Solanda Goyes:
“Los actos del CNE son nulos, incluso la designación de Pozo”
Solanda Goyes, quien quedó en tercer
lugar en el último proceso de elección de dos vocales del Consejo Nacional
Electoral (CNE), señala que abrió cuatro frentes para reclamar su
principalización como consejera, pero ninguno ha dado respuesta positiva.
¿Ha recibido alguna respuesta
por las impugnaciones presentadas?
Todas las repuestas son una muestra de que son respuestas no independientes de jueces espurios. Estoy pensando poner una queja contra la jueza María Elena Cevallos, por actuar contraria a norma expresa y es motivo de juicio penal por prevaricato.
Todas las repuestas son una muestra de que son respuestas no independientes de jueces espurios. Estoy pensando poner una queja contra la jueza María Elena Cevallos, por actuar contraria a norma expresa y es motivo de juicio penal por prevaricato.
¿Pero son varios los procesos
presentados por usted?
Presenté una acción de protección en contra de la comisión de selección y pedí recalificación, en primera instancia me negaron y en la segunda está pendiente. La segunda acción fue contra el Consejo de Participación Ciudadana (CPC), porque me pusieron como cuarta suplente, también fue negada. Una tercera es contra el CNE, pero tengo que formalizarla y la cuarta a la Asamblea para ser recibida en el pleno.
Presenté una acción de protección en contra de la comisión de selección y pedí recalificación, en primera instancia me negaron y en la segunda está pendiente. La segunda acción fue contra el Consejo de Participación Ciudadana (CPC), porque me pusieron como cuarta suplente, también fue negada. Una tercera es contra el CNE, pero tengo que formalizarla y la cuarta a la Asamblea para ser recibida en el pleno.
¿Por qué no podía asumir el
cargo Ana Paredes?
Porque el artículo 20 del Código de la Democracia dice que cuando una vocalía principal del CNE se ausenta de manera definitiva, quien le sustituye es el suplente que haya tenido el mayor puntaje en el concurso en que fue elegido el titular que se ausenta. Quien se ausentó fue Gloria Toapanta y ella fue elegida en el proceso del 2015 donde quedé como tercera con más alto puntaje.
Porque el artículo 20 del Código de la Democracia dice que cuando una vocalía principal del CNE se ausenta de manera definitiva, quien le sustituye es el suplente que haya tenido el mayor puntaje en el concurso en que fue elegido el titular que se ausenta. Quien se ausentó fue Gloria Toapanta y ella fue elegida en el proceso del 2015 donde quedé como tercera con más alto puntaje.
¿Pero el CNE dice que la
principalización se sustenta en una resolución del CPC?
Todo es ilegal, el CNE se lava las manos y se sujeta a la resolución del CPC, cuando debió observar el artículo 425 de la Constitución que dice que cuando una autoridad estuviese en duda por contradicción en normas de distinta jerarquía, la que tiene que aplicarse es la de mayor jerarquía y el Código de la Democracia está en tercer nivel, la resolución del CPC, en noveno. La resolución del CNE otorga a Ana Paredes nueve años y no seis como lo manda el artículo 218 de la Constitución.
Todo es ilegal, el CNE se lava las manos y se sujeta a la resolución del CPC, cuando debió observar el artículo 425 de la Constitución que dice que cuando una autoridad estuviese en duda por contradicción en normas de distinta jerarquía, la que tiene que aplicarse es la de mayor jerarquía y el Código de la Democracia está en tercer nivel, la resolución del CPC, en noveno. La resolución del CNE otorga a Ana Paredes nueve años y no seis como lo manda el artículo 218 de la Constitución.
¿Pero Ana Paredes señala que no
le determinaron el periodo?
Debe aprender a leer la Constitución, es simple debe leer el artículo 218, y es una vergüenza que sostenga eso.
Debe aprender a leer la Constitución, es simple debe leer el artículo 218, y es una vergüenza que sostenga eso.
¿Cuáles son las consecuencias
por la principalización de Paredes?
La nulidad de los actos, y voy a impugnar todos los actos que haga el CNE donde esté el voto de Ana Paredes. Hay nulidad en el nombramiento de Juan Pablo Pozo, porque ella votó para nombrarlo como presidente y propuso la candidatura de Nubia Villacís para vicepresidenta.
La nulidad de los actos, y voy a impugnar todos los actos que haga el CNE donde esté el voto de Ana Paredes. Hay nulidad en el nombramiento de Juan Pablo Pozo, porque ella votó para nombrarlo como presidente y propuso la candidatura de Nubia Villacís para vicepresidenta.
¿Entonces usted dice que el CNE
no tiene presidente?
Claro, por lo tanto, el CNE está actuando por fuera de la ley, así de grave y las organizaciones políticas se están dando cuenta de esto.
Claro, por lo tanto, el CNE está actuando por fuera de la ley, así de grave y las organizaciones políticas se están dando cuenta de esto.
¿Tiene esperanzas de que algún
juez le dará la razón?
No, porque conozco cómo funcionan las instituciones. Acumularé todas las sentencias negativas, porque de ese modo se irá configurando el delito de odio hacia mí, y luego seguiré las acciones a nivel internacional. (I)
No, porque conozco cómo funcionan las instituciones. Acumularé todas las sentencias negativas, porque de ese modo se irá configurando el delito de odio hacia mí, y luego seguiré las acciones a nivel internacional. (I)
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