Áreas (des) protegidas, bolsillos engordados
18 de julio de 2025
“Al apropiarse de la Naturaleza el capital también expropia comunidades humanas, para los cuales el material apropiado y los entornos contaminados constituyen su hábitat, su medio de vida y la base material de su reproducción”.
Con una brutal avalancha de leyes, que parece configurarían en la práctica una “constituyente exprés”, el régimen de Daniel Noboa arrolla la Constitución. En pocas semanas se han aprobado cuatro leyes de urgencia económica. No se trata necesariamente de leyes que tenga el carácter de urgente y tampoco todas las reformas son económicas. En concreto, sin un debate parlamentario serio, se irrespeta de forma burda inclusive la unidad de materia exigida en un ámbito legislativo como este.La
“Ley orgánica de recuperación de áreas protegidas y promoción del desarrollo local”, es una de esas leyes. Con ella se introdujeron reformas en seis cuerpos legales, que no necesariamente tienen relación directa con la materia tratada. También, sin serlo, se la calificó de urgencia, ubicándola como parte de un proyecto de explotación económica de dichas áreas, con el fin de impulsar la reactivación de la economía, dicen. Para lograrlo se alienta la iniciativa privada, como parte de la batería de estrategias empresariales que desatan los capitales nacionales y también extranjeros emempeñados incluso en disolver elementos clave de la economía popular y solidaria, como la transformación de cooperativas en bancos privados de la “Ley de Integridad Pública”.
Para justificar la ley de las áreas protegidas se despliega, una vez más, el gran telón de fondo que enmarca la gestión gubernamental: el combate al crimen organizado, en concreto a las actividades delictivas, como la minería y pesca ilegales, la caza furtiva, el tráfico de especies exóticas y la tala indiscriminada. Y se completa este paquete privatizador, dorando la píldora con un lenguaje de protección ambiental, aduciendo la necesidad de financiamiento independiente, que coadyuve a la conservación adecuada de las áreas naturales protegidas, que cubren un 20% del territorio nacional. Para lograrlo se configuran las condiciones para que este “activo” ambiental atraiga inversión nacional y extranjera, en actividades, como el turismo, que generarían nuevos empleos, según reza la propaganda gubernamental. Se impulsa, por igual, la valoración y la retribución de los servicios ambientales. Todo con el fin de conservar el patrimonio natural, afirman. Hasta aquí, en síntesis, el bla-bla-bla gubernamental.
Las motivaciones proteccionistas del ambiente se desvanecen frente a la práctica. Para mencionar apenas un tema, son preocupantes los avances de proyectos mineros en fuentes de agua, páramos, humedales, bosques protectores y selvas con ecosistemas frágiles. Todo con una permanente inobservancia de la Constitución e inclusive de las consultas populares, como sucede con el Proyecto Minero Loma Larga (Quimsacocha) en la provincia del Azuay. El capital sigue engullendo a la Naturaleza a un ritmo demencial y ahora más aún cobijado en soluciones de mercado. Así, los capitalistas que lucraron destruyendo la Naturaleza, pretenden seguir acumulando diciendo que la protegen…
Recordemos que la Constitución de Montecristi, en su artículo 405, ordena la protección del patrimonio territorial, poniendo énfasis en las áreas protegidas; protección que incluye la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones de los ecosistemas. La rectoría y la regulación es ejercida por el Estado, que fomentará su cuidado y su gestión con la participación de las comunidades, sobre todo de pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente muchas de esas áreas. Ir en contra de esta disposición constitucional permitiría que la cultura comunitaria sea violentada con prácticas empresariales depredadoras e individualizantes.
El problema de fondo radica, en la incompatibilidad de la explotación económica de dichas áreas naturales con su conservación. Se impulsa la concesión -eufemismo de privatización- a proyectos privados movidos por el lucro, los que, además, podrán contar con la seguridad de la fuerza pública, con lo que se amplían las posibilidades para ampliar la criminalización de quienes defienden sus territorios. Es más, el procedimiento contractual, que se definirá vía reglamento y otras normas secundarias, como se ha comprobado repetidas veces, no garantiza necesariamente transparencia.
En concreto las violaciones a la Constitución son múltiples. Algunas ya son una realidad y otras vendrán en la medida que se vaya desarrollando la ley. Ya se irrespetó abiertamente el derecho que tienen comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas para que se les consulte antes de aprobar una ley que afecte sus derechos colectivos (artículo 57,17). Se minimiza aún más el derecho a la consulta previa, libre e informada para los pueblos indígenas (artículo 57,7), así como a la consulta ambiental (artículo 398), las que, en la práctica, no han pasado de ser simples socializaciones. Se atropella la prohibición de apropiación de los servicios ambientales (artículo 74); norma constitucional ratificada en la consulta popular del 5 de febrero del 2023. Se establece la posibilidad de que inversionistas extranjeros obtengan concesiones en áreas protegidas, textualmente prohibido en el artículo 405. Y es muy probable que, a la postre, se permitan actividades extractivas de recursos no renovables, como son las plantaciones forestales, en dichas áreas.
Para cerrar este apretado análisis, concluyamos que con esta ley se alienta mercantilizar aún más la Naturaleza, donde se reproduce y realiza la vida. Es decir, se abre aún más la puerta a sistemáticas violaciones de los Derechos de la Naturaleza, cuya vigencia cubre el territorio nacional y no solo las áreas protegidas. Entendamos, de una vez por todas, que la Pacha Mama tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, así como de su
estructura, sus funciones y sus procesos evolutivos, tal como dispone el artículo 71 de la Constitución. Mandato constitucional incumplido, en tanto se priorice el ciclo del capital, insostenible ecológica y por supuesto también socialmente. –
[*] Economista ecuatoriano. Presidente de la Asamblea Constituyente del Ecuador (2007-2008).
No hay comentarios:
Publicar un comentario