lunes, 20 de marzo de 2017

  
Derechos humanos: la herencia nefasta de Correa
Un estudio en materia de respeto a los derechos y garantías sostiene que, contrariamente a las declaraciones de la propaganda oficial, el Ecuador habría vivido una década pérdida en derechos humanos. El equipo investigador estuvo conformado por Luis Verdesoto, César Ulloa, Lotty Andrade, Lucía Valdivieso, Alfredo Espinosa y Ana Cristina Vera.
20 de marzo del 2017
REDACCIÓN PLAN V
Portada del informe presentado por la Plataforma por la Democracia y Derechos Humanos. 
La memoria sobre los derechos humanos en los últimos diez años en Ecuador tiene forma de libro. La Plataforma por la Defensa de la Democracia y de los Derechos Humanos (PDDHE) publicó en febrero pasado un texto de 468 páginas. “Democracia, DDHH e instituciones en Ecuador” es un recuento minucioso de, lo que llaman sus autores, ‘la década perdida’ en esta materia. Es un libro que revela el estado de salud de los derechos humanos en el país. Es una bitácora del paso a paso que ha dado el gobierno de Rafael Correa para intervenir, por ejemplo, en la justicia. Da orden a episodios quizá olvidados y lejanos tras una década del  mismo Régimen. Muchos de estos ni siquiera aparecen en una búsqueda de Google, ni en los archivos web de los periódicos nacionales. O si los hay están dispersos y fraccionados. De ahí que su valor como fuente de consulta académica y periodística aumenta.
En la elaboración del documento, dirigido por el cientista político Luis Verdesoto, participaron analistas y activistas como César Ulloa, Lotty Andrade, Lucía Valdivieso, Alfredo Espinosa y Ana Cristina Vera. El estudio está respaldado con marcos teóricos, casos, denuncias, informes internacionales, cifras, testimonios y entrevistas. Plan V presenta un repaso a los principales hallazgos de la primera parte del libro, que analiza cinco temas: independencia de la justicia, libertad de expresión, el derecho de asociación, la participación ciudadana y los derechos de las mujeres.
Las intervenciones de Correa en la justicia
Para entender lo que ha sucedido con la justicia en el Ecuador es necesario mirar al pasado. El texto afirma que existen tres hitos desde el regreso a la democracia: La intromisión del expresidente León Febres Cordero, la disputa por el sistema judicial en el gobierno de Lucio Gutiérrez y cuando el presidente Rafael Correa dijo que ‘iba a meter la mano en la justicia’. “Pese a que la actuación de cada mandatario presenta diferentes intensidades, sin embargo el daño realizado a la institucionalidad generó un pathdependencyo camino que va configurando esta anomalía como una regularidad en la vida democrática del Ecuador”.
En la Revolución Ciudadana, la historia comienza con la Constitución de Montecristi:
● 28 de septiembre de 2008. Tras la aprobación de la Constitución en esa fecha, la Corte Suprema de Justicia pasó a llamarse Corte Nacional de Justicia y redujo su número de magistrados de 31 a 21 por sorteo. Tras este hecho, la mayoría de los jueces renunció, quedándose solo cuatro en sus funciones y las demás plazas fueron cubiertas por conjueces.
● En el nuevo texto constitucional, el Legislativo perdió la facultad de nombrar a los magistrados de la Corte. Ahora son nombrados por el Consejo de la Judicatura, que a su vez es conformado por el Consejo de Participación Ciudadana, un órgano cuestionado por su cercanía al Ejecutivo.
● El 7 de mayo de 2011 se efectuó una consulta popular para reformar la Constitución. Es en este momento, recuerdan los autores, cuando el presidente Rafael Correa decidió “meter la mano en la justicia”, A través de este mecanismo se creó el Consejo de la Judicatura de Transición (CJT) integrado por tres personas afines al Gobierno. Este Consejo tenía el mandato de cambiar la justicia en 18 meses.
● El CJT, dice el libro, se convirtió en el ‘súper poder de la justicia’. Incluso la veeduría contrada por el Gobierno y dirigida por el juez español Baltasar Garzón, observó que en la selección de los operadores de justicia, sobre todo en la fase de entrevista, había una carga “tremendamente subjetiva”.
