La mordaza de Correa tiene los días contados
El periodismo ganó hoy, 1 de agosto, otra batalla en su lucha por librarse de la mordaza impuesta por el correísmo: la Corte Constitucional derogó, con cinco de los nueve votos, la declaratoria de la comunicación como servicio público; lo cual facultaba al Estado a regularlo y a imponer a medios y periodistas la forma de prestarlo.
Este reforma fue votada por cien asambleístas correístas y afines, el 3 de diciembre de 2015, con otras catorce enmiendas hechas a la Constitución. Y se convirtió en un problema para el gobierno de Lenín Moreno que aceptó reformar la Ley de Comunicación: ¿cómo cambiar ese desafuero si Correa lo dejó en la Constitución de la República? Moreno decidió hacer una consulta a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la pertinencia de haber declarado servicio público la comunicación.
La respuesta llegó al país con Edison Lanza, relator para la Libertad de Expresión de la CIDH, la semana pasada: la Corte considera que la comunicación es un derecho y una manifestación humana. No puede ser considerada servicio público porque eso puede facultar a que el Estado, mediante una autoridad nombrada por el Presidente, decida cómo los medios de comunicación deben prestarlo a la sociedad. La Corte Interamericana dijo que esa noción debía ser suspendida de la Constitución de Ecuador. La derogatoria anunciada hoy por la Corte Constitucional se inscribe, entonces, en esa dinámica
Zanjado ese escollo, quedan otros obstáculos para el gobierno que tiene que someter a un cambio extremo la Ley de Comunicación que envió a la Asamblea. En su presentación, el 21 de Mayo pasado, Andrés Michelena, secretario de Comunicación, anunció que esa Ley se enmarcará en los estándares internacionales previstos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y del Derecho Internacional.
Edison Lanza dio gusto al gobierno. En su viaje hizo conocer un documento de 28 páginas, en el cual muestra que el texto enviado por el gobierno está lejos de coincidir con los estándares internacionales. Por supuesto, saludó la iniciativa del Presidente Moreno de enviar a la Asamblea un proyecto de ley reformatorio a la Ley mordaza de Correa, su apertura y su voluntad de diálogo. A juzgar por la lentitud y las dificultades que ha habido en la Asamblea, el documento de Lanza es un cuchillo de doble filo para el gobierno: pone la vara alta pues prueba que su proyecto de Ley conservó gran parte de la visión de Correa. Pero, paradójicamente, ese documento se vuelve un aliado del gobierno, frente a aquellas voces correístas que, en la comisión, no están dispuestas a revisar una ley que, en realidad, merecía ser archivada.
Este es el documento de la Relatoría para la Libertad de Expresión
El gobierno tiene ahora un horizonte claro de la jurisprudencia que hay en el Sistema Interamericano sobre el ejercicio periodístico en un sistema democrático. El gobierno y los asambleístas saben lo que tienen que reformar para poner la Ley en consonancia con los estándares que Lenín Moreno se comprometió a respetar. Lanza coincide, por ejemplo, en que la Defensoría del Pueblo no puede asumir la transferencia administrativa de la Supercom. En ello coincide con Gina Benavides, defensora del pueblo, quien el 27 de junio, en la Asamblea, dijo que pretender que su institución proteja derechos de terceras personas puede conducirla a censura previa. Lanza agrega que la Defensoría es un órgano cuasi jurisdiccional y que las medidas de protección y restitución de derechos solo pueden provenir “de un órgano independiente y un procedimiento que reúnan todas las condiciones consagradas en (…) la Convención Americana”.
El gobierno tiene ahora un horizonte claro de la jurisprudencia que hay en el Sistema Interamericano sobre el ejercicio periodístico en un sistema democrático. El gobierno y los asambleístas saben lo que tienen que reformar para poner la Ley en consonancia con los estándares que Lenín Moreno se comprometió a respetar. Lanza coincide, por ejemplo, en que la Defensoría del Pueblo no puede asumir la transferencia administrativa de la Supercom. En ello coincide con Gina Benavides, defensora del pueblo, quien el 27 de junio, en la Asamblea, dijo que pretender que su institución proteja derechos de terceras personas puede conducirla a censura previa. Lanza agrega que la Defensoría es un órgano cuasi jurisdiccional y que las medidas de protección y restitución de derechos solo pueden provenir “de un órgano independiente y un procedimiento que reúnan todas las condiciones consagradas en (…) la Convención Americana”.
La relatoría pidió, igualmente, revisar los artículos donde se conserva la voluntad controladora del correísmo. 4P. los señaló en su momento: introducir un supuesto código deontológico en la ley. Hacer creer que un proceso de edición, normal en un medio, es censura previa. Responsabilizar al medio por notas cuyos autores no están claramente identificados. No volver etéreo el derecho de respuesta sino circunscribirlo “a informaciones inexactas o agraviantes emitidas en perjuicio de la persona afectada”. Tener en cuenta que los periodistas y los medios de comunicación no están obligados por el de deber de reserva en casos de investigación judicial. Prohibir la publicación de informaciones cuando provienen de interceptaciones ilegales…
La relatoría también recordó que prohibir que los accionistas de medios puedan tener otra clase de empresas, ajenas al campo de la comunicación, puede afectar la sustentabilidad de los medios. Lanza recuerda, para bien de este oficio, que no se requiere carné de periodista para ejercerlo. Ni para asumir responsabilidades, en cualquier cargo, como pretende la Ley que envió Lenín Moreno.
Ahora los asambleístas y el gobierno, que dice querer una ley dentro de los estándares internacionales, saben a qué atenerse para acabar con la mordaza con la cual Correa pretendió silenciar a la prensa.
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