El panorama para el movimiento Unidad Popular (UP) se vuelve más complejo tras la reciente decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE). Este lunes, 30 de marzo de 2026, el Pleno del organismo resolvió negar el pedido de corrección interpuesto por Geovanni Atarihuana, director nacional de la agrupación, con el que buscaba revertir el inicio del proceso de cancelación de su personería jurídica.
La resolución se adoptó con los votos a favor de la presidenta del CNE, Diana Atamaint, y los consejeros María Cristina Kronfle y José Merino. El cuerpo colegiado se sustentó en un informe jurídico que determinó que la decisión original, emitida el pasado 26 de marzo, cumple con todos los requisitos de validez y no incurre en omisiones o falta de claridad que justifiquen una rectificación.
Los fundamentos del rechazo
Durante la sesión, la presidenta Diana Atamaint fue enfática al señalar que el organismo ha actuado bajo estrictos parámetros legales. Al emitir su voto, Atamaint defendió la integridad de la resolución recurrida: “Se ha determinado que la resolución es clara, completa, legítima y congruente; no es oscura y ha resuelto todos los puntos sometidos a su consideración. Por tal razón, no incurre en lo establecido en el artículo 241 del Código de la Democracia”, puntualizó.
El informe técnico-jurídico que sirvió de base para la negativa sostiene que Unidad Popular tuvo el tiempo y las garantías necesarias para ejercer su derecho a la defensa. Bajo esta premisa, el CNE ratifica que el proceso administrativo de eliminación del registro de organizaciones políticas sigue su curso legal.
Déficit de afiliados: el origen del conflicto
El expediente de cancelación contra Unidad Popular y el movimiento Construye se originó tras una auditoría interna del CNE que analizó el cumplimiento de los requisitos de permanencia. Según el Código de la Democracia, los movimientos nacionales deben mantener un número de afiliados o adherentes equivalente al 1.5% del Registro Electoral Nacional utilizado en la última elección pluripersonal.
En el caso específico de Unidad Popular, el informe técnico señala que la organización cuenta con poco más de 31 000 afiliados, una cifra que se encuentra por debajo del umbral mínimo exigido por la ley. Esta deficiencia numérica es el eje central sobre el cual el CNE fundamenta la posible extinción de la personería jurídica de la histórica Lista 2.
Próximos escenarios jurídicos
Tras la negativa de este recurso de corrección, a Unidad Popular le restan instancias de apelación ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE), órgano encargado de administrar justicia en última instancia en materia de derechos políticos.
Si el TCE llega a ratificar lo actuado por el CNE, el movimiento perdería su registro oficial, lo que le impediría presentar candidatos propios para los próximos comicios seccionales de noviembre de 2026. Por ahora, el movimiento liderado por Atarihuana se mantiene en sesión permanente para definir las acciones legales y de movilización que tomarán ante lo que consideran una “decisión política” que afecta la pluralidad democrática.
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