La partidización de la justicia, agrega el libro, se agudizó en la última década. Mas aún cuando el Gobierno gozó de amplia mayoría en la Asamblea y de otros poderes como la Función de Transparencia y Control Social. “Esto deviene en la concentración de poderes e, incluso, la literatura especializada habla del riesgo de pasar de una etapa de partidización de la justicia a otra de judicialización de la política, es decir el uso de la justicia para ir en contra de los enemigos al Gobierno”. Explica que esto viola los derechos humanos en lo que respecta a los aspectos civiles y políticos. Es un riesgo para el estado de derecho y el debido proceso.
Las cuatro raíces del árbol de la censura
Los autores sostienen que las victorias del Gobierno en consultas populares o plebiscitos para la aprobación de normativas terminaron afectando derechos como el de la libertad de expresión. Mecanismo que permitió afianzar la hegemonía de Alianza País y de Rafael Correa en el Estado. Se sostuvo “en el uso mediático y propagandístico que el gobierno otorga a la memoria política y económica del país antes del 2006”. Por ejemplo, la utilización de testimonios de ciudadanos afectados por la crisis de los años 98 y 99 es una de las estrategias. “De su parte, el presidente responde con una frase a los portadores de los testimonios que se mediatizan y a la ciudadanía que recibe el mensaje gubernamental: “¡El pasado no volverá!”; con lo cual se cierra una especie de pacto simbólico que intenta evidenciar en televidentes y radioescuchas, la reconciliación entre el Estado, la sociedad civil y los ciudadanos”.  Pero el documento señala que existen cuatro aspectos que han violado el derecho a la libertad de expresión en el Ecuador:
1. La creación de un sistema de censura
2. El uso del linchamiento mediático como estrategia gubernamental de amedrentamiento
3. La discriminación de la que son objeto medios de comunicación, periodistas, líderes de opinión y actores políticos críticos al régimen correísta
4. El uso de las agresiones verbales y psicológicas en contra de la pluralidad de voces que no comulgan con el gobierno
Estas situaciones se han desprendido o profundizado con la Ley de Comunicación, aprobada en junio de 2013. Una ley  “a la medida del Estado correísta”. “Tiene como finalidad el reafirmar el Estado de opinión y propaganda en el país, por ejemplo, en temas como la emisión de los informes presidenciales”. Un reporte de la Corporación Participación Ciudadana señaló que entre 2011 y 2014 la publicidad del Gobierno y sus instituciones alcanzó los 72.116 minutos, es decir 50 días seguidos al aire.
Pero uno de los principales señalamientos que tienen los autores a la Ley de Comunicación es su espíritu controlador de los contenidos por parte del Estado. Por eso la convierte en “un arma poderosa para cualquier gobierno, sin importar sus matices ideológicos”. Hasta el 19 de marzo, Fundamedios había contabilizado 480 sanciones a medios y periodistas desde la vigencia de la normativa. Los órganos de control y regulación como la Supercom y el Cordicom, creados bajo la ley, son otras instituciones que carecen de independencia, según sus detractores. Incluso los han llegado a considerar organismos de retaliación y hostigamiento a medios y periodistas críticos al régimen, recuerda el texto.
La segunda parte del libro reproduce los informes que 22 organizaciones enviaron al Examen Periódico Universal (EPU) al Ecuador que se realizará en mayo de este año. Allí constan sus preocupaciones y demandas en relación a los derechos del agua, pueblos indígenas, género, privacidad, libertad sindical, entre otros.
En este contexto, los enlaces ciudadanos merecen un análisis aparte. Los describen como “un reflejo de la psicopatología del gobernante”, donde el diálogo es nulo  y el culto a la personalidad del gobernante abunda. “En sus explicaciones hacia los asistentes simula una clase magistral de economía o política, el monopolio de la palabra correísta, posiciona a su interlocutor como dueño de la verdad y silencia la pluralidad de voces e ideologías a través del insulto”. Solo en el 2009, la Fundación Ethos registró más de 170 insultos.
