miércoles, 6 de febrero de 2019

LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, NI SE COMPRA, NI SE VENDE, NI SE TRANSA



GLOSAS
La Contraloría General estableció responsabilidades civiles para el exalcalde de Cuenca y vicepresidente de la Asamblea Constituyente, Fernando Cordero Cueva, y para el ex procurador síndico del Municipio local, Tarquino Orellana Serrano, por no haber aplicado durante el desempeño de sus funciones las multas a la empresa uruguaya de parqueo tarifado “Autoparque”. por no haber utlizado el personal y los equipos necesarios para el cobro de tarifas por estacionamiento de vehículos en el centro histórico de la capital azuaya. entre los años 1999 y 2000..
Los dos exfuncionarios municipales, de acuerdo con la sentencia de casación emitida por la Corte Suprema de Justicia, deberán pagar cada uno 9.679,9 dólares al Cabildo cuencano por el perjuicio económico que ocasionó la compañía Autoparque al Concejo Cantonal.
La Contraloría General estableció asimismo que Nelly Carvallo de Cordero, expresidenta de Acción Social Municipal de Cuenca, y Luis Chiriboga, Presidente de la Federación Ecuatoriana de Fútbol, deberán pagar cada uno, al Cabildo, la suma de 39..960 dólares que no abonaron al organizar mediante convenio la presentación del artista mexicano Juan Gabriel en esta ciudad, en mayo del 2003, estando exonerados de este tributo si los promotores de tales actos son entidades publicas como los cabildos. Las dos personas mencionadas han apelado contra la resolución del organismo de control.
EMITIDOS TITULOS DE CRÉDITO
El Director Financiero del Municipio de Cuenca, economista José Guzmán Avila, en comunicación dirigida al Alcalde ingeniero Marcelo Cabrera Palacios, con fecha 21 de septiembre de 2007, le informa que Tesorería Municipal ha procedido a emitir los títulos de crédito solidario en contra del arquitecto Fernando Cordero Cueva y doctor Tarquino Orellana Serrano, ex Alcalde y ex Procurador Síndico, por concepto de la glosa por responsabilidad civil establecida por la Contraloría General del Estado.
En la notificación entregada a los infractores, la Tesorería les hace saber que deberán cancelar la suma de 9. 679 dólares con 96 centavos, con los respectivos recargos de ley (intereses). Hasta la presente fecha los responsables (Cordero y Orellana) no se han acercado a las ventanillas de tesorería , por lo tanto se les obligará a cancelar mediante la jurisdicción coactiva, de acuerdo con los artículos 151, 157 y siguientes del Código Tributario.
Publicado en la Revista El Observador. Noviembre 2007, edición 41.
DESAFIO
Cuando se hizo público el Título de Crédito en contra del ex Alcalde de Cuenca y ex Síndico Municipal, Fernando Cordero Cueva y Tarquino Orellana Serrano, respectivamente, Cordero reaccionó violentamente amenazando al actual Alcalde Marcelo Palacios. “Le desafío a que me cobre para ver cómo le va….”, dijo en tono prepotende, a su estilo, el ex burgomaestre.
En la edición anterior, El Observador, publicó la noticia del Título de Crédito, una vez que la Contraloría General del Estado, confirmó la glosa en contra de los ex funcionarios municipales, luego que la impugnación planteada por Cordero y Orellana fuera rechazada en Casación por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia.
Consultado el tema, una vez más, a la Dirección Regional de la Contraloría, se nos informó que por más que patalee Cordero, tendrá que sujetarse estrictamente a la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, que en su artículo 337 señala que para la ejecución de las resoluciones ejecutoriadas, se otorga a la Institución la competencia para emitir título de crédito y recaudar, incluso mediante la jurisdicción coactiva, por glosas confirmadas, multas y órdenes de reintegro de desembolsos indebidos con recursos públicos…; y a la propia Ley Orgánica de la Contraloría, que en su artículo 51, dice que las multas impuestas a las personas naturales, o a los representantes legales de las personas jurídicas de derecho privado, o a ex servidores públicos, serán recaudadas directamente por el organismo encargado, para lo cual emitirá los correspondientes títulos de crédito.
Con fecha 26 de junio del 2007, el Director Jurídico de la Contraloría General del Estado, Dr. Eduardo Muñoz Vega, le reconfirma al Director Financiero del Municipio de Cuenca, Eco. José Guzmán Avila, que debe proceder a la emisión del correspondiente título de crédito en cumplimiento de la resolución 3955 de 28 de junio de 2001 de la Institución.
Y sobre los intereses, le informa que debe observarse lo dispuesto en el artículo 381, numeral 1 de la Ley Orgánica de Administración Financiera y Control, que dispone que para el caso de resoluciones confirmatorias, los intereses han de aplicarse desde la fecha de la notificación de la glosa, hasta el momento de su recaudación…..
La ciudadanía está esperando a ver quién triunfa….?: el desafío prepotente de Cordero Cueva, o la Ley.
Publicado en la Revista El Observador. Agosto 2007, edición 40

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