miércoles, 25 de abril de 2018

CIDH expresa preocupación por muerto en el contexto de las protestas de Nicaragua

24 de de abril de, 2018

Washington, DC - La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena la muerte de al menos 25 personas en un contexto de represión de las protestas contra los planes para reformar el sistema de seguridad social en Nicaragua.

Sobre la base de los informes de la Comisión ha tenido acceso a estos hechos dejaron al menos 25 muertos, decenas de periodistas heridos y lesionados. Por otra parte, cuatro canales de televisión que estaban informando sobre las protestas fueron sacados del aire siguiendo las órdenes del gobierno. El 21 de abril, el periodista Miguel Ángel Gahona fue asesinada con un disparo en la cabeza mientras se transmitirá en vivo por medios de comunicación social protestas del día en Bluefields, una ciudad en la región autónoma del Sur Costa Caribe. Gahona informa, trabajó para el programa de noticias de El Meridiano. los medios de comunicación controlados por el Gobierno informó de que una investigación oficial se había iniciado en la represión de las manifestaciones y la muerte de al menos 30 personas, entre ellas un oficial de policía. El gobierno justificó las acciones policiales como autodefensa contra los grupos que se agitaban a la violencia.

La CIDH y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión se les dijo que al menos cuatro canales privados de televisión fueron sacados del aire a medida que informaron sobre las protestas. Sobre la base de los informes disponibles, se cree que el Instituto de Telecomunicaciones de Nicaragua (Telecor) haber ordenado redes de televisión por suscripción para tomar la señal para los canales 15, 12, 23 y 100% Noticias fuera del aire. La señal para dos de esos canales desde entonces ha sido restaurada. Miguel Mora, director del 100% Noticias, denunció que el gobierno le había pedido que no cubra las protestas y amenazado con cerrar la señal si no ha cumplido, que es lo que finalmente sucedió.

La CIDH y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de estrés que los Estados tienen que actuar en base a la legalidad de las protestas o manifestaciones públicas y asumir que no son una amenaza para el orden público. Directamente reprimiendo y deteniendo arbitrariamente a manifestantes es incompatible con el derecho de esas personas a expresar pacíficamente sus puntos de vista. El hecho de que algunos grupos o individuos ejercen la violencia durante una manifestación per se no hacen que toda protesta violenta, y no garantiza las acciones de las fuerzas de seguridad para dispersar a los manifestantes utilizando la fuerza o para llevar a cabo detenciones indiscriminadas.

Las operaciones de seguridad deben planificarse con protocolos claros que garanticen el uso adecuado, gradual y proporcional de las armas no letales y promover el diálogo. Atacando a periodistas y destruir o confiscar equipos de cualquier persona que cubre este tipo de eventos viola la libertad de expresión, tanto individual como colectivamente. Del mismo modo, una orden de las autoridades a tomar canales de televisión fuera del aire sería, de confirmarse, será una forma de censura y un atentado contra el derecho de la sociedad a estar informada acerca de los eventos que son altamente relevantes para la opinión pública.

La CIDH hace un llamado a las autoridades que investiguen rápidamente ya fondo acciones de la policía durante las protestas e imponer las sanciones necesarias. Además, la Comisión insta al Estado a garantizar el cumplimiento estricto de los principios generales de legalidad, excepcionalidad, proporcionalidad y necesidad absoluta en la utilización de la fuerza en el contexto de las protestas sociales. Asimismo, la CIDH considera importante para las autoridades que hagan una contribución decisiva a la construcción de un entorno marcado por la tolerancia y el respeto, donde todas las personas puedan expresar sus pensamientos y opiniones sin temor a enfrentarse a la agresión, multas o el estigma como resultado.

Después de las protestas, el gobierno anunció que iba a retirar su propuesta de reforma del sistema de pensiones. La CIDH valora esta decisión y pone de relieve la importancia de abrir espacios de diálogo inclusivo, participativo con la población en su conjunto. Dado el impacto que la reforma del sistema de seguridad social podría tener sobre el disfrute de varios derechos humanos, los planes deben tener en cuenta no sólo el punto de vista económico o financiero, pero sobre todo una perspectiva de los derechos humanos. La Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y (DESCA) pone de manifiesto que la participación y el acceso a la información son, junto con los principios de igualdad y no discriminación, consustancial al derecho a la seguridad social, especialmente en lo que respecta decisiones potencialmente regresiva fabricación.

La CIDH y la DESCA recordar al Estado de Nicaragua que, de acuerdo con el Protocolo de San Salvador que Nicaragua ratificó en 2010, el goce y ejercicio de los derechos establecidos en dicho tratado sólo podrán ser restringidas o limitadas por medio de leyes promulgadas con el fin de preservar el bienestar general en una sociedad democrática, y sólo en la medida en que tales restricciones y limitaciones no son incompatibles con el propósito y la razón que subyace a esos derechos. Un decreto presidencial no es un medio adecuado para llevar a cabo la reforma cuando dicha reforma implica un retroceso en los avances que Nicaragua ya ha realizado en cumplimiento de sus obligaciones con respecto a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.

La CIDH solicitará formalmente el consentimiento del Estado para llevar a cabo una visita de trabajo a Nicaragua.

Un órgano principal y autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), la CIDH cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en esta área. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que son elegidos a título personal por la Asamblea General de la OEA y que no representan sus países de origen o residencia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario