martes, 9 de febrero de 2021

 

Así se enriqueció Rafael Correa (*)

   en Conexiones4P/Elenfoque  por 

Por OSVALDO HURTADO
Ex presidente de la República

El presidente Rafael Correa no era el gobernante apropiado para liderar una reforma judicial que elevara la moralidad, independencia y calidad de la Justicia, pues, en un juicio que incoó contra una institución bancaria, se había valido de la elevada dignidad que ostentaba para conseguir una sentencia que lo enriqueció indebidamente.

A fines del siglo pasado, el Banco La Previsora, lo había demandado por no haber pagado una pequeña factura de su tarjeta de crédito. Diez años después de haber sido declarada su mora, y cuatro días antes de asumir la presidencia, presentó una demanda por daño moral contra el Banco del Pichincha (adquirente de la cartera en la que constaba dicha obligación), aduciendo que había afectado su honra, al haberle colocado en la Central de Riesgos como deudor moroso. El juez de carrera que se aprestaba a dictar sentencia (Alfredo Grijalva) fue intempestivamente reemplazado por un juez temporal (Fabricio Segovia), que ordenó el pago de los cinco millones de dólares reclamados por Correa. Una vez emitido el fallo dejó el juzgado y fue repuesto el juez principal. Esta cuantiosa indemnización fue reducida a 300 000 dólares por el tribunal de segunda instancia y elevada a 600 000 dólares en el juicio de casación que conoció la Corte Nacional de Justicia.

Fueron graves, manifiestas y escandalosas las irregularidades que acompañaron a este proceso judicial.

Correa no demandó al banco acreedor cuando sufrió el supuesto agravio y esperó a ser elegido presidente para hacerlo. Había aceptado la validez de la deuda impaga, pues la abonó al Banco Pichincha, años después de haber sido notificado con la mora. Para justificar esta voluntaria cancelación alegó que había sido pagada por su secretaria sin su consentimiento, argucia que no pudo probar en el proceso. A las audiencias de un juicio de interés personal acudió acompañado del asesor jurídico de la Presidencia, edecanes, policías y guardaespaldas, con el evidente propósito de intimidar a los jueces. El juez Segovia, que le otorgó la millonaria primera indemnización, fue usado por el Gobierno en otros procesos en los que procedió en forma parecida.

Los magistrados de tercera instancia, que en la Corte Nacional de Justicia duplicaron la indemnización, cambiaron la sentencia apelada, a pesar de que en un juicio de casación el juez no puede modificarla y solo debe pronunciarse sobre su legalidad. Uno de sus autores (Carlos Ramírez), fue seleccionado para integrar la nueva Corte Nacional de Justicia y luego nombrado su presidente. La indemnización de 600 000 dólares que se le otorgó a Correa fue muchísimo más alta que la habitualmente concedida a los perjudicados en casos análogos. El abogado que le patrocinó en el proceso judicial (Galo Chiriboga) posteriormente fue designado fiscal general.

El ya presidente en ejercicio no pagó impuesto a la renta por los 600 000 dólares de la indemnización recibida (valor estimado en 200 000 dólares), aduciendo que había sido eximido de hacerlo por el director del Servicio de Rentas Internas Carlos Marx Carrasco. Cuando a este funcionario los periodistas le pidieron que exhibiera los documentos que acreditaban dicha consulta, y su respuesta, dijo que ambas habían sido hechas verbalmente, a pesar del Código Tributario disponer que tanto las consultas como las contestaciones de la autoridad debían hacerse por escrito. Carrasco, para favorecer al presidente, de cuya autoridad dependía, violó la Ley de Régimen Tributario. El artículo 2 dice que deben pagar impuesto a la renta “los ingresos de fuente ecuatoriana obtenidos a título gratuito o a título oneroso”. En los ingresos exonerados del pago del impuesto a la renta, enumerados en el artículo 9, no constan como exentas las indemnizaciones que los contribuyentes reciban en las demandas por daño moral.

Preguntado por los periodistas sobre el destino que daría a la abultada suma, impúdicamente recibida, Correa dijo: “veremos si la damos a los pobres o compramos la sede de Alianza país”. No hizo lo uno ni lo otro. La usó para comprarse un apartamento en Bruselas por un valor de 331 000 dólares y el saldo, inicialmente depositado en un banco nacional, lo transfirió a un banco extranjero. (Berenberg Bank de Alemania según el diario El Universo). Antes había dicho que quienes enviaban capitales nacionales al exterior eran la “antipatria”, porque al hacerlo estaban “contribuyendo al desarrollo de los (países) explotadores”.

(*) Acápite extraído del tercer capítulo de la tercera parte del libro Dictaduras del siglo XXI: Venezuela, Bolivia, Nicaragua y Ecuador, que a principios de marzo publicará Penguin Random House en el sello Debate.

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