martes, 10 de julio de 2018

Niñez: la batalla invisible
Varias ideologías han tratado de generar la percepción unánime que la presencia sostenida de los dos padres en la vida de sus hijos es contraria a los logros de ciertas doctrinas radicales a las que se puede calificar de para-feministas. En ese sentido, convendría "borrar al padre" como estrategia para contrarrestar un sistema especulativo al que se le ha dado el apelativo de "patriarcado" (concepto que por cierto nadie puede definir con claridad).
10 de julio del 2018
POR: Andrés Ortiz Lemos
Escritor y académico.
El contacto de los niños con sus dos padres luego de una separación es indispen-sable para cubrir sus derechos humanos básicos".
El Estado, y su laberinto de instituciones ambiguas, ha jugado un papel insignificante frente al procesamiento de temas concernientes a los Derechos Humanos. Tampoco han hecho mucho por hacerlos visibles. Las sistematizaciones más recientes al mencionado ámbito, en nuestro país, han sido redactados por organizaciones civiles como la Comisión Ecuménica de DDHH; o por espacios académicos como el Programa Andino de Derechos Humanos. Sin embargo, mientras es cierto que los trabajos de estos espacios mantienen el patrón aceptado comúnmente para referirse a las experiencias en que las acciones u omisiones del Estado han lacerado la dignidad humana, sorprende la ausencia sostenida del que es, sin ninguna duda, el proceso sistemático de violación de derechos humanos más severo que ha acontecido en nuestro país en los últimos diez años: la obstrucción de vínculos parentales.
Conviene recordar que el Comité de los Derechos del Niño considera que las responsabilidades parentales compartidas suelen ir en beneficio del interés superior del niño. Mientras la Declaración de los Derechos del Niño propuesta por la ONU en 1959 garantiza en su principio seis que el niño tiene derecho a "crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres". Por lo tanto, la obstrucción de vínculos parentales, como ya se mencionó, debe ser considerada, una clara violación a los intereses elementales de los menores. No quedan dudas.
Los niños no son los únicos receptores de este tipo de violencia. Las condiciones discriminatorias hacia los padres y las madres obstruidos violan directamente el primer principio de la Carta de San Francisco, la cual plantea en su artículo dos y ocho:   "…toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales".  Mientras el artículo dieciséis plantea que: "los hombres y las mujeres… disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio". Por lo tanto, el trato discriminatorio que se da a los padres y madres sin custodia desde las instituciones estatales y los operadores de justicia debe necesariamente ser considerada una violación a los Derechos Humanos. No hay duda.
La dimensión del problema excede con mucho la de otras temáticas, incluyendo los casos de abusos estatales hacia las organizaciones sociales, situación que, por cierto, ha ocurrido de forma dadivosa, durante el represivo Gobierno de la Revolución ciudadana. Sin embargo, ni el eEtado ni la sociedad civil parecen haber reparado en la gravedad de este fenómeno. En efecto, según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INEC (2017) entre el 2006 y 2016, los divorcios subieron 83,45%, pasando de 13.981 (2006) a 25.468 (2016). Por lo tanto, se debe aclarar que el tema que se pretende abordar no incumbe únicamente a una minoría específica sino a toda la estructura social. Según el INEC (2017) referido al año 2016, apenas el 3,5% de los divorcios tuvieron que ver con temas relativos a la violencia doméstica. En ese sentido, los procesos sistemáticos de obstrucción del contacto, de los hijos y sus padres sin custodia (facilitado y promovido por normas y políticas institucionales), con uno de los padres debería ser sacado a la luz.
Actualmente el marco legal, procedimental, las políticas públicas y los discursos de activismos civiles (estos últimos financiados desde ONGs específicas) mantienen una especie de discurso anónimo según el cual, se anima a facilitar el alejamiento del padre divorciado de sus hijos luego de una separación. En efecto, varias ideologías han tratado de generar la percepción unánime que la presencia sostenida de los dos padres en la vida de sus hijos es contraria a los logros de ciertas doctrinas radicales a las que se puede calificar de para-feministas. En ese sentido, convendría "borrar al padre" como estrategia para contrarrestar un sistema especulativo al que se le ha dado  el apelativo de "patriarcado" (concepto que por cierto nadie puede definir con claridad).
Sin embargo, según prácticamente todos los estudios académicos serios, la presencia sostenida de los dos progenitores luego de una separación es necesaria para la salud integral de los niños. Ibañes Valverde (2004), realiza una interesante compilación de referencias al respecto de este tema.  Se menciona a Joan B. Kelly (2000), quien concluye que los menores en contextos de custodia compartida  “expresan niveles más altos de satisfacción con la custodia conjunta que en situaciones de custodia exclusiva”; además, en referencia  la adaptación de los niños dice que, en general, los adolescentes aparecieron mejor adaptados que aquellos que estaban en custodia  materna exclusiva”. En cuanto a la satisfacción parental la autora señala que los  progenitores que comparten la custodia expresan más satisfacción que los que  que ostentan custodia exclusiva; mientras que en relación al conflicto interparental sus datos apuntan en la dirección de los progenitores con custodia conjunta (tanto  legal como física) presentaban una comunicación cooperativa mayor, aunque no  diferían en el nivel de discordia con los de custodia exclusiva, es decir, la custodia  compartida no parece disminuir ni incrementar el conflicto, pero si permitir  mayores niveles de comunicación.
Por otro lado  (Wallerstein y Kelly, 1991) plantearon que “Resulta irónico, y a la vez interesante, que hayamos sometido la  custodia compartida a un nivel e intensidad de vigilancia que nunca se ejerció en  relación con el régimen tradicionalmente adoptado tras el divorcio (custodia  legal y física para la madre y visitas durante dos fines de semana al mes para el padre). Los conocimientos teóricos...deberían haber alertado a los profesionales de la salud mental acerca de las potenciales consecuencias inmediatas y a largo plazo que tendrá para el niño el hecho de ver a uno de sus padres solamente cuatro días cada mes...”
También ha de mencionarse el  informe de 1995 de la  División 16 [Psicología Escolar] de la American Psychological Association  (APA) ante la Comisión EEUU de Bienestar Infantil y Familiar que afirmaba, en  resumen, que “La investigación revisada permite concluir que la custodia compartida se asocia con ciertos efectos favorables en los niños”, concluyendo  con la  “Necesidad de mejorar las políticas para reducir el vigente enfoque  contencioso... Se recomienda incrementar la mediación, la custodia conjunta y los programas de educación parental”.
Uno de los trabajos más exhaustivos sobre la adaptación de los hijos de familias separadas o divorciadas a las diferentes situaciones de custodia, ha sido propuesto por  Bauserman ( 2002), quien afirma que  los niños en situación de custodia compartida aparecen mejor adaptados,  a lo largo de múltiples tipos de medida, que los niños en custodia exclusiva  (fundamentalmente materna).
Frente a lo mencionado no queda ninguna duda que el contacto de los niños con sus dos padres luego de una separación es indispensable para cubrir sus derechos humanos básicos. Los estudios en este tema, en nuestro país, son incipientes, y están inaugurándose. En todo caso si le interesa saber más sobre el tema le planteo una invitación: Acompáñeme este miércoles 11 de julio, a las 18:30, pues presentaré un libro dedicado exclusivamente a estos asuntos. La cita tendrá lugar en la Asamblea Nacional, en el salón José Mejía Lequerica, llamado también Salón de la Libertad. Si quiere formar parte de una nueva perspectiva en beneficio de los derechos de los niños o debatir en torno al tema, le pido que nos acompañe.  El libro lleva por título Cuando Nos Volvamos a Ver.

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