martes, 3 de septiembre de 2024

 Caso Purga, juez Julio Inga decidió sobre apelación de prisión preventiva

En la Corte Nacional de Justicia se llevó a cabo la audiencia de apelación para ocho procesados que buscaron revocar prisión preventiva.

03 de septiembre de 2024 - 14:52


El juez Julio Inga en la audiencia del caso Purga. • Foto: X Fiscalía

La audiencia de apelación a la prisión preventiva solicitada por Fabiola G., expresidenta de la Corte Provincial de Guayas, y siete procesados más por delincuencia organizada, se reinstaló este martes 3 de septiembre. Este proceso se realizó con la presencia de la fiscal general, Diana Salazar.

La Fiscalía General del Estado ha presentado pruebas que involucran a un exasambleísta, varios jueces de la Corte de Justicia de Guayas, y personal del Consejo de la Judicatura en un supuesto esquema de delincuencia organizada.

Las investigaciones apuntan a que estos funcionarios habrían utilizado su posición para beneficiar intereses particulares y de reconocidos criminales, como alias “Fito”, en detrimento del Estado ecuatoriano.

El juez Julio Inga tomó una decisión sobre la prisión preventiva para ocho personas en la audiencia de apelación llevada a cabo en la Corte Nacional de Justicia. Los procesados, implicados en varios delitos que incluyen tráfico de influencias y colaboración con estructuras delictivas, apelaron la medida cautelar argumentando falta de motivación y proporcionalidad en la decisión inicial.

Alegatos de la defensa en el caso Purga

La abogada de María Fabiola G. defendió que la resolución del juez carecía de motivación adecuada y que los argumentos presentados por la Fiscalía no justificaban la imposición de la medida cautelar más gravosa.

Asimismo, alegó que su clienta no representa un riesgo de fuga y que existen otras medidas menos restrictivas que garantizarían su comparecencia en el proceso judicial. Guillermo B., por su parte, centró su defensa en que su situación personal, incluyendo su salud y la necesidad de cuidado de un hijo menor, no justificaba la prisión preventiva. También cuestionó la proporcionalidad de la medida y solicitó su revocatoria.

Esteban C., implicado como funcionario del Cuerpo de Ingenieros del Ejército, argumentó que su detención se basaba en su pertenencia a una estructura jerarquizada y no en actos delictivos individuales.

Señaló que las conversaciones entre Mayra Salazar y tres militares, supuestamente vinculadas al caso, ocurrieron después de la emisión de la sentencia del 1 de noviembre de 2023, lo que, según él, demostraría la falta de justificación para su encarcelamiento.

Respuesta del Tribunal sobre la audiencia de apelación en el caso Purga

La Fiscalía respondió que los argumentos de la defensa no eran suficientes para revertir la medida de prisión preventiva. Subrayó que, en todos los casos, los elementos de convicción recogidos, como documentos, testimonios y pruebas periciales, apuntan a la participación activa de los acusados en actos que comprometen la administración de justicia.

La Fiscalía sostuvo que Ruth S., como colaboradora de estructuras delictivas organizadas, desempeñó un rol crucial al facilitar acciones judiciales en favor del grupo criminal, lo que representa un claro riesgo de obstrucción de la justicia si es liberada.

En el caso de José D., la Fiscalía destacó su participación en la resolución de recursos de apelación que beneficiaron a figuras clave de la organización criminal. Según la Fiscalía, José D. usó su posición de juez para manipular decisiones judiciales, afectando directamente la imparcialidad de los procesos. El tribunal coincidió con este planteamiento, concluyendo que la libertad del procesado pondría en riesgo la integridad del proceso penal.

Fundamentos jurídicos y análisis del tribunal

El tribunal analizó las alegaciones de los procesados y determinó que no existían fundamentos suficientes para revocar la prisión preventiva. Se concluyó que las medidas alternativas propuestas por la defensa no garantizan que los procesados no interfieran en el proceso judicial en curso.

En su análisis, los jueces tomaron en cuenta la existencia de una red de contactos entre los procesados y otros actores del sistema judicial. Esto, según el tribunal, podría facilitar la obstrucción del proceso penal. Además, el tribunal enfatizó la necesidad de mantener la medida de prisión preventiva para asegurar la comparecencia de los procesados en el juicio y evitar cualquier forma de fuga.

El juez Inga destacó que la prisión preventiva cumple con los criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad establecidos en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), y que su aplicación es adecuada dada la gravedad de los delitos investigados.

Asimismo, se mencionó que las acciones realizadas por los procesados, como la intervención en decisiones judiciales clave y la posible facilitación de actos delictivos, justifican la necesidad de mantenerlos detenidos.

Decisión final y consecuencias para los procesados

Tras evaluar todos los argumentos, el tribunal resolvió rechazar los recursos de apelación interpuestos por los defensores de los procesados. Por lo tanto, María Fabiola G., Guillermo B., Esteban C., José D., Jacqueline B., Silvia H., Susana B., y Ruth S. continuarán bajo prisión preventiva por el caso Purga.

El tribunal aclaró que la decisión es acorde con los principios de justicia y legalidad, y que solo se revisará en caso de que se presenten nuevos elementos que justifiquen la revisión de la medida cautelar.

La resolución del tribunal ratifica la medida para los implicados. Con ello se destacó que cualquier intento de flexibilizar las restricciones actuales podría comprometer el desarrollo normal del proceso judicial.


 


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