El resultado de este escenario es un sistema de censura. Allí ingresa uno de los artículos más polémicos de la Ley de Comunicación, el 18, que dice: “La omisión deliberada y recurrente de la difusión de temas de interés público constituye un acto de censura previa”. Un caso ícono fue la multa de USD 3.540 a diario La Hora por no publicar el informe de labores del alcalde de Loja, Bolívar Castillo, afín al Régimen. La Supercom consideró que esa información era de interés público. Los lectores en rechazo a la sanción reclamaron con el hashtag #PropagandaNoEsNoticia. Pero el linchamiento mediático es otro artículo controversial. “Opera de dos formas en el contexto nacional. La primera como un mecanismo de sanción administrativa para los medios críticos al régimen; y la segunda como una herramienta gubernamental para desprestigiar a la oposición”.
Los decretos contra el derecho a la asociación
El Decreto 739 (antes Decreto 16) que busca regular a las organizaciones de la sociedad civil no es el único antecedente de control de las mismas. El libro regresa a 1998 cuando se expidió un primer decreto, el 339, con estos fines. Allí se estableció que “no son personas jurídicas las fundaciones o corporaciones que no se hayan establecido en virtud de una ley, o que no hayan sido aprobadas por el Presidente de la República”.
De ahí hubo otras regulaciones como los Decretos 3054 del 2001 que establece el reglamento para la aprobación, control y extinción de las organizaciones. Y aunque en la Constitución de 2008 reconoció el derecho de un ciudadano a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria (Art. 66 numeral 13), el Gobierno de Correa expidió el Decreto 16 en el 2013, luego reformado en el Decreto 739 (2015), para establecer un Registro Único de Organizaciones de la Sociedad Civil. Un sistema que aún no está al aire, pero sus causales de disolución han sido usadas para cerrar organizaciones como Pachamama o la Unión Nacional de Educadores (UNE). 

*Comunicados oficiales: Pachamama - UNE.
“Una de las características que tiene el proceso ecuatoriano en relación al derecho de asociación y el rol que cumplen organizaciones de la sociedad civil y movimientos sociales es que ha existido una marcada tendencia por parte de los gobierno de turno así como de los partidos políticos, de intentar controlar su ejercicio, buscando que esta se establezca como un nexo entre estos y el soporte social que estas requieren”, menciona el texto.
En Ecuador existen más de 1000 organizaciones inscritas en distintos ministerios. “Podemos afirmar que hoy en día el Estado ha asumido la misma estrategia de control sobre las ONG características de la historia del Ecuador, intentando limitar su accionar y por ende la injerencia que tiene sobre el espacio público”. Los autores remarcan su preocupación pues el rol de las organizaciones de la sociedad civil es ser veedor de las acciones del Estado con el objetivo de fortalecer la democracia. “Se convierte en un elemento vital en situaciones donde el Estado intenta acaparar y desarrollar procesos de manera aislada, sin que los distintos actores sean reconocidos”.
La participación ciudadana entre la burocracia y la criminalización
La participación ciudadana se convirtió en una ‘superestructura burocrática’. Así sintetizan los autores la situación de este derecho en el Ecuador. En concreto se refieren al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) creado en la Constitución de 2008. Sus funciones son controlar, vigilar y regular la participación, combatir la corrupción y designar autoridades.
“Democracia, DDHH e instituciones en Ecuador” fue lanzado en febrero pasado. El próximo 28 de marzo habrá un conversatorio sobre el mismo en el campus Granados de la Universidad de las Américas, a las 17:30.
Pero sus detractores lo conciben como un órgano más al servicio del Ejecutivo y sus concursos para la selección de las nuevas autoridades han sido muy cuestionados. El más reciente fue el del contralor Carlos Pólit, quien fue reelegido por un tercer periodo de 5 años más en medio de críticas a su gestión.
Pero un ente cuestionado por su independencia no es el único eslabón contra la participación. Otro tema preocupante en estos últimos 10 años ha sido la criminalización de la protesta social. “El Estado ecuatoriano ha sido observado por el Comité (de DDHH de la ONU), debido a la criminalización de la protesta, que si bien es un tema que puede ser abordado desde el ámbito jurídico, no deja de afectar las libertades de participación y de reunión pacífica como contempla el Pacto de Derechos Civiles y Políticos y otros instrumentos internacionales de Derechos Humanos”.
