martes, 16 de febrero de 2016

La secuela de los atropellos



MIGUEL RIVADENEIRA


El problema actual no es solo con los militares. Va más allá. Son las formas como el poder atropella los procedimientos legales y constitucionales. El último episodio del Issfa y la disposición de retención de USD 41 millones evidencia eso. Basta revisar los documentos, no los discursos agresivos que aplauden obnubilados, para corroborar estos hechos. Si hubiera el respeto al ordenamiento jurídico, valor fundamental de una democracia, no se actuaría así. Los “errores de buena fe”, como se ha calificado desde el poder, se arreglan con arbitrariedades, sin revisar lo que aprobaron en una escritura pública de compraventa, avalado por dos ministros de este Gobierno, cuyo contenido dio fe un notario público. Según el documento, cuando se trate de solucionar controversias, ambas partes acordaron someter a mediación, pero esta instancia implica que se sienten las dos partes y se busque un acuerdo mutuo. No arbitrariamente, de un plumazo, disponer el recorte de 41 millones y luego dicen que esperarán el pronunciamiento de la Contraloría. Todo está en el contrato y eso es ley para las partes. Así golpearon al IESS al desconocer la deuda del Estado en salud, reconocida por el delegado presidencial, y luego eliminaron el 40% que financiaba las pensiones jubilares, pese a que la Constitución lo obliga. Hablan de solidez del Issfa pero no entienden que un seguro social se mantiene con un sistema previsional que se sostenga a futuro y las pensiones se respaldan en reservas y no en el enunciado de una enmienda. Los representantes de las dos instituciones declararon bajo juramento que estaban de acuerdo en todas sus partes la transferencia de dominio de esos terrenos mediante escritura. La Ministra del Ambiente de entonces propuso la compra al Issfa y así se firmó el contrato en diciembre del 2010, registrado legalmente, e incluso el Ministerio de Finanzas dispone las transferencias. Por tanto, se configura un acto jurídico suscrito voluntariamente por las partes y no se ha declarado lo contrario, dentro del debido proceso. En los casos de desacuerdo las partes pueden llevar el caso a las instancias judiciales, ante el juez competente en Quito. Años después se sostiene que estuvo mal pero se olvida que el art. 233 de la Constitución señala que ningún servidor público estará exento de responsabilidades por los actos realizados en el ejercicio de sus funciones o por sus omisiones y serán responsables administrativa, civil y penalmente por el manejo y administración de fondos, bienes o recursos públicos. En el caso de los nuevos comandantes militares, según el art. 159 de la Constitución, serán responsables por las órdenes que impartan y la obediencia al Gobierno no les eximirá de responsabilidades. La respuesta oficial es arreglar con concentraciones políticas en donde solo sirve el discurso guerrerista y no los documentos ni el respeto al ordenamiento jurídico.

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