Concurso de adjudicación de frecuencias
Publicado el 2016/05/04 por AGN
Carlos Castro Riera
El Art. 106 de la Ley Orgánica de Comunicación establece que las frecuencias del espectro radioeléctrico destinadas al funcionamiento de estaciones de radio y televisión de señal abierta, se distribuirán equitativamente en tres partes: 33% para la operación de medios públicos, 33% para medios privados y 34% para medios comunitarios, distribución que se hará de forma progresiva principalmente mediante la asignación de las frecuencias todavía disponibles y por la reversión de frecuencias por las causales de ley. En todos los casos, la distribución de frecuencias priorizará al sector comunitario hasta lograr los índices señalados.
El 12 de abril de 2016 se inició el concurso público para la adjudicación de frecuencias de radio y televisión de señal abierta, el mismo que ha despertado preocupación no solo entre los medios de comunicación, sino en el periodismo, la academia y los actores sociales y políticos.
La preocupación es plenamente justificada en virtud de que este concurso se lleva a cabo en circunstancias en que la sociedad vive un año preelectoral, en donde el poder político extrema su capacidad para persuadir o constreñir a las personas, entidades privadas, públicas y sociales para que enfilen y acomoden su conducta en función de los objetivos electorales, no se diga en tratándose de medios de comunicación.
No se trata de ninguna coincidencia de que el concurso de adjudicación de frecuencias se realice en este año, pues el Informe Definitivo de la Comisión para la Auditoría de las Concesiones de Frecuencias de Radio y Televisión se dio el 18 de Mayo del 2009 y la Ley Orgánica de Comunicación está en vigencia desde el 25 de junio del 2013, aunque de por medio estén convocatorias fallidas, pero en cualquier caso no podía escogerse peor época para llevar adelante un concurso de tanta trascendencia, el mismo que demanda un ambiente y un contexto social libres de determinaciones y condicionalidades políticas que pueden contaminar el proceso.
Por otro lado, este concurso se lleva cabo en circunstancias en que el gobierno no ha sido sensible ante las críticas y sugerencias de diversos sectores ciudadanos, entidades académicas, organizaciones de derechos humanos, asociaciones de periodistas y medios de comunicación nacionales e internacionales, sobre el marco jurídico e institucional que rige la información y comunicación, que atentarían a la libertad de expresión, lo cual incluye algunos contenidos de la Ley Orgánica de Comunicación, su Reglamento General, resoluciones y reglamentos específicos expedidos por el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación y de actuaciones de la Superintendencia de la Información y Comunicación.
En general el ambiente que se vive en el ámbito de la actividad periodística, informativa y comunicacional es de enorme inseguridad jurídica, con una actitud hostil, descalificadora, desafiante y prepotente del poder político, en contra de algunos medios de comunicación privados, considerándolos como “prensa corrupta” y “medios de comunicación mercantilistas”, lo que genera dudas de la imparcialidad del concurso.
En estas condiciones debería postergarse la realización del concurso de adjudicación de frecuencias para que se realice con posterioridad a las elecciones, y se reforme a la Ley Orgánica de Comunicación y su reglamento, para adecuarla a estándares internacionales y a la jurisprudencia internacional sobre la libertad de expresión.
No hay comentarios:
Publicar un comentario