Al haberse demostrado en una audiencia de juzgamiento que duró 25 días la materialidad de la infracción y la responsabilidad de los 21 procesados dentro del caso Metástasis, el fiscal general subrogante, Wilson Toainga, solicitó al Tribunal de Juicio la Corte Nacional de Justicia (CNJ) que defina la pena máxima de cárcel para el líder y los colaboradores de la “empresa criminal” investigada bajo el delito de delincuencia organizada.

El pedido se realizó la tarde de este martes, 19 de noviembre, en la parte final de la exposición de los alegatos de clausura presentada por Toainga. La audiencia de juzgamiento en el caso Metástasis se lleva ante los jueces nacionales Mercedes Caicedo (ponente), Marco Rodríguez y Pablo Loaiza.

Para el único de los líderes de la organización criminal investigada que llegó a la etapa de juzgamiento, Xavier Alexander N. A., alias Novi Novita, la Fiscalía solicitó que se declare su culpabilidad como autor directo del delito de delincuencia organizada y se le imponga el máximo de la pena determinada en el primer inciso del artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), esto es la pena privativa de libertad de diez años.

Mientras que para los procesados ubicados como colaboradores, entre ellos Wilman Terán, expresidente del Consejo de la Judicatura (CJ) y exjuez de la CNJ, alias Diablo; el general en servicio pasivo Pablo R., exdirector del Servicio Nacional de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI), y 18 personas más, el fiscal general subrogante pidió que se los declare culpables y se les imponga el máximo de la pena determinada en el segundo inciso del artículo 369 del COIP, es decir, la pena de cárcel de siete años.

Por haber cometido acciones de colaboración en el delito de delincuencia organizada también estaban en la lista los exjueces del Guayas Ronald G., alias Momia; Johann M., alias JM; Carlos Z., alias Presi; los abogados en libre ejercicio César A., Kevin P. y Sofía G.; los exfiscales Víctor Hugo A. y María José A.; la exguía penitenciaria Pilar G.; la colombiana Claudia G., excomisionada de Pacificación de las Cárceles; los expolicías Eddin Alexander I., Armando Heriberto R., Ángel L., Fernando G. y Doris O. F.; el funcionario judicial Jhon Fernando C. y los ciudadanos Eduardo R. y Braulio M.

QUITO (19-11-2024).- En la Corte Nacional de Justicia se realizó el día 25 de la audiencia de juzgamiento en el caso Metástasis. Intervención del fiscal Wilson Toainga. Foto: Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO. Foto: Carlos Granja Medranda

En el caso de los exfuncionarios públicos Wilman Terán, Ronald G., Johann M., María José A., Carlos Z., Jhon C., Víctor Hugo A., Doris Soraya O., Armando Heriberto R., Ángel Danilo L., Fernando Andrés G., Eddin Alexander I., Pablo R. y Katherine Pilar G., el fiscal Wilson Toainga solicitó a la Sala de Juzgamiento que sume a los siete años de pena máxima la gravante determinada en el numeral 19 del artículo 47 del COIP, es decir, que al momento de cometer el delito procesado eran servidores públicos.

Sumada la agravante, la pena sugerida para Terán y los otros trece hoy exfuncionarios públicos llegaría a los nueve años y cuatro meses de prisión.

En relación a la multa, la Fiscalía dijo que pedía para el líder de la organización procesado lo determinado en el numeral 9 del artículo 70 del COIP, es decir, que se disponga el pago de 40 salarios básicos unificados (SBU) del trabajador en general, esto es la suma de $ 18.400. Para los 20 colaboradores se pidió una multa que alcanza los $ 9.200 o lo que significan 20 SBU.

Fiscalía asegura que en el caso Metástasis ha probado la participación de los 21 acusados por delincuencia organizada

Un total de 18 jornadas de audiencia y la presentación de 33 peritos testigos y 73 pruebas documentales le sirvieron al fiscal general subrogante, Wilson Toainga, para probar que los 21 procesados que llegaron a la etapa de juicio en el caso Metástasis ejecutaron una serie de conductas propias de una delincuencia organizada tipificada en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), inciso primero para los líderes e inciso segundo para los colaboradores.

Dentro de la acusación de Fiscalía se habla de que los 21 enjuiciados fueron parte de una “empresa criminal” que estuvo al mando del narcotraficante Leandro Norero y que tuvo como fin manipular la justicia para obtener fallos favorables y beneficios penitenciarios.

Sobre la reparación integral:

QUITO (13-11-2024).- El abogado en libre ejercicio Xavier Alexander N. A., alias ‘Novi’ o ‘Novita’, es acusado por la Fiscalía como líder de la organización criminal existente en el caso Metástasis. Foto: Carlos Granja Medranda / EL UNIVERSO. Foto: Carlos Granja Medranda

En relación con los daños y perjuicios ocasionados, el fiscal Toainga solicitó que en la sentencia se condene, en calidad de reparación integral material a favor del Estado ecuatoriano, a Xavier N. A., como miembro de la cúpula criminal, al pago de $ 36.800, cantidad equivalente al duplo considerado por concepto de multa. En cuanto a los colaboradores, la suma sería de $ 18.400, equivalente al duplo considerado por concepto de multa.

Adicionalmente, explicó Toainga a la Sala de Juzgamiento que se deberán considerar los siguientes valores identificados como recibidos por los procesos dados: a Xavier Alexander N. A. la suma de $ 104.000; a Wilman Terán, $ 10.000; a Ronald G. C., $ 300.000; a Fernando Andrés G. A., $ 1.000; a Eddin Alexander I. C., $ 1.500; a Pablo Efraín R. E., $ 200.000; a Katherine Pilar G. A., $ 14.000; a Kevin Alexander P. V., $ 105.000, y a Sofía Nathalie G. M., $ 2.000.

“Para el efecto, solicito que se mantenga la medida de prohibición de enajenar de los bienes que tengan los acusados en su nombre y la retención de los fondos que mantenga el sistema financiero nacional por los montos solicitados en esta audiencia”, anotó Toainga.

 El narcotraficante Leandro Norero, alias ‘el Patrón’, figura ausente pero gravitante en el juzgamiento del caso Metástasis

Reparación inmaterial a la víctima:

Como forma de reparación inmaterial se pidió la publicación y difusión de la sentencia que declara la culpabilidad de los acusados en las páginas web de la Fiscalía General del Estado, del Consejo de la Judicatura, de la Corte Nacional de Justicia, del Ministerio del Interior, del SNAI y de la Policía Nacional del Ecuador.

También la publicación y difusión de la parte resolutiva de la sentencia que declara la culpabilidad en un medio de comunicación masiva sea escrito, radial y televisivo en difusión a nivel nacional durante tres días consecutivos y las disculpas públicas de los sentenciados ante el juez de ejecución en la fecha y hora que se señale.

Sobre las penas accesorias:

De conformidad con el artículo 65 del COIP, al existir en este caso relación directa con el ejercicio de la profesión o cargo público de las personas sentenciadas, el fiscal general subrogante solicitó que se inhabilite a los sentenciados que actuaron como funcionarios públicos por el tiempo determinado para este tipo penal, esto es nueve años y cuatro meses de prisión.

Adicionalmente, se pidió que se imponga la pena accesoria determinada en el inciso segundo del artículo 68 del COIP, esto es la pérdida de derechos de participación por 25 años. (I)