lunes, 4 de agosto de 2025
Dentro de la Ciudad de los Muertos de Sudán
Al entrar en Jartum a principios de abril, pocos días después de que el ejército sudanés expulsara a las fuerzas rebeldes y pusiera fin a su ocupación de casi dos años, el fotoperiodista Giles Clarke se encontró con un vacío inquietante. Kilómetro tras kilómetro, pasó junto a los restos calcinados de camiones cisterna y vehículos acribillados, retorcidos en formas extrañas, sin nadie a la vista. Tras semanas de espera para acceder, Clarke ansiaba documentar las secuelas de los brutales combates en la capital de Sudán, hasta que se topó con el olor en las afueras. "Recuerdo conducir por este páramo, y entonces abrí la ventanilla y casi me dan arcadas", recuerda. "El hedor insoportable de la muerte". Dentro de la ciudad destrozada, túmulos excavados a toda prisa bordeaban las calles y los cuerpos de los combatientes rebeldes cubrían el suelo.
A la sombra de las guerras en Ucrania y Gaza, la guerra civil de Sudán se prolonga a un coste devastador. Desde que estallaron los combates en abril de 2023 en Jartum entre el ejército y las Fuerzas de Apoyo Rápido (FAR), un grupo paramilitar, más de 150.000 personas han muerto y 12 millones han sido desplazadas (unos cuatro millones son refugiados fuera del país). Clarke recorrió campamentos de refugiados y fue uno de los pocos periodistas extranjeros que capturó la destrucción en torno a la capital, lo que él llama "el infierno posconflicto, prelimpieza". En dos viajes de ocho semanas, fotografió a familias desesperadas que recogían ayuda, a niños con desnutrición y el paisaje infernal de Jartum, una ciudad antaño bulliciosa de siete millones de habitantes, ahora habitada por "soldados exhaustos y unos pocos civiles extremadamente cansados".
Y luego están las tumbas. Durante meses de feroz guerra urbana, marcada por bombardeos aéreos y tiroteos continuos, miles de personas perecieron. Incapaces de llegar a los cementerios, los residentes asediados enterraron a sus seres queridos en parques, patios, dondequiera que encontraran espacio libre. En el lugar de una fosa común junto a la carretera, a Clarke le dijeron: «Probablemente hay tres o cuatro personas debajo de cada túmulo, y no habían tenido tiempo de revisarlas todas». Las autoridades también han descubierto fosas comunes en los alrededores de la capital y del estado de Jartum, algunas cerca de antiguas bases de las Fuerzas de Seguridad Revolucionarias (RSF), donde se encontraron pruebas de tortura y hambruna.
El 19 de julio, el primer ministro de Sudán, Kamil Idris, realizó su primera visita a Jartum desde que asumió el poder en mayo, comprometiéndose a reconstruir. Las crudas imágenes de Clarke muestran lo increíblemente difícil que será restaurar la capital. "La ciudad está completamente inhabitable", afirma. "No hay servicios, ni agua, ni electricidad". Hospitales, escuelas y ministerios gubernamentales están en ruinas, barrios enteros "arrasados hasta los huesos" por los saqueadores de las Fuerzas de Seguridad Revolucionarias (RSF). La destrucción del patrimonio cultural de Jartum se ve agravada por la pérdida de archivos judiciales y civiles: certificados de nacimiento y matrimonio, títulos de propiedad. Apenas quedan registros de la vida antes de la guerra. "Todo lo hicimos sobre el papel", le dijo un juez de primera instancia a Clarke en Puerto Sudán, la capital temporal.
Las personas que regresan poco a poco a Jartum y quienes se encuentran varados en los campamentos de socorro cuentan con aún menos para aliviar su difícil situación. Sudán es un vasto país donde la hambruna se agrava y 30 millones de personas, o la mitad de la población, necesitan asistencia, la mayor crisis humanitaria del mundo. USAID proporcionó casi la mitad de la ayuda humanitaria mundial el año pasado a Sudán —un salvavidas para los hambrientos y enfermos— y la decisión de la administración Trump en enero de recortar drásticamente la financiación de la agencia está teniendo un impacto mortal que Clarke compara con "una maldita ola sísmica". A falta de comedores populares y medicamentos, la desnutrición infantil severa está aumentando y la gente muere de enfermedades tratables a medida que las enfermedades se propagan sin control.
Mientras tanto, los combates se han intensificado al sur de la capital, en la región de Kordofán, rica en petróleo y estratégicamente vital. Las imágenes satelitales confirman que las Fuerzas de Defensa de Sudán (RSF), acusadas de genocidio por Estados Unidos (y respaldadas por los Emiratos Árabes Unidos y fuerzas mercenarias), han arrasado varias aldeas en las últimas semanas, incluyendo una masacre el 12 de julio, una de las más mortíferas registradas en el conflicto, en la que murieron más de 200 personas en Shaq al-Noum. Los ataques aéreos del gobierno también han matado civiles. «Quien controle el petróleo prácticamente tiene la sartén por el mango», afirma Clarke, quien planea regresar a Sudán en los próximos meses. «La guerra está lejos de terminar; simplemente se ha trasladado».
