POR MAYRA TOAPANTA
La Corte Constitucional al mando de la Jueza Ruth Seni
Pinoargote, realizó la semana pasada la audiencia pública por la acción
extraordinaria de protección interpuesta por la Fiscalía bajo la representación
del fiscal Galo Chiriboga, con respecto al caso de Mery Zamora, a quien en
junio del año pasado el Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia
ratificara su inocencia, después de que en primera y segunda instancia fue
hallada culpable y sentenciada a 8 años de cárcel.
Mery Zamora, ex presidenta de la Unión Nacional de Educadores (UNE), fue acusada de sabotaje y terrorismo, por supuestamente haber incitado a estudiantes del colegio Aguirre Abad de Guayaquil, a realizar una manifestación en las calles el 30 de septiembre de 2010.
Mery Zamora, ex presidenta de la Unión Nacional de Educadores (UNE), fue acusada de sabotaje y terrorismo, por supuestamente haber incitado a estudiantes del colegio Aguirre Abad de Guayaquil, a realizar una manifestación en las calles el 30 de septiembre de 2010.
Según los argumentos de los abogados, Pedro Granja y Juan
Vizueta, es una contradicción que sea el mismo Estado el que se acuse de
vulneración de derechos.
Para Pedro Granja, “hoy está en juego la libertad de una madre
de familia que no ha cometido otro pecado que el de pensar distinto al
gobierno, son mas de 58 páginas que tiene el fallo, en las que se establece
claramente los errores que cometió la fiscalía en la hipótesis de suposición.
El fundamento de la acción no puedo agotarse única y exclusiva en la
consideración supuestamente de lo injusto o equivocado de la sentencia, por
consiguiente, la demanda presentada por el fiscal no debió ni siquiera haber sido
admitida a trámite, lo que pretende hoy la fiscalía, es reaperturar el debate”
explica.
“En el caso de Mery Zamora ya fue confirmado su estado de
inocencia, por consiguiente, revertirlo es imposible, a menos que vivamos en
una dictadura. Tomemos en cuenta que aquí se ha dicho que vivimos en un Estado
Constitucional de derechos y justicia, que no debe ser distorsionada para
terminar perjudicando al mas débil”, comenta.
Además menciona: “la Corte Constitucional no están para corregir
los errores del Estado, fue instituida para tutelar los derechos del más débil,
del ciudadano concreto, no puede desnaturalizarse la escancia del juez
constitucional, quien está para tutelar los derechos, no de ellos, que son los
que históricamente han tenido el poder, sino del ser humano concreto”.
El abogado Juan Vizueta comenta, “desde el primer momento que
conocimos de la acción propuesta por la Fiscalía General del Estado, fuimos muy
enfáticos en señalar el absurdo jurídico que existía respecto a esta pretensión
de minimizar los derechos de los ciudadanos y garantizar el abuso del poder”.
Además explica: “hemos señalado de manera puntual lo
improcedente, porque aquí no vamos a distraernos, no vamos a ir al territorio
que pretenden llevarnos con esta acción extraordinaria de protección, para
revisar si hubo motivación, tutela judicial efectiva, si de una u otra manera
se ha generado alguna violación a los derechos consagrados en la Constitución,
que protege a los derechos humanos. ¿Será que la fiscalía tiene derechos
humanos?, se pretende que la Corte Constitucional proteja, el día de hoy será a
la fiscalía, el día de mañana a un municipio, por lo tanto, es una equivocación
que se este planteando esta acción, porque quienes tienen este derecho son los
ciudadanos a título personal o colectivo, pero de ninguna manera un ente
público, que es lo que pretende hacer la fiscalía”, culmina.
Mery Zamora señaló: “quiero agradecer a mis hijos, a mis
compañeros, amigos, a todos quienes se encuentran presentes en este momento y
que están a la expectativa de lo que sucede en mi proceso, quiero decirles que
en la audiencia simple y llanamente el fiscal de la nación, ratificó su
ignorancia y desconocimiento frente a lo que tiene que ver con una acción de
protección. Ha quedado demostrado, gracias a la solvencia y conocimiento de mis
abogados Juan Vizueta y Pedro Granja, lo que se ha venido sosteniendo: la
acción de protección es un recurso del cual el ciudadano hace uso cuando tiene
una sentencia condenatoria”, menciona.
“Fui declarada inocente por la Corte Nacional de Justicia y, por
lo tanto, esa acción de protección no procede, entonces, la Corte
Constitucional en la sala de la Doctora Ruth Seni, luego de haber escuchado a
las partes, debe ratificar mi estado de inocencia, es lo que esperamos el
pueblo ecuatoriano y yo, que se detenga la persecución política y que se deje
de estar utilizando los instrumentos judiciales en este país, por odio y
persecución inmisericorde a una mujer, madre y maestra, que ha demostrado que
continua mirando al frente”, manifiesta.
La
jueza encargada deberá elaborar un proyecto de sentencia, que después debe ser
analizado por el Pleno de la Corte Constitucional para su aprobación, sin plazo
establecido.
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