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“…No existe un concepto de Bien Cultural. Existen cosas, grupos, conjuntos de cosas que tienen una importancia para la historia, su condición en el presente y para los futuros desarrollos de la cultura. La cultura no es propiedad de las personas, ni de clases, ni de los países: es de todos. Un Bien Cultural significa por lo tanto, un Bien Público…” G.C.Argán
Continuando con los sucesos históricos en nuestra bella Santa Ana de los Cuatro Ríos de Cuenca, es preciso resaltar la conmemoración de los 19 AÑOS DE LA DECLARATORIA como PATRIMONIO CULTURAL DE LA HUMANIDAD, por parte de la UNESCO, el pasado 1 de diciembre de 2018, teniendo como antecedente que el Centro Histórico de la ciudad fue declarado Patrimonio Cultural del Estado, el 9 de marzo de 1982, en virtud de constituir un legado trascendental en la Cultura Ecuatoriana.
De tal manera que desde ese entonces se habla mucho de sumar esfuerzos para conservar el patrimonio, la cultura, las tradiciones, la identidad… siendo importante reconocer cuales fueron los criterios para que Cuenca sea acreedora a esta importante declaratoria, y partiendo de uno de los considerandos de la ORDENANZA PARA LA GESTIÓN Y CONSERVACIÓN DE LAS ÁREAS HISTÓRICAS Y PATRIMONIALES DEL CANTÓN CUENCA aprobada por el I. Concejo Cantonal el 26 de febrero de 2010:
“…Que el 4 de diciembre de 1999, el Comité de Patrimonio Mundial, inscribió al Centro Histórico de Cuenca en la lista de Bienes de Valor Universal Excepcional y declaró a Santa Ana de los Ríos de Cuenca, Patrimonio Cultural de la Humanidad, por cumplir con los criterios 2, 4 y 5 de la Convención de Patrimonio Mundial…”
-La Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO es un conjunto de monumentos y sitios de gran riqueza natural y cultural perteneciente a toda la humanidad. Los Sitios inscritos en la misma cumplen una función de hitos, como símbolos de la toma de conciencia de los Estados y de los pueblos acerca del sentido de esos lugares, de su apego a la propiedad colectiva, y de la transmisión de ese patrimonio a las generaciones futuras; así, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural surge tras la necesidad de identificar parte de los bienes inestimables e irremplazables de las naciones-
Los mencionados criterios que cumple nuestra ciudad son:
Atestiguar un intercambio de valores humanos considerable, durante un periodo concreto o en un área cultural del mundo determinada, en los ámbitos de la arquitectura o la tecnología, las artes monumentales, la planificación urbana o la creación de paisajes;
Ser un ejemplo eminentemente representativo de un tipo de construcción o de conjunto arquitectónico o tecnológico, o de paisaje que ilustre uno o varios periodos significativos de la historia humana;
Ser un ejemplo destacado de formas tradicionales de asentamiento humano o de utilización de la tierra o del mar, representativas de una cultura (o de varias culturas), o de interacción del hombre con el medio, sobre todo cuando éste se ha vuelto vulnerable debido al impacto provocado por cambios irreversibles;
Con estos antecedentes se visibiliza la necesidad de recuperar y conservar la arquitectura de Cuenca, por ello es importante reconocer que las áreas históricas y patrimoniales del Cantón las constituyen: el Centro Histórico (CH) de Cuenca con áreas de primer orden y áreas de respeto (casco histórico propiamente dicho linderado entre: Convención del 45, San Blas, Av. 12 de Abril, Mariscal Lamar y Vega Muñoz), áreas arqueológicas (Pumapungo), y zonas especiales (ejes de la Av. Loja, Herrerías y Rafael María Arízaga); y áreas que se incorporan al CH (Av. Loja hasta la Av. Don Bosco, Cdla. Universitaria, Av. Huayna Cápac, Barrial Blanco y Muñoz Vernaza). De la misma forma está “El Ejido” como área de influencia y Zona Tampón; sitios del Cantón declarados como Patrimonio Cultural del Estado, y demás sectores, calles, edificios, elementos urbanos, naturales, paisajísticos y detalles arquitectónicos del área urbana y rural, de carácter público o privado, que por sus características y valor sean declarados como Patrimonio Cultural del Cantón por el I. Concejo Cantonal.
Dentro de esta zonificación, cada elemento arquitectónico tiene una catalogación de acuerdo a sus características estéticas, históricas, a su significación social o ambiental, a saber (de mayor a menor): Valor Emergente, Valor Arquitectónico A, Valor Arquitectónico B, Valor Ambiental, Sin Valor Especial e Impacto Negativo; y de ello depende el tipo de intervención permitido: conservación, restauración, rehabilitación, ampliación, consolidación, demolición, nueva edificación, etc.
Vale la pena recalcar que para cualquier intervención se debe tramitar los estudios y permisos respectivos, tomando en cuenta como normas generales de actuación, que en los bienes inmuebles patrimoniales hay que conservar las características funcionales, formales y constructivas, manteniendo patios, galerías, jardines, corredores, huertos, cubiertas, estructuras, fachadas y alturas de entrepisos; así como detalles constructivos y decorativos de valor, pudiendo incorporar elementos necesarios para adecuar condiciones de habitabilidad, higiene y salubridad. Además de emplear materiales como la piedra, mármol, madera, barro, tierra cocida, etc.
De esta manera se contribuye a la recuperación y cuidado del patrimonio y de nuestra cultura, cumpliendo con el compromiso social de empoderamiento ciudadano, con la historia, con la memoria colectiva, con lo público, y a la vez con el reto de asumir lo cosmopolita manteniendo una identidad local.
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