Texto de Jason Motlagh
Fotos de Giles Clarke / Avaaz
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domingo, 3 de agosto de 2025
LA LEY ORGÁNICA DE INTEGRIDAD PÚBLICA
Contradice lo que dispone el artículo 136 de la Constitución de la República Con esta ley se reforman inconstitucionalmente 20 cuerpos legales de distinta materia o, mejor dicho, a 20 leyes de la República que se enmarcan en una realidad concreta, contradiciendo lo que dispone el artículo 136 de la carta magna, el mismo que determina, que los proyectos de ley deben referirse a sola materia1 . Las leyes que se reforman son las siguientes: 1) Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. 2) Ley Orgánica de Servicio Público. 3) Código Orgánico Monetario y Financiero. 4) Código Orgánico Integral Penal. 5) Código de la Niñez y Adolescencia. 6) Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado. 7) Ley Orgánica de Solidaridad Nacional. 8) Código Orgánico General de Procesos -COGEP. 9) Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación. 10) Código Orgánico Administrativo. 11) Ley Orgánica de Empresas Públicas. 12) Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria. 13) Ley de Creación de la Universidad de Seguridad Ciudadana y Ciencias Policiales. 14) Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. 15) Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo. 16) Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. 17) Código Tributario. 18) Código Orgánico de la Función Judicial. 19) Ley Orgánica de Movilidad Humana. 20) Ley Orgánica de la Función Legislativa.
Este tipo de legislación, de carácter sui géneris, responde a las concepciones ideológicas de los grupos de poder económico, interesados en privatizar los bienes y servicios públicos más rentables que están en poder del Estado. Esta ley tiene el mismo sentido de aquellas reformas que se impulsaron en gobiernos anteriores, de pensamiento neoliberal, como sucedió con la “Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestaciones de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada” que se puso en vigencia a fines de 1993 (RO 349, 31 -dic- 1993); con la Ley para la Transformación Económica del Ecuador (Trole I), con la que se reformaron diez leyes de distinta materia (RO-S 34-mar-2000); con la Ley para la Promoción de la Inversión y la Participación Ciudadana (Trole II) con la que se reformaron 31 leyes de distinta materia (RO-S 144: 18-ago-2000). 1 Constitución de la República del Ecuador (CRE). “Art. 136.- Los proyectos de ley deberán referirse a una sola materia y serán presentados a la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional con la suficiente exposición de motivos, el articulado que se proponga y la expresión clara de los artículos que con la nueva ley se derogarían o se reformarían.
Si el proyecto no reúne estos requisitos no se tramitará”. 2 Estos unos ejemplos de tantas otras leyes inconstitucionales que se han aprobado en el presente siglo, impregnadas de nombres rimbombantes, ampulosos, crematísticos que, para lo único que han servido, es para des -institucionalizar al Estado, para llevarlo al país a un mayor caos, miseria y violencia como lo que está ocurriendo en la actualidad. Se trata de reformas parche, hechas al apuro por tecnocracias, vinculadas al Banco Mundial y al Fondo Monetario Internacional, con las cuales se ha desorganizado la administración pública y se ha des -institucionalizado la estructura orgánica funcional del Estado. “En río revuelto ganancia de pescadores”.
Con la reforma a la Ley Sector Público se abre el camino para subir la edad de jubilación a 65 años. Si bien es cierto, en este caso se dice, para aquellos servidores que “requieran retirarse voluntariamente del servicio público, se les podrá aceptar su petición y se les reconocerá un estímulo y compensación económica, de conformidad con lo determinado en esta Ley”, pero con el tiempo, seguramente, más temprano que tarde, querrán subir de manera obligatoria la edad de jubilación, a los 65 años. Hay que estar atentos. El artículo 81 de la mencionada ley, dispone lo siguiente: “(…) A las servidoras y servidores de carrera que, a partir de los sesenta y cinco (65) años, cumplan los requisitos establecidos en las leyes de la seguridad social para la jubilación y requieran retirarse voluntariamente del servicio público, se les podrá aceptar su petición y se les reconocerá un estímulo y compensación económica, de conformidad con lo determinado en esta Ley. Las servidoras y servidores, a los setenta (70) años de edad de carrera, que cumplan los requisitos establecidos en las leyes de la seguridad social para la jubilación, obligatoriamente tendrán que retirarse del servicio público y cesarán en su puesto. Percibirán una compensación conforme a esta Ley.
Se exceptúan a las servidoras y servidores que se dediquen a la docencia universitaria, quienes podrán continuar en el servicio público hasta los setenta y cinco (75) años de edad (…). El monto de la indemnización, por supresión de partidas del personal de las instituciones, entidades y organismos determinados en el artículo 3 de esta Ley, será definido en el Reglamento de esta Ley”. No se reforman las leyes de Seguridad Social, ni la del BIESS. Al respecto cabe aclarar, que, en el ordenamiento jurídico del país no existen las “leyes de la seguridad social para la jubilación” como se menciona en la reforma de la Ley del Sector Público, lo que existe en el marco jurídico del país, es la “Ley de Seguridad Social”, publicada el 30 de noviembre de 2001 (RO-S 465. 30 -nov-2001).
Henry Llanes Suárez Presidente Frente Nacional por un Nuevo IESS Quito, D.M., jueves 3 de julio de 2025