La Constitución garantiza el derecho a la resistencia, es decir manifestarse en contra de situaciones que vulneren derechos. Pero, según recuerdan los autores, el mismo presidente Rafael Correa ha cuestionado públicamente este figura: “cómo me arrepiento haber cedido (sic)” en referencia a incluir este derecho en la Carta Magna.
El análisis lleva a concluir que incluso el Código Integral Penal (COIP) ha servido para limitar la resistencia por la vía jurídica. “Lo cual trae consigo que los sujeto entren en un estado de silencio, evitando entonces la posibilidad de ejercer un derecho y por ende cambiar las condiciones sociales que se han generado, limitando su participación no solo en el espacio público, sino en la vida política del país”. Los autores recuerdan que Ecuador ya fue observado  por las figuras de sabotaje y terrorismo para sancionar a manifestantes. El Comité de DDHH de la ONU manifestó su preocupación por no haber recibido información sobre el número de personas acusadas de este delito. 
Aborto y los 10 retrocesos en derechos de la mujer
En la última década, los derechos de las mujeres registran más retrocesos que avances. La activista Ana Cristina Vera menciona en este capítulo al menos 10 situaciones:
1. Debilitamiento y desestructuración del mecanismo para el adelanto de las mujeres
2. La falta de existencia de presupuestos prioritarios para la defensa y protección de los
derechos de las mujeres o para la implementación de políticas con enfoques
de género
3. El patrón de división sexual de trabajo impide la inserción laboral y ciudadana de las mujeres en condiciones de igualdad
4. El trabajo no remunerado y no mercantil sigue siendo responsabilidad absoluta de las mujeres
5. La garantía constitucional del Estado y la ética laica no se implementan
6. Existe una fuerte restricción de libertades y garantías
7. Se promueve la violencia política y la criminalización de líderes y lideresas sociales
8. Se limita el derecho a la asociación
9. Se promueve la violencia simbólica y los imaginarios patriarcales; se promueve la presencia de mujeres en cargos de decisión en donde prima una figura femenina subordinada
10. Existe un retroceso en la legislación, en materia de violencia, derechos sexuales y derechos reproductivos, maternidad gratuita, personas privadas de libertad, priorizándose la aplicación de las políticas y las leyes homogeneizadoras y carentes de enfoque de derechos
Pero de dentro de todos estos aspecto, la cara más cruel quizá está en el aborto. Impedir su acceso “es negar la ciudadanía de las mujeres y promover la tortura” es el título del acápite en el libro. Allí la autora explica que “la penalización del aborto implica la negación a las mujeres de la libertad más básica que constituye a las personas como tales”. Están expuestas, por ejemplo, a que sean denunciadas por sus médicos. La autora cita una encuesta de la Federación Ecuatoriana de Sociedades de Ginecología y Obstetricia, en la que 14 de 21 dijeron haber denunciado sus pacientes “si tienen la sospecha que se han inducido un aborto”. También relata la siguiente situación: “Expedientes de siete casos en la costa y sierra del Ecuador indican que con el solo testimonio del personal médico se judicializa a las mujeres, contraviniendo lo establecido en la Constitución Ecuatoriana; Una lectura de los expedientes también demuestra que las mujeres fueron interrogadas por la Policía sin la presencia de un abogado. Es más, inmediatamente después de este interrogatorio y aún sin defensa, se solicita la custodia legal de dichas mujeres”.

En el Ecuador, el aborto es legal solo cuando la mujer violada padece una discapacidad mental . Negar el aborto en casos violencia sexual es otra forma de tortura, según la autora. Y más en un país donde 6 de cada mujeres han sufrido algún tipo de violencia. “Esta norma es discriminatoria en dos sentido pues, por un lado, impide acceder a abortos legales al 99% de las mujeres en edad fértil violadas, lo cual de acuerdo a Juan Mendez (Mendez, 2013), Relator contra la Tortura, constituye una forma de tortura, trato cruel, inhumano y degradante; y por otros la normativa lleva implícita una discriminación por condición de salud contra las mujeres con discapacidad mental a quienes se les permite el aborto por no ser consideradas como “aptas para tener hijos e hijas””. La autora recuerda que varios estudios establecen que alrededor del 10 al 15% de las mujeres que fueron violadas resultan embarazadas. Además cita que el aborto no especificado es la quinta causa de muerte materna.

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