lunes, 27 de mayo de 2019

LA MANO DE VINICIO ALVARADO EN POSORJA

El papel de Alvarado, hoy también investigado por movimientos “inusuales” e injustificados en sus cuentas bancarias.
El papel de Vinicio Alvarado Espinel, fue crucial para la adjudicación del contrato del puerto de Posorja a la empresa DP World. El hombre fuerte del correísmo, estuvo al frente del Comité Interinstitucional de Asociaciones Público–Privadas, un órgano creado en diciembre de 2015, que tenía como objetivo la aprobación de los proyectos públicos y la aplicación del régimen de incentivos tributarios. Y fue justamente este comité el que autorizó adjudicar el proyecto de forma directa (sin licitación) a favor de una empresa privada violando la normativa.
LA MANO DE VINICIO ALVARADO EN POSORJA
El pasado 12 de marzo la fiscal Ruth Palacios dispuso la apertura de una investigación previa en contra del expresidente Rafael Correa, del exsecretario jurídico de la Presidencia Alexis Mera, del exsecretario nacional de la Administración Pública Vinicio Alvarado y otras 21 personas por el delito de tráfico de influencias en la concesión del Puerto de Aguas Profundas de Posorja a la empresa DP World (DPW).
Completan la lista de investigados Paola Carvajal, Vicente Peralta, Miguel Paredes, Walter Solís, Tania Castro, Boris Palacios, Francisco Donoso, Santiago León, Patricio Rivera, Juan Carlos Tarré, Xavier Vera, Lucía León, Juan Marchán, Víctor Villalba, Juan Jairala, Roberto Dunn, Hugo Lituma, Mery Fierro, Michael Andrew Bentley, María Isabel Noboa y Adolfo Salcedo.
La investigación fiscal inició con la denuncia penal presentada por Carlos Figueroa (excandidato al CPCCS) y los abogados Ramiro García y Luis Fernández.
La acusación señala que hubo irregularidades en la entrega de la concesión a 50 años e identifica los delitos de peculado, enriquecimiento ilícito, cohecho, concusión, tráfico de influencias, testaferrismo, enriquecimiento privado no justificado, defraudación tributaria, lavado de activos, falsificación de firmas y asociación ilícita.
La Fiscalía solicitó información a la Secretaría Jurídica de la Presidencia sobre los funcionarios que participaron en las negociaciones, también a la Autoridad Portuaria de Guayaquil sobre la propuesta de iniciativa privada presentada por DPW.
La lista de investigados la encabezan Correa, Mera y Alvarado. Como presidente, Correa emitió el decreto 1060, que autorizó la construcción del puerto de aguas profundas de Posorja y obras afines. Mera, al frente de la Secretaría Jurídica de la Presidencia, sugirió que la contratación debía ser directa y Vinicio Alvarado, como presidente del Comité Interinstitucional de Asociaciones Público Privadas, del poder Ejecutivo, autorizó que el proyecto se desarrollase bajo la modalidad público-privada.
El papel de Alvarado, hoy también investigado por movimientos “inusuales” e injustificados en sus cuentas bancarias, fue crucial para la adjudicación a DPW, pues estuvo al frente del Comité Interinstitucional de Asociaciones Público–Privadas, un órgano de la función ejecutiva (encargado de coordinación y articulación de políticas, lineamientos y regulaciones vinculados a las asociaciones público-privadas), creado en diciembre de 2015, bajo el artículo 4 de la Ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Público-Privadas, que tenía como objetivo la aprobación de los proyectos públicos y la aplicación del régimen de incentivos tributarios previstos en esta Ley.
El artículo 6 de esa misma Ley establece que una de las atribuciones del Comité es aprobar los proyectos que se desarrollarán bajo la modalidad de asociación público privada.
Es decir, Alvarado tenía el poder para decidir si los proyectos, planteados por las entidades privadas que querían hacer negocios con el Estado, tenían carácter público y si estos debían o no desarrollarse bajo la modalidad de asociación público privada.
A 2015, el Comité Interinstitucional de Asociaciones Público–Privadas estaba conformado por Vinicio Alvarado Espinel, presidente, Patricio Rivera Yánez, ministro Coordinador de Política Económica, Adolfo Salcedo Glukstadt, delegado de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, Senplades, y Santiago León Abad, secretario Técnico.
