VISTOS: La sentenciada Maritza Alexandra Quintanilla Zamora, interpone recurso de
Apelación de la sentencia por escrito dictada por la señora Jueza de la Unidad Judicial
Especializada de Tránsito con sede en el Cantón Cuenca, Ab. Ximena Alvarado Jarrín, en
fecha 1 de marzo del 2026, a las 03h30, en la cual: “...declaró la CULPABILIDAD de
MARITZA ALEXANDRA QUINTANILLA ZAMORA, con número de cédula de ciudadanía
0103686077, ecuatoriana, mayor de edad, como infractora y responsable de la
Contravención de tránsito tipificada y sancionada en el Art. 385.3 del Código Orgánico
Integral Penal, esto es, por conducir el vehículo EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ,
imponiéndole la pena de TREINTA DÍAS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, pena que la
cumplirá en el Centro de Privación de la Libertad de infractores de Tránsito Mujeres de esta
Ciudad de Cuenca-
OCTAVO.- La prueba legalmente actuada ha establecido el nexo causal entre la infracción y
el contraventor, la misma que es ajustada a derecho y ha sido valorada conforme a los criterios
descritos en el Art. 457 del Código Orgánico Integral Penal, sin que se haya demostrado que
se encuentre en los supuestos del Art. 76. 4 de la Constitución de la República, por lo tanto la
prueba es lícita con plena eficacia probatoria, demostrando más allá de toda duda razonable, la
existencia de la infracción, la responsabilidad y culpabilidad de la contraventora Maritza
Alexandra Quintanilla Zamora, enervando su estado de inocencia, por lo que esta Sala
Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito Penal de la Corte Provincial
de Justicia del Azuay , “ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DEL PUEBLO
SOBERANO DEL ECUADOR Y POR AUTORIDAD DE LA CONSTITUCIÓN Y LEYES DE
LA REPÚBLICA” rechazan el recurso de apelación interpuesto por Maritza Alexandra
Quintanilla Zamora, y se confirma la sentencia condenatoria venida en grado en todas sus
partes. Con el ejecutorial devuélvase la causa al Juzgado de Origen para los fines de ley. Las
disposiciones constitucionales y legales se encuentran desarrolladas a lo largo de esta
sentencia. Cúmplase y Notifíquese.
OCHOA CHACON JENNY MONSERRATH
JUEZA(PONENTE)
VAZQUEZ MORENO JULIA ELENA
JUEZ
LOPEZ QUIZHPI JUAN CARLOS
JUEZ