agua. Chile es unos de los pocos países que no contempla una ley de protección de glaciares, esto ha permitido que la minería se trasforme en su principal amenaza.”enfatiza  Asún.
El proyecto Pascua lama es conocido por destruir glaciares. Pero hoy aparece un peligro aún mayor: el proyecto de expansión Andina 244 de la estatal Codelco, que contempla la destrucción de 5.000 hectáreas de glaciares, afectando directamente las reservas de agua de toda la zona central de Chile (1). Por eso es urgente contar con una ley de protección de glaciares.
La fundación de República Glaciar es real  y se basa en la convención de Montevideo (2). Nuestros activistas han estado habitando distintos glaciares en el país y ya hemos proclamado nuestra fundación como república soberana y pacífica. Muy pronto abriremos embajadas en Chile y el mundo y estaremos invitando a más  personas a que se hagan ciudadanos de República Glaciar” aseguran en Greenpeace.
Greenpeace busca con esta acción que el Estado chileno reconozca los glaciares como un bien público, se comprometa con su protección a través de una ley  y evite cualquier amenaza que los afecte. “Cuando eso ocurra, República Glaciar y sus ciudadanos, devolverán los glaciares al Estado de Chile”, concluye el Director de la organización.
Este es el momento. Hazte ciudadano en www.republicaglaciar.cl y sé parte de esta historia.
Anexos
(1)     Codelco ha señalado que el proyecto de expansión Andina 244,  sólo afectará glaciares que de manera directa serán destruidos debido a su excavación o por ser cubiertos de material, sin embargo no reconoce que los efectos indirectos de las faenas mineras puedan afectar a los glaciares cercanos al yacimiento. Greenpeace, basado en el estudio de impacto ambiental ha señalado que es posible que el proyecto Andina 244  pueda afectar hasta 5000 hectáreas de glaciares que se encuentran en la zona de influencia del proyecto.
 (2)     La Convención sobre Derechos y Deberes de los Estados, más conocida como Convención de Montevideo, es un tratado internacional firmado en Montevideo, Uruguay, el 26 de diciembre de 1933, en la Séptima Conferencia Internacional de los Estados Americanos.
La convención establece la definición de Estado, así como sus derechos y obligaciones. La más conocida conceptualización es la de su artículo 1, el que establece cuatro criterios característicos de Estado, que han sido reconocidos como una afirmación certera en el Derecho internacional consuetudinario:
El estado como persona de Derecho Internacional debe reunir los siguientes requisitos:
    a.       I. Población permanente.
    b.       II. Territorio determinado.
    c.        III. Gobierno.
    d.       IV. Capacidad de entrar en relaciones con los demás Estados.

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