sábado, 18 de enero de 2025

 REPUBLICA DEL ECUADOR

Expediente No: 90001-2024-0616I
Quito, jueves 26 de diciembre de 2024
Dr./Ab.:
En el Expediente No. 90001-2024-0616I que sigue PRESIDENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DE AZUAY en contra de BALCAZAR CAMPOVERDE GONZALO LUIS, VASQUEZ ROJAS MARIA CECILIA, SANCHEZ SARMIENTO MARCELA PAZ, ALVARADO RIOS KARINA MARISOL, hay lo siguiente:
SUBDIRECCION NACIONAL DE CONTROL DISCIPLINARIO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA.- Quito, jueves 26 de diciembre de 2024, las 14h32.- Dentro del expediente de investigación No. INV-0616-SNCD-2024-AP, en mi calidad de Subdirector Nacional de Control Disciplinario (E), conforme consta de la acción de personal No. 2981- DNTH-2024-JG de 01 de agosto de 2024, dispongo lo siguiente:
PRIMERO.- Incorpórese el memorando No. CJ-SG-2024-2007-M (CJ-INT-2024-31271) de 24 de diciembre de 2024, suscrito electrónicamente por el magíster Marco Antonio Cárdenas Chum, Secretario General del Consejo de la Judicatura, mediante el cual dio a conocer lo siguiente: “(…) en la sesión extraordinaria No. 142-2024, de 23 de diciembre de 2024, conoció el informe motivado de investigación INV-0616-SNCD-2024-AP, emitido por la Subdirección Nacional de Control Disciplinario del Consejo de la Judicatura; y, resolvió por unanimidad:
I) Acoger la recomendación contenida en el informe motivado de investigación INV-0616- SNCD-2024-AP;
II) Disponer el inicio de un sumario disciplinario en contra de la ingeniera María Cecilia Vásquez Rojas, por sus actuaciones como Coordinadora de la Unidad de Talento Humano de la Dirección Provincial de Azuay del Consejo de la Judicatura, en ese
entonces, por cuanto habría incurrido en el cometimiento de la infracción disciplinaria tipificada y sancionada en el artículo 107 numeral 17 del Código Orgánico de la Función Judicial, por haber inobservado el artículo 9 del Reglamento para el Control de Asistencia de Personal, Reconocimiento de Horas Ordinarias y Suplementarias, que establece que los servidores de la Función Judicial deberán registrar cuatro marcaciones diarias en días
laborables. Para lo cual se remitirá copias certificadas del expediente investigativo a la Dirección Provincial de Azuay del Consejo de la Judicatura en el Ámbito Disciplinario, a fin
de que inicie el sumario correspondiente;
III) Archivar la presente investigación seguida en
contra del abogado Gonzalo Luis Balcázar Campoverde, por sus actuaciones como Director Provincial de Azuay del Consejo de la Judicatura, en ese entonces, por cuanto no existen elementos de convicción que conlleven a determinar el cometimiento de alguna infracción disciplinaria por parte del prenombrado servidor judicial; IV) Disponer a la Dirección Provincial de Azuay del Consejo de la Judicatura en el Ámbito Disciplinario, iniciar una investigación en contra de los servidores judiciales Sebastián Amoroso Andrade, Karina Magdalena Zea Vintimilla, Mónica Cecilia Ortega Paredes, María Angélica Flores Flores y Juan Fernando Larriva, por presumirse que realizaron las marcaciones de la jornada laboral
de la ingeniera María Cecilia Vásquez Rojas, Coordinadora de la Unidad de Talento Humano de la Dirección Provincial de Azuay del Consejo de la Judicatura, en ese entonces, en los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2024. (…)”. En tal virtud, se dispone que por Secretaría de esta Subdirección, se obtenga copias certificadas íntegras de las principales piezas procesales, a fin de que se dé cumplimiento a lo dispuesto en los ordinales II y lV, por el Pleno del Consejo de la Judicatura. Hecho, archívese el presente expediente investigativo. SEGUNDO.- Actúe la Secretaria Encargada de la Subdirección Nacional de Control.
Cúmplase y Notifíquese.- f).-CHRISTIAN FERNANDO
BERREZUETA PINEDA, SUBDIRECTOR NACIONAL DE CONTROL
DISCIPLINARIO (E).
Lo que comunico a usted para los fines de ley
MARÍA JOSÉ MONCAYO VILLAVICENCIO
SECRETARIA ENCARGADA DE LA SUBDIRECCION NACIONAL DE
CONTROL DISCIPLINARIO.

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