martes, 10 de julio de 2018

Bautizo en fuego

  en Columnistas/La Info/Las Ideas  por 
Esta expresión se usa cuando alguien se inicia en una tarea peligrosa o arriesgada, este ha sido precisamente el caso del Consejo de la Judicatura encargado. A tres días de su posesión, en su decisión 002, y cuando aún estaba pendiente que uno de sus miembros se incorpore a este cuerpo colegiado, tomaron la decisión de reemplazar a todos los fiscales provinciales del país. La decisión del Consejo de la Judicatura dio por terminada la prórroga de los fiscales cuyo periodo efectivamente había culminado meses atrás y resolvió designar en estos cargos, de manera temporal, a los fiscales de la categoría 3 de la carrera y que consten en la Resolución 375 de 2015.  La decisión provocó tal cantidad de críticas que apenas unos días después, en su decisión 005, el Consejo dio marcha atrás y cambió a 8 de los 23 designados. Al día de hoy se conoce que no todos estos últimos aceptarían los encargos, por lo que el Consejo tendrá pronto que hacer un nuevo cambio para asegurar que todas las provincias cuenten con el primer personero de la Fiscalía.
Estoy convencida de que en esta decisión, convertida en el primer traspié del Consejo de la Judicatura encargado, no hay mala fe, ni tampoco responde a la intención de poner a determinada persona o personas en las fiscalías provinciales; sin embargo, es la muestra de que para la monumental tarea que les espera, no serán suficientes las buenas intenciones. La administración de justicia ecuatoriana requiere cambios profundos, pero tendrán que ser también cambios muy cuidadosos para asegurar los resultados. Luego de años de gestiones cuestionadas (la de Jalkh, la de Rodríguez y añadiría la de Cevallos incluso antes de la “metida de manos”) el nuevo Consejo se enfrenta a una estructura diseñada por y para esas reglas, que por cierto, siguen todas vigentes. Me atrevo a decir que la única receta adecuada es no generalizar: ni todos quienes integran hoy la administración de justicia son operadores del régimen anterior; ni todos los sancionados en estos años son unas víctimas de la arbitrariedad. Cada caso deberá ser evaluado con los criterios de mayor objetividad posible.
¿Qué hacer entonces con una estructura que responde a otra lógica y con un encargo sin plazo cierto? El Consejo de la Judicatura encargado debería contestar globalmente estas preguntas antes de tomar decisiones radicales, ¿cuáles son sus objetivos inmediatos y de mediano plazo? ¿qué tipo de reforma impulsarán y cuáles serán los asuntos a privilegiar? ¿se enfocarán en devolver el protagonismo a la administración de justicia y ajustar el Consejo a su papel auxiliar y administrativo o pretenden reclamar para sí un papel protagónico en una renovada función judicial?.
Sea cual sea la respuesta, el Consejo de la Judicatura encargado no empieza desde cero. Existen informes y análisis de expertos nacionales internacionales, hay en el país una historia de avances y retrocesos respecto de la independencia y la “transformación” de la justicia, existen estándares internacionales sobre los criterios a cumplir para dotar a jueces y operadores de la independencia que requieren para cumplir su trabajo. Tarea dura pero de gran relevancia, el Consejo encargado tiene la oportunidad de dejar sentadas las bases de un nuevo proceso de reforma que acuse recibo de las graves debilidades de esta época.

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