Enmiendas inconstitucionales
Los anales de la Historia recordarán que la vocación aliancista ha sido siempre golpista. Se sabía que apostarían por “calentar las calles” y eso es precisamente lo que están haciendo, lo cual manifiesta que no conocen límites en la decencia, en la ética o en las normas del derecho. Un golpe de Estado contemporáneo no necesita de protestas masivas, represión o disparos. Se consuma tras la emergencia o consolidación de un poder despótico que se autoproclama como la fuente única de toda la autoridad pública.
03 de agosto del 2018
POR: Gabriel Hidalgo Andrade
Politólogo y abogado. Docente universitario.
Quienes estén detrás de esto deberán pagar por haber demolido los pilares concep-tuales y mate-riales sobre los que debería asen-tarse nuestra débil demo- cracia".
En diciembre de 2015 se produjo el último golpe de Estado de la revolución. Una mayoría legislativa se arrogó la titularidad del poder absoluto, desconoció la supremacía de la voluntad soberana y derogó parcialmente la Constitución.
Pero estas enmiendas constitucionales, llamadas tramposamente así para disimular una reforma constituyente en marcha, fueron derogadas en estos días por la misma Corte Constitucional que antes calificó su expedición. Entonces, las enmiendas constitucionales no eran enmiendas, ni eran constitucionales. La maniobra disfrazada con procedimientos, fotos y reuniones fue realmente un golpe de Estado parlamentario, perpetrado desde los corrillos palaciegos de Carondelet, en contra de la institucionalidad democrática y destinada a desconocer la soberanía popular que es la fuente de todos los poderes constituidos. Pero no había quien detuviera estos abusos en los aciagos tiempos de la revolución.
Ya se ha dicho en otras ocasiones: la década ganada asestó al menos cuatro golpes de Estado con absoluto sigilo. En el 2006 derrocó al Congreso Nacional para dar viabilidad a su Asamblea Constituyente; en el 2007 defenestraron al Tribunal Constitucional, en el 2009 a la Corte Suprema de Justicia y en el 2015 a la norma de límites temporales al ejercicio del poder.
Los anales de la Historia recordarán que la vocación aliancista ha sido siempre golpista. Se sabía que apostarían por “calentar las calles” y eso es precisamente lo que están haciendo, lo cual manifiesta que no conocen límites en la decencia, en la ética o en las normas del derecho.
Un Estado republicano se edifica necesariamente dentro de los límites al ejercicio del poder político. Estos límites se encuentran establecidos en la Constitución. Para alterar estas fronteras, según los protocolos de reforma constitucional, se exige la instalación de una Asamblea Constituyente porque sus atribuciones son superiores, excepcionales y perentorias, y expresan una voluntad específica del poder soberano, en comparación con las de una Asamblea ordinaria que manifiesta la voluntad de un poder constituido. La alternabilidad democrática, es decir el límite temporal al ejercicio de la autoridad representativa, es un límite republicano con lo cual su reforma exige, para todos los casos, instalar un poder constituyente.
Un golpe de Estado contemporáneo no necesita de protestas masivas, represión o disparos. Aunque pudiera suceder de esta forma, hoy también se consuma tras la emergencia o consolidación de un poder despótico que se autoproclama como la fuente única de toda la autoridad pública. Al terminar el 2015, una mayoría revolucionaria emborrachada de poder se creía todopoderosa. Entonces, en una Asamblea ordinaria, se reformó la Constitución bajo el disfraz de la enmienda. Hoy se confirma que este engaño constitucional derogó parcialmente la Constitución vigente, la sustituyó por otra antidemocrática, intentó institucionalizar la perpetuidad en el poder, arrogó la voluntad soberana a un poder ordinario y atribuyó un poder absoluto a una mayoría con muchos votos parlamentarios pero sin legitimidad electoral. La trampa era perfecta.
Pero pocos años después, la misma Corte Constitucional que calificó la viabilidad del golpe de Estado gestado en los corrillos palaciegos de Carondelet y perpetrado en la Asamblea Nacional ahora intenta lavar sus culpas al declarar la inconstitucionalidad de las reformas disfrazadas de enmiendas. El precedente es funesto: quien tenga el poder político podrá fijar los criterios para la interpretación de la Constitución.
