Los documentos del proceso de naturalización Julian Assange, hacker australiano, que reside en la embajada ecuatoriano en Londres, no tienen carácter de reservados. Esta información la había dado a conocer el canciller José Valencia en una carta enviada el 17 de septiembre a Elizabeth Cabezas, presidenta de la Asamblea, y Paola Vintimilla, asambleísta, que había solicitado esa documentación.
Valencia dijo en su carta de 8 páginas, que aunque los viceministros salientes habían hecho figurar esa información como reservada, en los archivos de la Cancillería “no consta que se haya seguido el proceso establecido para calificar como reservada a dicha información”. Esa notificación llegó hoy, 16 de octubre, a la Asamblea antes de que debatiera y votara si levantaba la ficticia reserva.
4P. tuvo acceso a 28 documentos. Esos anexos recogen el proceso administrativo seguido para la naturalización de Assange, su nombramiento como consejero de la embajada en Londres y el problema bilateral que esto provocó con Inglaterra. 4P. analizará el conjunto en sus partes medulares.
Entre esos documentos, el anexo 13 confirma una información que, como casi todas las producidas en este caso, fue conocida y desmentida. El documento se titula: “Declaración de Libre Consentimiento de Finalización del Asilo Político”. Está fechado el 4 de diciembre de 2017 y corregida a mano para cambiar su fecha: 12 de diciembre de 2017. Está firmada por Julian Assange y por el abogado español Baltasar Garzón.
En esa declaración de escasas dos páginas, Assange, ya naturalizado ecuatoriano, dice “que da por terminado el asilo político otorgado a mi favor por el Gobierno Ecuatoriano”. Pero al mismo tiempo pide que se le “permita continuar bajo la protección del Estado ecuatoriano en calidad de persona internacionalmente protegida (…)”.
Assange agradece la garantía que el Estado ecuatoriano le ofreció de mantener su estatus “como agente diplomático in itinere hasta llegar a la misión diplomática de mi destino, posteriormente durante el tiempo que esté en la misión del país receptor y hasta mi viaje de vuelta al Ecuador”.
Esta declaración naturalmente contiene algunos elementos que están conectados con otros anexos. Por ejemplo, Assange da cuenta aquí de su nombramiento como agente diplomático; un hecho que fue rechazado por el Foreign Office y que da motivo a un cruce suculento de notas y cartas entre la Cancillería dirigida entonces por María Fernanda Espinosa y Londres, Asimismo, Assange da por sentado que podrá salir de la Embajada y que podrá circular libremente hacia otro país, que no es Ecuador. En otro documento se verá que ese destino era Moscú, donde fue nombrado como consejero.
Dar por terminado su asilo, genera la figura de “persona internacionalmente protegida”. En claro, Assange renunció al asilo porque recibió la nacionalidad ecuatoriana. Una obviedad. Esa nacionalidad la requería para poder ser designado diplomático ecuatoriano (así María Fernanda Espinosa pretendió engañar a los británicos) y con ese estatus poder salir de Inglaterra, donde tiene cuentas pendientes con la Justicia. Pero por supuesto perder la calidad de asilado, le generó a Ecuador un problema: lo convertió en un Estado que esconde a un nacional en su sede diplomática; nacional buscado por la justicia británica.
Este tema es absolutamente polémico y sigue vigente entre los dos países: ¿cuál es el estatus de Assange? Un ecuatoriano por naturalización, que tiene deudas pendientes con la justicia británica y ya no goza de las prerrogativas del asilo político.
Este tema es absolutamente polémico y sigue vigente entre los dos países: ¿cuál es el estatus de Assange? Un ecuatoriano por naturalización, que tiene deudas pendientes con la justicia británica y ya no goza de las prerrogativas del asilo político.
No hay comentarios:
Publicar un comentario