lunes, 1 de junio de 2015

Supercom no entrega información sobre procesos contra medios




Desde inicios de mayo de 2015, la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom), así como sus Intendencias Zonales, han negado sistemáticamente pedidos de información realizados por Fundamedios respecto a las resoluciones y documentación de sustento de los procesos contra los medios de comunicación, violando derechos constitucionales y consagrados además en la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP).
Desde el año pasado, Fundamedios ha realizado varios pedidos de información ante la Supercom como parte de un monitoreo independiente acerca de la aplicación de la Ley Orgánica de Comunicación. Sin embargo, a partir de mayo se ha recibido idénticas cartas trabando la entrega de la información solicitada bajo una interpretación arbitraria de la LOTAIP: “El artículo 19 de la Ley Orgánica de Transparencia  y Acceso a la Información Pública, determina que las solicitudes para el acceso a la información deberán contener los datos o temas motivo de la solicitud y la identificación clara del solicitante; por tanto, en razón de las reiteradas peticiones recibidas por parte de su representada, a fin de atender el citado requerimiento, solicito se sirva remitir a esa Superintendencia los datos, información y/o documentos de la Fundación Andina para la Observación y Estudio de Medios (Fundamedios) que justifiquen la necesidad de investigación que posee la peticionaria; así como los instrumentos que acrediten su calidad de Director Ejecutivo y Representante Legal de la mencionada fundación”.
El artículo 19 de la Ley, respecto de la solicitud y sus requisitos, señala que en la solicitud “deberá constar en forma clara la identificación del solicitante y la ubicación de los datos o temas motivo de la solicitud”. El requisito legal claramente consiste en identificar la institución o lugar donde se encuentran los datos o temas que son requeridos en la solicitud.
Cabe señalar que la Supercom incumple su obligación de subir a su página web las resoluciones y demás datos relacionados con los procesos, según el principio de transparencia activa, consagrado en el artículo 7 de la LOTAIP. A esto se añade el hecho de que interpreta la Ley solicitando “justificaciones sobre la necesidad de investigación”, lo que constituye una clara vulneración el derecho de los ciudadanos a acceder a información pública.
Fundamedios rechaza esta denegación sistemática de la información, la arbitrariedad en la interpretación de la Ley y la falta de transparencia de la Supercom.

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