viernes, 8 de enero de 2016



07 de enero de 2016

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ECUADOR SEMANAL 
ATAQUES A LA PRENSA
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El 4 de enero de 2016, el juez Oswaldo Saritama condenó a 30 días de prisión a la concejala Jeannine Cruz, tras una demanda que planteó el alcalde de Loja, José Bolívar Castillo, por supuestas expresiones de descrédito y deshonra al haber publicado un video y un mensaje en su cuenta personal de Twitter[ Envíalo a un amigo ] 

El 05 de enero de 2016 la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel) decidió dar por terminado de forma unilateral el contrato de concesión de la frecuencia de Radio Zapotillo 96.1 FM de Loja -frontera sur del país- luego de 15 años de permanecer al aire. 
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El pasado 31 de diciembre de 2015, la policía detuvo a los abogados Manuel Mendoza y Javier Escobar, en la ciudad de Babahoyo, provincia de Los Ríos, por exhibir dos monigotes con las formas de un burro y otro de una persona, junto a la leyenda "los burros de la Corte Judicial". Ambos fueron sentenciados a 35 días de cárcel por supuestamente afectar la honra del exdirector de la Judicatura de Los Ríos 
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El 31 de Diciembre de 2015, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) amonestó por escrito a la estación televisiva Canal Uno por incumplir con el artículo 10, numeral 1, literales a) y c) de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), concerniente a la dignidad humana, específicamente a "respetar la honra y la reputación de las personas" y "respetar la intimidad personal y familiar". Además, se le conminó a abstenerse de reincidir en actos que se encuentran reñidos con ese cuerpo legal. La sanción se dio tras denuncia de la modelo María Isabel Mestanza por el contenido difundido el 23 de noviembre de 2015 en el programa "Faranduleros S.A", transmitido de 16h00 a 17h30, donde se emitió una entrevista a Mestanza y se presentaron fotografías difuminadas de su cuerpo desnudo. 
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El 23 de Diciembre de 2015, la Contraloría General del Estado ejecutó el cobro de USD 3540 dólares a Radio Fútbol FM, por una multa impuesta por la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), con base en la resolución Nro. 033-2015-DNGJPO-INPS, emitida el 4 de septiembre de 2015. 
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El 22 de diciembre de 2015, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) a través de un proceso iniciado de oficio, amonestó a Canal Uno, por tratamiento morboso de la información en su noticiero y le recordó su obligación de corregir y mejorar sus prácticas informativas. Además, se le conminó a abstenerse de reincidir en actos que se encuentran reñidos en la Ley Orgánica de Comunicación (LOC). 
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El 24 de Diciembre de 2015, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), mediante proceso iniciado de oficio, sancionó al rotativo "El Clarín" de la ciudad de Babahoyo, con una multa de USD 354 equivalente a una remuneración básica. La sanción se da por no clasificar ni identificar el contenido publicado en 12 páginas de la edición N° 9382 de 15 de Noviembre de 2015, incumpliendo con lo establecido en el artículo 60 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) y los artículos 8 y 9 del Reglamento que establecen los parámetros técnicos para la clasificación de contenidos. 
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El 29 de Diciembre de 2015, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), sancionó a la estación televisiva Cayambe Visión Canal 9 de la ciudad de Cayambe con una multa de USD 708 dólares, equivalente a dos salarios mínimos, por incumplir con el artículo 28 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC). La estación no habría entregado en el tiempo establecido por ley, las copias del programa "Enlace Directo", transmitido entre el 17 de agosto al 11 de septiembre de 2015, solicitadas por el Alcalde y el Procurador Síndico del Gobierno Autónomo del Municipio de Cayambe, Guillermo Churuchumbi Lechón y Bolívar Beltrán, respectivamente. 

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