lunes, 26 de marzo de 2018

El hostigamiento judicial a los líderes indígenas y ambientalistas en Ecuador
La organización internacional de derechos humanos, analizó la forma en la que la justicia ecuatoriana, en clara sintonía con el régimen de Rafael Correa, persiguió a los dirigentes indígenas de la Amazonía. Mientras a Pepe Acacho se le procesó de forma cuestionable por "terrorismo" a Agustín Wachapá se le enjuició con la deleznable prueba de un mensaje de Facebook. La conclusión es que se violaron derechos humanos, se dejó en la quiebra a ambos dirigentes y se abusó del poder por medio del sistema de justicia.
26 de marzo del 2018
HUMAN RIGHTS WATCH
Cuando ambientalistas y pueblos indígenas se movilizaron contra políticas del Presidente Correa, este usó los medios de comunicación públicos para descalificarlos. En 2013, dictó un decreto que permitió a su gobierno clausurar arbitrariamente a organizaciones de la sociedad civil, y más tarde ese mismo año lo usó para disolver a la Fundación Pachamama, una de las organizaciones ambientales más prestigiosas del país. En 2016, su gobierno intentó disolver otra importante organización ambiental, Acción Ecológica, pero dio marcha atrás luego de que la decisión provocara un fuerte repudio internacional, incluida la condena de expertos de la ONU.
El gobierno de Correa también empleó el sistema de justicia penal contra ambientalistas y líderes indígenas. Human Rights Watch analizó tres de los casos más prominentes contra líderes indígenas y ambientalistas acusados de cometer delitos por el gobierno de Correa.
El gobierno de Correa también empleó el sistema de justicia penal contra ambientalistas y líderes indígenas. Human Rights Watch analizó tres de los casos más prominentes contra líderes indígenas y ambientalistas acusados de cometer delitos por el gobierno de Correa. En dos de los casos, Human Rights Watch concluyó que los fiscales no presentaron pruebas suficientes para fundamentar las graves acusaciones planteadas. El tercer caso es una investigación penal sobre seis líderes indígenas y un ambientalista que ha permanecido abierta durante cuatro años y medio, a pesar de que no se encontraron pruebas de actos ilícitos.
Desde que asumió la presidencia, Lenín Moreno ha marcado un cambio de rumbo respecto de su antecesor, al abrir el diálogo con ambientalistas, líderes indígenas y otros críticos del gobierno. Su gobierno restituyó la personería jurídica de la Fundación Pachamama. Sustituyó el decreto presidencial que autorizaba al gobierno a disolver organizaciones por otro que, si bien es menos amplio en su aplicación, sigue siendo problemático (la disposición que se aplicó para cerrar la Fundación Pachamama sigue vigente).
A pesar de estas medidas positivas, los procesos penales abusivos que se analizan en este informe siguen sin ser abordados correctamente. En uno de los casos, la Corte Nacional de Justicia anuló una condena infundada por terrorismo, pero la reemplazó con una condena por un delito totalmente distinto, por el cual nunca se había siquiera juzgado al acusado. Tampoco se han adoptado otras medidas para que, en el futuro, el sistema de justicia penal no vuelva a utilizarse de manera abusiva en contra de líderes indígenas y ambientalistas.
José “Pepe” Acacho
El líder indígena Shuar, Pepe Acacho, de la provincia de Morona Santiago, fue acusado en 2010 de “terrorismo” por haber presuntamente incitado a la violencia durante una protesta en 2009, en la cual participó el pueblo shuar, contra una nueva ley de minería. En ese entonces, Acacho presidía la Federación Interprovincial de Centros Shuar (FICSH), una organización que representa las causas del pueblo shuar en Ecuador. En 2013, un tribunal de primera instancia lo halló culpable y lo condenó a 12 años de prisión.
Human Rights Watch consultó los documentos del juicio, incluidas transcripciones de testimonios, y no encontró pruebas creíbles que justificaran la condena contra Acacho.

El proceso contra Pepe Acacho fue finalmente desestimado por la Corte Nacional de Justicia. 
Human Rights Watch consultó los documentos del juicio, incluidas transcripciones de testimonios, y no encontró pruebas creíbles que justificaran la condena contra Acacho.
Durante entrevistas de radio en español —que se reprodujeron durante el juicio—, Acacho instó a miembros de la comunidad a que manifestaran, pero no dijo nada que pudiera razonablemente interpretarse como incitación a la violencia.
