La Corte Constitucional partió ayer la historia del país: reconoció el matrimonio igualitario. Un derecho que la comunidad GLBTI reclamaba y le había sido negado.
El pronunciamiento de la Corte cambia la vida de parejas de identidad y opción sexual diferente. Ahora podrán, si lo desean, contraer matrimonio y vivir como lo hacen las parejas heterosexuales, en igualdad de derechos. Se dirá que el matrimonio está en crisis y que la comunidad GLBTI está de ida cuando un gran porcentaje de heterosexuales está de vuelta. No importa: querían ese derecho y lo han obtenido.
No es solo un derecho: lo que ayer hizo la Corte Constitucional puede ser leído, por las consecuencias que acarrea, como el otorgamiento de una verdadera cédula de ciudadanía a los miembros de una comunidad que ha vivido oculta y, en casos visible pero señalada, perseguida o marginada. El derecho a casarse puede cambiar la mirada y ciertos esquemas mentales vigentes en la sociedad que, con los meses, como ha ocurrido en otros países, asumirá realidades hasta ahora solapadas por prejuicios.
El cambio fundamental que operó la Corte Constitucional es sacar estos temas de la hojarasca homóbofa y religiosa en la cual sus opositores han pretendido encerrarlos. Aquí no se trata de debatir sobre el supuesto derecho natural o el diseño original que en forma tan pueril defienden (como si se tratara de una realidad y no de una metáfora religiosa). El fallo de la Corte Constitucional sitúa ese debate (y los que vengan) en términos de derechos civiles. Y esos derechos, en una buena cantidad de casos, ya cuentan con jurisprudencia en cortes internacionales.
En este punto, da grima ver las actitudes de asambleístas como Héctor Yépez, de CREO. Él se refugia en el artículo 67 de la Constitución para desde ahí gritar al «peligrosísimo precedente» que habría creado la máxima Corte. Yépez puede, faltaba más, defender sus convicciones. Lo que no debe, como asambleísta de la República, es tergiversar los hechos y encararlos con una indecencia intelectual que pasma. El artículo 67 es absolutamente contradictorio. Primero, porque “reconoce la familia en sus diversos tipos”. Y dice que el Estado garantizará las condiciones para proteger esos diversos tipos de familia. Y que esas condiciones “se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes”. Es decir, esas normas constitucionales, como dice la Corte Constitucional en su boletín de prensa, son “favorables a la igualdad de la persona y rechazan todo tipo de discriminación”. De esa igualdad de todas las personas ante la ley habla, precisamente, el artículo 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos que sirvió para fundamentar la interpretación que hizo, en 89 páginas, La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Mejor aún: Yépez es abogado y es asambleísta. Y actúa, por prejuicio confesional, como si no conociera la jerarquía de las leyes. Como si la opinión Consultiva (“Identidad de género, e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo”) de la CIDH, no generara una jurisprudencia que prevalece sobre la Constitución. De un abogado por lo menos se espera que no diga que es inconstitucional sino, como lo dice la Corte en su boletín de prensa, que la Asamblea debe reconfigurar «la institución del matrimonio para que dé un trato igualitario a las personas del mismo sexo» y adecuar el artículo 81 del Código Civil y el artículo 52 de la Ley de Gestión de la Identidad y Datos Civiles».
La Corte Constitucional no se ha limpiado, como dice vulgarmente el asambleísta Yépez, con la Constitución: sencillamente cinco de sus miembros fundamentaron su fallo en la interpretación que hizo la CIDH que, a su vez, se basó en el artículo 11 de la Convención Americana de Derechos Humanos que, entre otras cosas dice: “Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la familia, en su domicilio o en su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra o reputación”. Es decir, todo lo que hacen con la comunidad GLBTI aquellos defensores del supuesto diseño original, como el asambleísta Yépez. Personajes que confunden la sociedad con sus iglesias y el derecho con sus creencias religiosas y que son igual de violentos e intolerantes que lo fueron el ex presidente Correa y sus hordas.
Ciudadanos con derechos y libres de discriminación: ese es el nuevo estatus de los miembros de la comunidad GLBTI, gracias al fallo irreversible de la Corte Constitucional (porque es tribunal de última instancia). Ese fallo ubica el debate social donde debe estar: la defensa de los derechos civiles de ciudadanos diversos y concretos y no el apego a dogmas que conciernen a los creyentes y a sus pastores. No a los ciudadanos.
Foto: El Universo.
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