Quienes estén detrás de esto deberán pagar por haber demolido los pilares conceptuales y materiales sobre los que debería asentarse nuestra débil democracia, pero principalmente deberán ser juzgados por haber perpetrado un golpe de Estado, gestado en los pasillos palaciegos de un poder despótico disfrazado de constitucionalista.
Pero estas enmiendas constitucionales, llamadas tramposamente así para disimular una reforma constituyente en marcha, fueron derogadas en estos días por la misma Corte Constitucional que antes calificó su expedición. Entonces, las enmiendas constitucionales no eran enmiendas, ni eran constitucionales. La maniobra disfrazada con procedimientos, fotos y reuniones fue realmente un golpe de Estado parlamentario, perpetrado desde los corrillos palaciegos de Carondelet, en contra de la institucionalidad democrática y destinada a desconocer la soberanía popular que es la fuente de todos los poderes constituidos. Pero no había quien detuviera estos abusos en los aciagos tiempos de la revolución.
Ya se ha dicho en otras ocasiones: la década ganada asestó al menos cuatro golpes de Estado con absoluto sigilo. En el 2006 derrocó al Congreso Nacional para dar viabilidad a su Asamblea Constituyente; en el 2007 defenestraron al Tribunal Constitucional, en el 2009 a la Corte Suprema de Justicia y en el 2015 a la norma de límites temporales al ejercicio del poder.
Los anales de la Historia recordarán que la vocación aliancista ha sido siempre golpista. Se sabía que apostarían por “calentar las calles” y eso es precisamente lo que están haciendo, lo cual manifiesta que no conocen límites en la decencia, en la ética o en las normas del derecho.
Un Estado republicano se edifica necesariamente dentro de los límites al ejercicio del poder político. Estos límites se encuentran establecidos en la Constitución. Para alterar estas fronteras, según los protocolos de reforma constitucional, se exige la instalación de una Asamblea Constituyente porque sus atribuciones son superiores, excepcionales y perentorias, y expresan una voluntad específica del poder soberano, en comparación con las de una Asamblea ordinaria que manifiesta la voluntad de un poder constituido. La alternabilidad democrática, es decir el límite temporal al ejercicio de la autoridad representativa, es un límite republicano con lo cual su reforma exige, para todos los casos, instalar un poder constituyente.
Un golpe de Estado contemporáneo no necesita de protestas masivas, represión o disparos. Aunque pudiera suceder de esta forma, hoy también se consuma tras la emergencia o consolidación de un poder despótico que se autoproclama como la fuente única de toda la autoridad pública. Al terminar el 2015, una mayoría revolucionaria emborrachada de poder se creía todopoderosa. Entonces, en una Asamblea ordinaria, se reformó la Constitución bajo el disfraz de la enmienda. Hoy se confirma que este engaño constitucional derogó parcialmente la Constitución vigente, la sustituyó por otra antidemocrática, intentó institucionalizar la perpetuidad en el poder, arrogó la voluntad soberana a un poder ordinario y atribuyó un poder absoluto a una mayoría con muchos votos parlamentarios pero sin legitimidad electoral. La trampa era perfecta.
Pero pocos años después, la misma Corte Constitucional que calificó la viabilidad del golpe de Estado gestado en los corrillos palaciegos de Carondelet y perpetrado en la Asamblea Nacional ahora intenta lavar sus culpas al declarar la inconstitucionalidad de las reformas disfrazadas de enmiendas. El precedente es funesto: quien tenga el poder político podrá fijar los criterios para la interpretación de la Constitución.
Quienes estén detrás de esto deberán pagar por haber demolido los pilares conceptuales y materiales sobre los que debería asentarse nuestra débil democracia, pero principalmente deberán ser juzgados por haber perpetrado un golpe de Estado, gestado en los pasillos palaciegos de un poder despótico disfrazado de constitucionalista.
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