La única prueba que la fiscalía presentó ante el tribunal de que Acacho había incitado a la violencia fueron tres testigos que hablaban el idioma shuar y que afirmaron haber escuchado grabaciones de las entrevistas concedidas por Acacho en una estación de radio shuar, en las cuales llamaba a los manifestantes a llevar “lanzas” y “veneno” a las protestas. No obstante, las grabaciones originales de estas entrevistas nunca se reprodujeron durante el juicio, y no pareciera que el tribunal en ningún momento haya tenido en su poder las grabaciones en Shuar. Estos tres testigos tenían vínculos con funcionarios públicos, y uno de ellos trabajaba para una empresa minera a la cual Acacho se había opuesto como presidente de la FICSH, lo cual genera dudas sobre si podrían haber sido presionados indebidamente para que cambiaran su declaración a favor de la fiscalía. Un cuarto testigo que hablaba Shuar y que no tenía lazos ni con el gobierno ni con la empresa minera, ofreció una declaración totalmente distinta sobre el contenido de las transmisiones radiales en esa lengua, y dijo que Acacho no había llamado a la violencia.
Acacho apeló ante la Corte Nacional de Justicia, que en enero de 2018 dejó sin efecto la condena por “terrorismo”, pero lo condenó al delito menos grave de “ilegalmente impedir el libre tránsito de vehículos, personas o mercancías”. Acacho no tuvo necesariamente motivos ni tampoco una oportunidad genuina de defenderse ante los señalamientos de hechos que justificarían el cargo de menor gravedad, pues no se le había imputado inicialmente ese delito y los hechos relevantes para refutar esa acusación no fueron parte de su defensa en el juicio original. Esto constituyó una violación flagrante de sus derechos de debido proceso, según normas legales que la corte reconoció y afirma haber aplicado, pero sin explicar su razonamiento ni cómo aplicó estos estándares. En cambio, la corte concluyó lo siguiente: “los procesados han ejercido su derecho a la defensa a plenitud, alegando como tesis a su favor su inocencia en el caso que se les imputa”. Aunque Acacho cuestionó la constitucionalidad de la decisión, el 22 de febrero la corte ratificó su condena. La decisión implicó que podía ser obligado a cumplir ocho meses de prisión cuando el tribunal dispusiera su detención.
El 16 de marzo, el abogado defensor de Acacho interpuso una acción extraordinaria de protección ante la corte constitucional, alegando que la sentencia vulnera los derechos constitucionales de su cliente. Menos de tres horas después, la corte provincial de Morona Santiago ordenó que se ejecutoriara la sentencia; Acacho será detenido y obligado a cumplir su condena de ocho meses en prisión, a menos que la corte constitucional reconozca que su derecho al debido proceso ha sido violado y anule la sentencia.
Agustín Wachapá
El líder indígena Shuar Agustín Wachapá, de la provincia de Morona Santiago, está siendo juzgado por haber presuntamente incitado a la violencia tras un enfrentamiento entre policías y personas que se oponían a un proyecto de minería, en diciembre de 2016. Al momento de su detención, presidía la FICSH, la misma organización que presidía Pepe Acacho cuando se lo acusó de terrorismo.
En respuesta al incidente de diciembre de 2016, el Presidente Correa denunció públicamente a varios líderes indígenas que se oponían al proyecto minero y señaló a Wachapá como una persona violenta. Poco después, el gobierno de Correa intentó cerrar Acción Ecológica, una organización ambiental que se oponía enérgicamente al proyecto.

Contra Agustín Wachalá se inició un proceso por una publicación en Facebook. 
En respuesta al incidente de diciembre de 2016, el Presidente Correa denunció públicamente a varios líderes indígenas que se oponían al proyecto minero y señaló a Wachapá como una persona violenta. Poco después, el gobierno de Correa intentó cerrar Acción Ecológica, una organización ambiental que se oponía enérgicamente al proyecto.
Un funcionario del Ministerio del Interior también presentó cargos contra Wachapá, lo que motivó que un fiscal lo acusara de incitar a la violencia. Wachapá fue detenido inmediatamente. Wachapá le dijo a Human Rights Watch que pasó cuatro meses en la cárcel de máxima seguridad de Latacunga, hasta que le concedieron libertad condicional tras pagar una fianza de USD 6.000, en abril de 2017.
