miércoles, 28 de diciembre de 2016

EL ABOGADO ACUSADOR, BRILLÓ POR SU AUSENCIA, SU ABOGADO DEFENSOR ABANDONÓ LA SALA. JUICIO CONCLUYÓ. TRIUNFÓ LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, EL PERIODISMO LIBRE. LA JUSTICIA AZUAYA ACTUÓ CON INDEPENDENCIA


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EXTRACTO DE AUDIENCIA EN MATERIA PENAL Identificación del Proceso: Proceso No.: 01283-2016-02601 Lugar y Fecha de realización: Cuenca, 27 de Diciembre de 2016 Hora: 14h20 Presunta Infracción: Descrédito Juez (Integrantes del Tribunal - Sala): Dr. Julio Inga Yanza (Ponente), Dr. Edgar Morocho Illescas, Dra. Julia Elena Vázquez Moreno Desarrollo de la Audiencia: Tipo de audiencia: Legalidad de la detención: SI ( ) NO ( ) Audiencia de Formulación de Cargos: SI ( ) NO ( ) Audiencia Preparatoria de Juicio: SI ( ) NO ( ) Audiencia de Juicio: SI ( ) NO ( ) Audiencia de Juzgamiento: SI ( ) NO ( ) Audiencia de Impugnación: SI (X ) NO ( ) Otra: (Especifique cual) El señor Juez de Sustanciación previo a declarar instalada la audiencia de fundamentación de recurso de apelación pide a la Secretaria que informe si las partes procesales necesarias para que se efectúe esta diligencia si se encuentran presentes. La secretaria informa que siendo el día y hora para se efectúe la audiencia de fundamentación de recurso de apelación de la sentencia en la que se confirma el estado de inocencia de Jaime René Cedillo Feijoo, mismo que ha sido interpuesto por el Dr. Caupolicán Ochoa Neira quien se encontraba representado por el Dr. Rómulo Argudo Argudo en calidad de Procurador Judicial del denunciante, procese a retirarse este momento de la sala de audiencias y el Tribunal se retira a deliberar. Partes Procesales: Fiscal: Casilla judicial: Acusador Particular: Dr. Caupolicán Ochoa Neira Abogado del Acusador particular: Dr. Rómulo Argudo Argudo Casilla judicial: 42 Procesado/s: Jaime René Cedillo Feijoo Abogado defensor: Dr. Aurelio Aguilar García Casilla judicial: 1 Otros: *Se llenaran los campos de acuerdo al tipo de audiencia. Solicitudes Planteadas por la Defensa: Existen vicios de procedibilidad: SI ( ) NO ( ) Existen vicios de competencia territorial: SI ( ) NO ( ) Existen nulidades procesales: SI ( ) NO ( ) Solicita procedimiento abreviado: SI ( ) NO ( ) Solicita acuerdo reparatorio: SI ( ) NO ( ) Solicita diferimiento: SI ( ) NO ( ) Otros (Desarrollo 2 líneas 100 caracteres) Dr. Rómulo Argudo Argudo, Procurador Judicial del Dr. Caupolicán Ochoa Neira previa a instalarse la audiencia expone que como es de conocimiento de todos se ha presentado una demanda de recusación en contra de uno de los Jueces que integran el Tribunal, por lo que no debe instalarse la diligencia. Resolución del Juez: El tribunal luego de la deliberación, de conformidad con lo dispuesto en el art. 652.8 del código orgánico integral penal se declara el abandono del recurso. ofíciese al consejo de la judicatura para que juzguen la actuación del Dr. Rómulo Argudo Argudo. oportunamente se notificara la resolución debidamente fundamentada, en extenso y por escrito a los sujetos procesales. se termina la presente diligencia cuando son las catorce horas treinta minutos. se adjunta la grabación magnetofónica. RAZÓN: El contenido de la audiencia reposa en archivo de la judicatura. La presente acta queda debidamente suscrita conforme lo dispone la Ley por la señora Secretaria Relatora se la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, la misma que da fe de su contenido. Las partes quedan notificadas con las decisiones adoptadas en la audiencia sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley respecto a su notificación escrita en las casillas que las partes procesales han señalado para tal efecto. ----------------------------------------- SECRETARIO

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