𝐂𝐚𝐬𝐨 𝐕𝐢𝐝𝐫𝐢𝐨 𝐋𝐢𝐛𝐫𝐞: 𝐄𝐱𝐚𝐠𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐟𝐢𝐬𝐜𝐚𝐥 𝐲 𝐨𝐭𝐫𝐚𝐬 𝟒 𝐩𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚𝐬 𝐬𝐨𝐧 𝐩𝐫𝐨𝐜𝐞𝐬𝐚𝐝𝐚𝐬 𝐩𝐨𝐫 𝐚𝐬𝐨𝐜𝐢𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐢𝐥𝐢́𝐜𝐢𝐭𝐚

El Juez de la causa dictó prohibición de ausentarse del país y presentaciones periódicas a Anabel T., Víctor Hugo A., Cristhian P. y Edison L. En el caso de Wilman T., no se dispieron medidas cautelares debido a su situación jurídica.
El fiscal general del Estado (s), Wilson Toainga, quien intervino en la audiencia, señaló que esta causa investiga a exfuncionarios públicos y abogados en libre ejercicio, quienes se habrían asociado con el objetivo de lograr la liberación ilegítima del exvicepresidente de la República, Jorge G., evadiendo la acción de la justicia.
Como parte del plan, Wilman T. habría mantenido reuniones con el entonces juez Emerson C. en el domicilio de la exjueza Anabel T., donde le solicitó que emita una medida que permita la excarcelación de Jorge G., ofreciéndole a cambio el archivo de todos sus expedientes disciplinarios para evitar su destitución, así como un supuesto “blindaje” desde el gobierno.
Este accionar habría contado con el respaldo del entonces fiscal de Santo Domingo, Víctor Hugo A., quien –según la investigación– le habría manifestado al Juez que proceda con la medida, ya que el abogado Edison L. garantizaría la nula reacción institucional por parte del SNAI.
Posteriormente, Wilman T. habría redactado la acción constitucional de medida cautelar, mientras que Anabel T. presuntamente coordinó el sorteo en la Unidad Judicial de Santo Domingo, y el patrocinio, presentación y tramitación estuvo a cargo del abogado Cristhian P.
El 26 de noviembre de 2022, en el cantón Santo Domingo, el abogado Cristhian P. presentó la demanda constitucional en beneficio del exvicepresidente. Esta fue sorteada al despacho del juez Emerson C., quien dos días después, el 28 de noviembre, resolvió a favor del solicitante.
Mediante esa resolución, se ordenó que Jorge G. se presente una vez por semana en la Penitenciaría del Litoral, se le prohibió salir del país y se emitió la boleta de excarcelamiento.
La instrucción fiscal durará noventa días.

El delito de asociación ilícita está tipificado en el artículo 370 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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