La única evidencia que podría pretender tener alguna fuerza probatoria en el expediente de la fiscalía es un mensaje que Wachapá publicó en Facebook después del enfrentamiento. Aunque la redacción de Wachapá en la publicación es ambigua, la valoración de Human Rights Watch es que no es aceptable que la fiscalía presente serias acusaciones penales únicamente basadas en una sola evidencia que resulta débil y dudosa. Cualquier valoración razonable concluiría que el cargo carece de evidencia probatoria sustantiva.
Otras pruebas incluyen una entrevista radial, en la cual Wachapá hablaba sobre la historia pre-colonial del pueblo shuar como guerreros. La fiscalía no presentó pruebas cuya interpretación razonable permita entender que Wachapá incitó a la violencia.
Está previsto que un tribunal de primera instancia se pronuncie el 28 de marzo de 2018. De ser hallado culpable, Wachapá podría ser condenado a la pena de hasta tres años de cárcel.
Caso XI Ronda Petrolera
Siete líderes indígenas y ambientalistas que protestaron contra una exploración petrolera en la Amazonía en 2013 han sido objeto de una investigación penal que se ha prolongado cuatro años y medio, pese a que no se han reunido elementos de prueba en su contra.
El 28 de noviembre de 2013, líderes indígenas y ambientalistas protestaron ante la Secretaría de Hidrocarburos en Quito, donde inversionistas extranjeros se encontraban reunidos para participar en la licitación de derechos de exploración de petróleo sobre dos millones de hectáreas en el sudeste de la Amazonía, dentro de los cuales se encuentran los territorios de siete pueblos indígenas. Un incidente de violencia ocurrido durante la protesta dio inicio a una investigación penal contra un manifestante que fue filmado dándole un golpe en la cabeza a un empresario extranjero con el extremo plano de su lanza.
El Presidente Correa respondió al incidente denunciando de forma pública a los organizadores de la protesta, y su gobierno procedió a disolver la Fundación Pachamama, la destacada organización ambiental mencionada anteriormente que había participado en la manifestación.
La fiscalía inició luego una investigación penal no sólo contra el hombre que empuñó la lanza, sino además contra otros seis destacados líderes indígenas y un ambientalista. Human Rights Watch revisó el expediente del caso y concluyó que no contenía elementos que pudieran interpretarse razonablemente como pruebas de que estos siete activistas hubieran cometido algún delito.
Aunque la ley exige que la Fiscalía General del Estado archive estas investigaciones después de dos años, la investigación sigue abierta.
Recomendaciones
Los casos que se exponen en este informe evidencian un abuso de poder por parte de funcionarios y un uso indebido del sistema de justicia penal para hostigar a líderes indígenas y ambientalistas que contribuyeron a movilizar protestas públicas contra políticas del gobierno.
Los casos que se exponen en este informe evidencian un abuso de poder por parte de funcionarios y un uso indebido del sistema de justicia penal para hostigar a líderes indígenas y ambientalistas que contribuyeron a movilizar protestas públicas contra políticas del gobierno.
El Presidente Lenín Moreno, funcionarios del poder judicial y los miembros de la Asamblea Nacional deben tomar medidas para poner fin al uso indebido del sistema de justicia penal con el fin de perseguir, intimidar y castigar indebidamente a dirigentes indígenas y ambientalistas.
Estas autoridades deberían asegurarse de que los casos documentados en este informe—así como otros casos con acusaciones penales contra líderes indígenas y activistas ambientales—sean evaluados adecuadamente en el sistema de justicia penal, observando el derecho internacional de los derechos humanos. En particular, deberían asegurar lo siguiente:
Que ninguna persona cumpla una pena de prisión por un delito si no ha tenido la oportunidad de defenderse durante el juicio con relación a ese cargo específico;
Que nadie sea procesado penalmente si no hay pruebas creíbles que vinculen a esa persona con la comisión de un delito; y,
Que las investigaciones penales no permanezcan abiertas indefinidamente si no hay pruebas creíbles que vinculen a una persona con la comisión de un delito.
El Presidente Lenín Moreno, funcionarios del poder judicial y los miembros de la Asamblea Nacional deberían designar a un órgano de investigación independiente y creíble para que analice cómo las autoridades judiciales y la Fiscalía General del Estado impulsaron los casos documentados en este informe, así como otros casos recientes de investigaciones y procesos penales contra líderes indígenas y ambientalistas durante el gobierno del Presidente Rafael Correa.
