Periodistas acusan a diario público de censura y renuncian a sus cargos
El 10 de octubre, la periodista de diario El Tiempo (Cuenca), María Isabel Aguilar y Jacky Beltrán, editora Web, publicaron la nota “En Cuenca se denuncia acción de la Fuerza Pública durante las protestas” que solo duró 8 horas en la web y luego fue dada de baja sin explicación alguna. Ambas comunicadoras presentaron la renuncia señalando que se trata de un acto de censura.
FUNDAMEDIOS conversó con Aguilar quien días después renunció formalmente a diario El Tiempo, un periódico que pertenece a la Empresa de Medios Públicos. En la carta citó el artículo 18 de la Ley Orgánica de Comunicación que prohíbe la censura previa.
“(…) Hice la cobertura casi toda la mañana, habían casos bastantes conocidos en Cuenca de represión policial y trabajamos con cuatro de los casos. Se documentó totalmente la nota con voceros como la Defensoría del Pueblo, igual nos quisimos contactar con la Policía, no se pudo, nunca nos contestaron. Hubo muchas evasivas de parte del Gobernador y del Jefe de la Policía, eso también se puso dentro de la nota, hubo testimonios y fuentes oficiales (…)”, comentó.
Aguilar aseguró que en el año y medio que trabaja en el rotativo ha tenido apertura para realizar temas novedosos, pero cuando ha intentado trabajar temas más investigativos, no se le ha permitido.
Jacky Beltrán, editora Web, confirmó que ella también renunció al considerar que fue un acto de censura. “No nos han dado la explicación explícita del por qué, entiendo que es por la línea que manejan medios públicos y, justamente, esa es la razón por la que decido retirarme porque no estoy de acuerdo con la línea que manejan”, comentó.
FUNDAMEDIOS contactó a Fernando Larenas, Gerente Editorial de Medios Públicos, quien aceptó que la nota antes mencionada fue dada de baja en el marco de Estado de Excepción decretado por el Presidente Lenín Moreno. Citó al artículo 165 de la Constitución, numeral 4 que dispone censura previa en la información de los medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad del Estado. “Bajo ese precepto es que se bajó esa nota. Esa sería la información”, sostuvo.
Sin embargo, el Decreto 884 sobre el Estado de Excepción no resuelve la censura previa, solo limita el derecho a la libertad de tránsito, libertad de asociación y limita la movilización. Así consta en los documentos revisados. Mauricio Alarcón, director de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo y experto en Derechos Humanos, concuerda con ello.
“En el Decreto no se estableció ni se resolvió la censura previa, solo se dispuso la difusión de mensajes obligatorios. Es decir, no estuvo vigente forma alguna de censura previa. Segundo punto, la censura previa tiene que establecer claramente qué y cómo se censura para evitar subjetividades”, puntualizó.
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