El 26 de mayo de 2016, la Subsecretaría de Puertos y Transporte Marítimos y Fluviales, del Ministerio de Transporte, remitió al Comité Interinstitucional un oficio en el que autorizaba a la Autoridad Portuaria de Guayaquil (APG) continuar con el proceso de delegación al tiempo que indicaba que “los incentivos previstos en la Ley Orgánica de Incentivos son esenciales para el proyecto”.
Cinco días después, el 31 de mayo de 2016, la Autoridad Portuaria de Guayaquil pedía a Vinicio Alvarado aprueba la modalidad de asociación público privada y los incentivos tributarios al proyecto del puerto de Posorja.
El 1 de junio de 2016, Santiago León Abad, secretario Técnico del Comité le dijo a Alvarado que “luego de cotejar las conclusiones” de los informes técnico económico financiero y jurídico es “procedente” la petición de la Autoridad Portuaria de Guayaquil pues existe “la base constitucional, legal y reglamentaria suficientes para determinar que el proyecto (puerto de Posorja) es una asociación pública privada y, por lo tanto, le son aplicables los incentivos y beneficios de la Ley Orgánica de Incentivos a las Asociaciones Público Privadas, aun cuando el proceso se inició previo a la vigencia de la Ley”.
León recomendó al Comité Interinstitucional aprobar la modalidad de asociación público privada para que se desarrolle la construcción del puerto y la aplicación de los incentivos tributarios.
Finalmente, el 2 de junio de 2016, Alvarado Espinel, Patricio Rivera Yánez, Adolfo Salcedo Glukstadt y Santiago León Abad, secretario Técnico del Comité, aprobaron (resolución No. CIAPP-R-006-JUNIO-2016) la modalidad de asociación pública privada y la aplicación de los incentivos tributarios ( Art. 9.3 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario, art. 125 del Código Orgánico de la Producción Comercio e Inversiones, Copci, y art. 159.1 de la Ley Reformatoria de la Ley para la equidad Tributaria del Ecuador)  al proyecto del Puerto de Posorja.
El artículo 9.3 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario dispone que las sociedades que se estructuren en Ecuador para ejecutar proyectos públicos en asociación privada gozarán de la exoneración del impuesto a la renta durante 10 años. El artículo 159.1 por su parte, establece que esas empresas no pagarán impuesto a la salida de divisas y el artículo 125 propone que las importaciones relacionadas con la ejecución del proyecto gocen de los mismos beneficios que goza la entidad delegante.
Este trámite terminó de allanar el camino para que DP World pudiese adjudicarse directamente el contrato: pues el Comité Interinstitucional era el organismo que debía certificar que la construcción del puerto, y la empresa oferente, reunían las características de un proyecto público y por tanto debía permitírsele que se desarrolle bajo la modalidad público-privada.
Cuatro días después de la resolución del Comité, el 6 de junio de 2016, Jorge Vera Armijos, gerente de la Autoridad Portuaria de Guayaquil, el Sultan Ahmad Sultan Bin Sulayem, de DP World Posorja S.A., Michael Andrew Bentley, de la compañía DP World Investments B. V., firmaron el contrato para la construcción y mantenimiento del puerto de Posorja, la construcción de un canal de navegación de acceso hasta Posorja y la carretera que une Playas y Posorja, vía El Morro.
Esto, a pesar de que el origen de DP World Investments B.V. es holandés y que el tercer inciso del artículo 100 del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI), señala que la delegación podrá hacerse de forma directa cuando se trata de empresas de propiedad estatal de los países que formen parte de la comunidad internacional.
Guido Ferretti, exgerente de la APG, afirmó que “DP World Investment B.V. no habría justificado su calidad de ser una empresa de propiedad estatal o pública”, además señaló que la empresa no estaría facultada para la ejecución de obras públicas y la prestación de servicios públicos extranjeros.

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