POR: ALFREDO ESPINOSA RODRÍGUEZ
Hace unos días causó polémica la investigación realizada por
diario El Universo sobre el contrato que mantiene,desde el 13 de mayo pasado,
la Superintendencia de Comunicación (Supercom) con las empresas de monitoreo:
Estadística y Servicios de Control Publicitario (Escopusa) e Información de
Medios (Infomedia). El objeto de dicho contrato, es la prestación de servicios
para el monitoreo de los medios de comunicación.
Para la Supercom, este tipo de medidas se enmarca en
legitimar y justificar su existencia como institución reguladora, además de
sancionar a los medios de comunicación que supuestamente incumplan con lo
establecido en la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) y su Reglamento.
Sin embargo, ¿es la Supercom la única institución que hace
uso de los servicios que ofrecen las empresas de monitoreo de medios?
Instituciones como el Banco Central del Ecuador y otras, también mantienen
contratos con Escopusa para el monitoreo de las noticias que generan y que son
publicadas por los medios de comunicación. Cabe mencionar que son las
instituciones contratantes del servicio las que presentan un temario a las
empresas de monitoreo para que estas den seguimiento semanal y mensual del
mismo. Por su parte, la empresa contratada presenta la lista de medios de
comunicación a los cuales tiene acceso, la mayoría son los principales medios
de comunicación de las capitales de provincia del país.
Adicionalmente, cuando la institución contratante lo
requiere, la empresa de monitoreo de medios puede dar seguimiento a temas
adicionales que serán presentados a través de informes especiales. Por ejemplo,
declaraciones de los actores políticos de oposición sobre la gestión de las
instituciones gubernamentales, o sobre quienes las dirigen. ¿Qué contienen
estos informes? Básicamente, el nombre del medio que publicó o difundió la
información; el titular de la noticia, entrevista, o artículo de opinión; el
link de descarga con el tiempo que duró la información (en el caso de los
medios audiovisuales), y la extensión (en el caso de los medios impresos);
también se presenta un breve extracto de la información.
Según lo mencionó diario El Universo, en referencia a lo
establecido en el contrato con Escopusa, esta empresa debe “almacenar,
clasificar, categorizar, parametrizar” la producción mediática que, tras ser
analizada, podría motivar “el desarrollo de procesos de investigación,
vigilancia, control y verificación de la información”, en el caso de que se
incumpla la Ley Orgánica de Comunicación . Sin embargo, aunque la empresa de
monitoreo pueda realizar el análisis de la información solicitada por la
institución, el mismo sería descontextualizado porque Escopusa, por citar un
ejemplo, simplemente presenta la información en bruto, y su categorización y
clasificación se circunscribe a las fechas de publicación y el tema. La
clasificación de actores coyunturales y estructurales e incluso el impacto que
puede tener la información en los medios de comunicación forma parte de los
“análisis” jurídico-comunicacionales de la Supercom, pues los mismos deben
estar apegados a la línea política dictada por quienes ostentan el poder.
A estas empresas de monitoreo se suman las denuncias de los
ciudadanos “independientes” que “representan”, o al menos dicen representar, a
la sociedad civil. Son ellos quienes hasta hace unos meses han cumplido el
papel de las empresas de monitoreo, ya que presentan denuncias en momentos
claves para la coyuntura política del país. Por ejemplo, en medio de la
recolección y verificación de firmas del Colectivo Yasunidos para viabilizar el
llamado a Consulta Popular y no explotar el crudo del Yasuní, la organización
Silueta X entró a formar parte de la opinión pública al denunciar a los
programas: Vivos, Mi Recinto, y la Pareja Feliz pordiscriminación, exclusión,
machismo, sexismo y racismo.
Ahora, cuatro medios de comunicación impresos son sentados en
el banquillo de los acusados porque los diarios El Comercio, La Hora, El
Universo y El Hoy, según Carlos Vera Quintana (denunciante), no difundieron “en
espacio suficiente y detalladamente” la visita del Presidente Correa a Chile.
Este argumento se enmarcaría en el Art. 18 de la Ley Orgánica de Comunicación
sobre la prohibición de censura previa.
Sin embargo, por fuera de los torcidos argumentos legalistas,
cabe preguntar ¿está normado en la Ley y su Reglamento el espacio que deben
otorgar los medios impresos y audiovisuales al Presidente? ¿Acaso las cadenas
nacionales, costosas y en amplia duración, no son las encargadas de informar a
lujo de detalle sobre las actividades del Mandatario? ¿Los medios de
comunicación públicos, privados y comunitarios, deben informar o hacer
propaganda política con la figura del Presidente? Los medios públicos ya hacen
esto, y lo complementan con el trabajo que realizan los medios gubernamentales
como El ciudadano, en cualquiera de sus formatos: impreso, radial o televisivo.
Finalmente, quedan algunas inquietudes sobre los temas
tratados. ¿Cuántas y cuáles son las instituciones del Estado que mantienen
contratos con empresas como Escopusa para monitoreo de medios?, ¿Desde cuándo
las instituciones del Estado mantiene contratos con empresas de monitoreo de
medios? ¿Qué temáticas y, sobre todo, qué actores políticos de oposición son
los que reciben mayor seguimiento en sus declaraciones?
De igual manera, es necesario develar los posibles vínculos
entre las organizaciones y personas denunciantes con el actual Gobierno, sus
funcionarios y el movimiento Alianza País. Esto va de la mano con sus
aspiraciones políticas. Recordemos que Diane Rodríguez fue candidata a
asambleísta por el movimiento Ruptura de los 25 para las elecciones de 2013.
Posteriormente, se conviertió en una aliada estratégica del Gobierno para
avalar el “discurso de derechos”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario