martes, 25 de septiembre de 2018

La alegación de defensa de Correa de que no son competentes los jueces ecuatorianos para conocer el caso de secuestro a Balda y asociación ilícita, es tan fácilmente rebatible. 1. En caso de graves violaciones a DDHH (secuestro) siempre existió jurisdicción ampliada Art 188 CPP

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