Los activistas cuyos derechos han sido violados como resultado de procesos penales abusivos e injustificados deberían ser resarcidos a través de los mecanismos correspondientes contemplados en el derecho interno, conforme a estándares internacionales.
Metodología
Este informe se preparó principalmente a partir del análisis de los expedientes judiciales de cada uno de los tres casos.
En el caso de Pepe Acacho, Human Rights Watch tuvo acceso, entre otros, a los siguientes documentos:
  • la denuncia penal del 2 de octubre de 2009 que dio lugar a la investigación;
  • el acta de formulación de cargos del 6 de septiembre de 2010;
  • la decisión del 9 de agosto de 2013 de la corte provincial de justicia con transcripciones de las declaraciones ofrecidas durante el juicio (caso n.° 479-2013);
  • la decisión del 7 de octubre de 2014 de la corte provincial de justicia en respuesta a la apelación de Acacho (caso n.° 14111-479-2013), y
  • la decisión del 15 de enero de 2018 de la Corte Nacional de Justicia (Juicio Especial N.° 17721-2014-1796).
En el caso de Agustín Wachapá, Human Rights Watch tuvo acceso, entre otros, a los siguientes documentos:
  • los registros públicos de los procedimientos correspondientes al caso n.° 14256-2016-00781 y al caso n.° 17711-2017-0092 accesibles en línea (puestos a disposición por el Consejo de la Judicatura en su sitio web);
  • el informe del perito que recuperó la publicación de Wachapá de Facebook (informe n.° DCP121600496), y
  • el resumen oficial de la audiencia de formulación de cargos del 21 de diciembre de 2016.
En el caso de la XI Ronda Petrolera, Human Rights Watch tuvo acceso al expediente de la indagación previa en la fiscalía en Quito.
El expediente contenía varias listas de sospechosos confeccionadas por la policía y el fiscal; en este informe, Human Rights Watch ha utilizado la última lista de sospechosos que constaba en el expediente.
Human Rights Watch también llevó a cabo 37 entrevistas en total, incluso a los dos activistas enjuiciados y dos de los activistas objeto de la investigación penal, sus abogados defensores, el Defensor Público General del Ecuador, un defensor de oficio en Quito, el Defensor del Pueblo, tres asistentes de un legislador nacional, dos fiscales, cuatro académicos y 18 representantes de la sociedad civil.
La mayoría de las entrevistas se realizaron entre el 5 y el 11 de noviembre de 2017 en Quito, y se llevaron a cabo entrevistas telefónicas de seguimiento entre diciembre de 2017 y marzo de 2018. Todas las entrevistas fueron efectuadas en español por personal de Human Rights Watch con dominio de ese idioma.
Se informó a todos los participantes cuál era la finalidad de la entrevista y que sus relatos podrían utilizarse en forma pública. Prestaron su consentimiento a esto en forma oral. En los casos en que los entrevistados solicitaron que no se revelara su identidad, sus nombres no se han divulgado cuando se citaron sus declaraciones.
Ninguna de las personas entrevistadas recibió compensación alguna a cambio de la información brindada.
Agradecimientos
Este informe fue escrito por Luciana Téllez-Chávez, investigadora Finberg en las divisiones de las Américas y de Medioambiente y Derechos Humanos, a partir de investigaciones realizadas bajo la supervisión de Tamara Taraciuk Broner, investigadora sénior para las Américas. El documento fue revisado y editado por Daniel Wilkinson, director adjunto de la división de las Américas; Marcos Orellana, director de Medioambiente y Derechos Humanos; Christopher Albin-Lackey, asesor legal sénior, y Joseph Saunders, subdirector de programas. El informe fue preparado para la publicación por Rebecca Rom-Frank, coordinadora de publicaciones; Fitzroy Hepkins, gerente administrativo; y José Martínez, coordinador administrativo sénior. Fue traducido al español por Gabriela Haymes. Delphine Starr, asociada de la división de las Américas, colaboró con aspectos logísticos y de edición.

Human Rights Watch desea agradecer a los líderes indígenas, ambientalistas, abogados defensores, autoridades judiciales, funcionarios públicos y académicos que compartieron generosamente su perspectiva y aportaron documentación jurídica esencial, con la aspiración de que esto contribuya a poner fin a las arbitrariedades judiciales y a fortalecer el sistema de justicia de Ecuador.

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