domingo, 21 de diciembre de 2025

 

🚨FE$TÍN EN PETROECUADOR|Con la venia del Consejo de la Judicatura presidido por MARIO GODOY, al no cumplir una sentencia de la Corte Constitucional que le dispuso al iniciar procesos disciplinarios e incluso ser procesados por PREVARICATO, unos jueces de Esmeraldas vuelven a incurrir en orden de pago millonario DIRECTO a 4 ex trabajadores que ya recibieron sus liquidaciones, sin pasar por el contencioso. ✍🏾 Esta chauchita es de $2 MILLONES de perjuicio al Estado y se desarrolla así: ✍️ Hemos verificado la información y efectivamente, en el juicio No. 08308202400492, nuevamente en #Atacames el juez multicompetente acepta una acción de protección, ya saben: ‘administrando justicia en nombre del Pueblo soberano (cojudo) del Ecuador…’ en contra de , pero esta apela de la sentencia. ✍🏾 Hasta aquí puede pasar, pero lo grave es que, una vez en la Corte Provincial, extrañamente, Petroecuador DESISTE DEL RECURSO quedando en firme la sentencia del inferior. ✍🏾 Adivinen de quién vino la orden de desistir del recurso de apelación y de pagar directamente esos 2 milloncitos? ✍🏾 SI, del Dr. JOSÉ CARLOS GARCIA CEVALLOS, ex colaborador de Godoy y socio del estudio jurídico “INVICTUS” de propiedad de la Dra. DOLORES VINTIMILLA cónyuge del presidente de la judicatura. ✍🏾 Esta orden se basa en informes truchos generados por funcionarios subordinados relacionados, de la estatal petrolera, con el rimbombante nombre de, léanlo bien, el “dimen$ionamiento de los efecto$” de seguir con el recurso de apelación, pues los 4 reintegrados se estaban portando bien en la misma área jurídica y había que premiarles además con cerca de medio millón a cada uno, a pesar que antes ya habían cobrado sus justas liquidaciones. ✍🏾 Hasta aquí entiendo que todavía habrá dudas, respecto del caso, y se pensará, que son abogadazos los que patrocinaron este milagro judicial (algunos de alma corrupta me dirán envidioso) y preguntarán ¿y qué tiene que ver el Consejo de la Judicatura? ✍🏻 Pues resulta que en este tipo de actuaciones para los jueces constitucionales en acciones de protección, en casos análogos en contra del Estado, el aceptarlas y ordenar pago directo, les están prohibidas expresamente por la sentencia No. 2038-23-EP dictada el 21 de noviembre de 2024, en la que la CC resolvió un caso IDENTICO a la acción de protección presentada por los referidos 4 funcionarios, y en la que incluso establece una regla jurisprudencial de obligatorio cumplimiento, y además ordenó la devolución de más de 15 millones a los ex trabajadores y abogados, así como su investigación por PREVARICATO a los jueces y otros delitos en y sanción de destitución por error inexcusable a los jueces por parte del Consejo de la Judicatura, lo cual debió cumplir GODOY, pero NO lo hizo y más bien por el contrario en este nuevo proceso en el que utilizan el mismo modus operandi proscrito por la CC, intervienen orondos varios de los mismos personajes incluidos jueces que debieron ser sancionados. ✍🏾 Como corolario de este negocio; es decir, “juicio” el juez de Atacames no remite aún la sentencia a la CC como es su obligación y claro, ya entenderán el porque. ✍🏻 LA CORTE CONSTITUCIONAL debe solicitar dicha sentencia, seleccionarla y además abrir la fase de seguimiento y verificación del cumplimento respecto del Consejo de la Judicatura y de Mario Godoy, para que aplique las medidas correctivas como en otros casos lo ha hecho. ✍🏻 FISCALÍA debería abrir una investigación con los respectivos allanamientos por delincuencia organizada y peculado, o sino seguir cohonestando con estos fe$tiñes y persiguiendo a los que denunciamos. Nota: la información e imágenes utilizadas para este post son públicas…👇🏿👇🏻 #IndependenciaJudicial #NOaLaCorrupción #RenunciaGodoy

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