El Colectivo Cívico Cuencano, rechazando el nombramiento del actual director de la Comisión de Gestión Ambiental, Carlos Orellana Barros.
Los Concejales que el 7 de Enero del 2019, en sesión extraordinaria, al tratar el punto 5 del orden del día, resolvieron el cambio del uso del suelo, en el Área Protegida del Parque Nacional Cajas, junto a la laguna Illincocha:
Pisc. Gabriela Brito, Ing. Piscila Carrión, Econ. Martha Castro, Sra. Paola Flores, Dra. Narcisa Gordillo, Dra. Dora Ordoñez, Dr. Carlos Orellana, Sr. Raúl Ramón, Abg. María Augusta Rivera, Tnlg. Carolina Martínez, Ph. D. Cristian Zamora, Srta. Guissella Ochoa y Dr. Xavier Barrera. Quienes serán sancionados conforme al Art. 252 del Código Orgánico Integral Penal.
Vistos: Continuando con la sustanciación de la presente causa seguida por Mauro Kabir Montesinos González, por sus propios derechos y en representación del colectivo social “Cuencanos por el Cajas” ; Roberto David Fajardo Torres, por sus propios derechos y en representación del colectivo social “Cabildo por el Agua de Cuenca”; Franklin Buchelli García, por sus propios derechos y en representación de la Naturaleza, las generaciones presentes y futuras; y, José Cornelio Montesinos Calderón, por sus propios derechos y en representación del colectivo “Corporación Ecológica Tierra Viva”; en contra del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Cuenca, representado por el Alcalde Pedro Palacios Ullauri y el Procurador Sindico del GAD Municipal de Cuenca Mgtr. Juan Pedro Peralta Espinoza o quien ejerza este cargo; Empresa de Telecomunicaciones, Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Cuenca, ETAPA EP, representada legalmente por su gerente José Luis Espinoza Abad; Ministerio del Ambiente y Agua, representada por el señor Paulo Arturo Proaño Andrade, Ministro del Ambiente y Secretario del Agua (E.); Benemérito Cuerpo de Bomberos Voluntarios de la ciudad de Cuenca, representado por el Teniente Coronel Patricio Lucero Orellana; y, el Ing. Juan Fernando Torres Maldonado, Contratista adjudicado para la construcción de la “Estación de Bomberos en el sector Illincocha”, se dispone: 1.- Se acepta a trámite la presente demanda, teniéndose en cuenta el escrito con el que se completa el contenidos de la misma; por cumplir con lo previsto en el artículo 10 de la LOGJCC, consecuentemente se corre traslado con el contenido de la misma y con la documentación presentada, a las entidades y la persona particular demandadas.
EL OBSERVADOR
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